10.6.2 Instrucción Las causas relativas a patentes son, en muchos sentidos, iguales que otras causas civiles. La mayor parte de las veces, el demandante interpone una demanda por una presunta infracción. El demandado contesta a la demanda, alegando que no ha cometido ninguna infracción y esgrimiendo varias excepciones, y tiene la posibilidad de interponer una reconvención. A continuación, tienen lugar la exposición de hechos por las partes y los testimonios periciales, la formulación de peticiones, el resumen de instrucción y el juicio. Como en cualquier litigio, el tiempo necesario para cada una de las fases de la instrucción varía en función de la complejidad y de las posibles consecuencias de las cuestiones presentadas. No obstante, los litigios relativos a patentes tienen varias particularidades que hacen que las características de la causa y la manera de administrarla afecten considerablemente a los plazos de instrucción. Entre ellas destacan la complejidad de las cuestiones jurídicas y de la tecnología correspondiente y el volumen de documentos técnicos altamente sensibles, código fuente y otra información intercambiada durante la revelación de pruebas. Debido a los numerosos retos que plantean las causas relativas a patentes, muchos tribunales de distrito y jueces de distrito han desarrollado normas locales sobre patentes especializadas con el fin de simplificar la revelación probatoria, exigir a las partes que comuniquen y acoten sus alegaciones y facilitar la interpretación de las reivindicaciones. Gracias a estas normas, la información esencial se comunica de forma conjunta, secuenciada, gradual y oportuna sin necesidad de una gran supervisión judicial.