Guía internacional para jueces sobre la administración judicial de litigios relativos a patentes

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12.8.2 Acción reivindicatoria

Como hemos señalado al analizar las causas de nulidad, artículo 10(1) de la LP establece que “el derecho a la patente pertenece al inventor o a sus causahabientes y es transmisible por todos los medios que el derecho reconoce”. Si la persona que ha obtenido el registro a su favor de la patente no fuera su inventor o su cesionario, el inventor (o su cesionario) puede reivindicar que se le transfiera el registro, tal y como prevé el artículo 12 LP.114 Por lo tanto, el inventor o su cesionario podrían optar por reivindicar la cesión del registro o, como hemos explicado, instar la nulidad del registro.