7.4.2 Partes
La figura del demandante en un proceso para la revocación de la decisión en primera instancia o en apelación144 se limita a:
- las partes e intervinientes en la causa; y
- cualquier persona cuya solicitud de intervención en los procedimientos de oposición a la concesión de una patente en un juicio o en un nuevo juicio del TAD se haya denegado.145
En el caso de una solicitud para la revocación de una sentencia ex parte de la JPO que revoca o no concede una patente, o deniega la concesión de una corrección, el comisario de la JPO se convierte en el demandado. No obstante, en el caso de una solicitud de revocación de una decisión tras una demanda de anulación, el demandante o el demandado (titular de la patente) del proceso ante la JPO actuarán como demandados.146
Puede entablarse un proceso para la revocación de la decisión en primera instancia o en apelación en un plazo de 30 días tras la fecha en que se proporciona una copia certificada de la decisión.147 Si la parte para la que no es favorable la decisión en primera instancia o en apelación sea extranjera, se suelen añadir 90 días al plazo.148
Con relación a los procesos para la revocación de una decisión emitida tras una demanda de anulación, surge el problema de si la acción de revocación debe ser interpuesta por todos los cotitulares si el derecho de patente o el derecho a la concesión de la patente es de titularidad conjunta. Si bien los artículos 132.2) y 132.3) de la Ley de Patentes establecen que la demanda ante la JPO la deben presentar todos los cotitulares (o contra todos ellos) independientemente de si estos ejercen de demandantes o demandados, no existe ninguna disposición de este tipo para los procesos de revocación de las decisiones en primera instancia.
El Tribunal Supremo consideró que, cuando el derecho a la concesión de una patente es compartido y recurre la denegación de un examinador, la acción que se inicia para la revocación de la decisión de apelación que deniega una invención es inherentemente una demanda que debe ser interpuesta por todos los titulares en calidad de demandantes.149
Por el contrario, en una acción de revocación de una decisión de primera instancia resultado de una demanda de anulación donde se anula un derecho de patente conjunto, uno de los cotitulares puede iniciar una acción individual para la revocación de la decisión en primera instancia. Se entiende que con esta acción se pretende conseguir la protección de un derecho como “un acto de conservación”, en vista del derecho de cada cotitular a un derecho ya establecido.150 Esto es así a pesar de la opinión de que los derechos de los cotitulares deberían considerarse “un asunto unificado” antes de la creación de un derecho de patente.151
En este apartado, cuando se habla de “decisión en primera instancia o en apelación”, se hace referencia, de forma colectiva, a las siguientes decisiones: una decisión de apelación ex parte para denegar la concesión de una patente; una decisión para revocar una patente en una oposición ex parte; una decisión judicial en un procedimiento inter partes en busca de la anulación; y una decisión ex parte para denegar la concesión de una patente.
Saikō Saibansho (Trib. Sup.), 7 de marzo de 1995, Heisei 6 (gyō tsu), n.º 83, 49.3, Saikō Saibansho minji hanreishū (Minshū) 944 (Commissioner of the Japan Patent Office contra Nihon Kenkō Zōshin Kenkyū-kai Co., Ltd).
Saikō Saibansho (Trib. Sup.), 22 de febrero de 2022, Heisei 13 (gyō hi), n.º 142, 56.2 Minshū 348 (Komaryo Co., Ltd contra Pierre Andre Senizergues).
Makiko Takabe, Jitsumushyōsetsu Tokkyokankeisoshyō (Explicación práctica y detallada sobre los litigios en materia de patentes) 340 (3ª ed. 2016) [en lo sucesivo, Takabe, Explicación práctica y detallada sobre los litigios en materia de patentes].