Guía internacional para jueces sobre la administración judicial de litigios relativos a patentes

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Capítulo 11 Las Cámaras de Recursos de la Oficina Europea de Patentes

Autores: Frédéric Bostedt y Nikolaus Obrovski

11.1 Descripción general del sistema de patentes

11.1.1 Evolución del sistema europeo de patentes

El Convenio sobre la Patente Europea (CPE) se firmó en 1973 y fue revisado en 2000.1 Se trata de un arreglo particular en virtud del artículo 19 del Convenio de París y de un tratado regional en materia de patentes en virtud del artículo 45.1 del Tratado de Cooperación en materia de Patentes.2 No obstante, el CPE va mucho más allá que dichos tratados. Lo que caracteriza al Convenio es que no solo armoniza normas sustantivas y de procedimiento del derecho de patentes, sino que también crea una autoridad pública habilitada para la concesión de patentes con total independencia respecto de las oficinas nacionales de patentes: la Oficina Europea de Patentes (OEP). Las patentes que concede la OEP se conocen como patentes europeas.

Antes de que entrara en vigor el CPE, en muchos países europeos tan solo era posible obtener protección por patente siguiendo los procedimientos nacionales de concesión de patentes. En la actualidad, en el CPE está previsto un proceso de concesión único en un solo idioma (inglés, alemán o francés, que son los idiomas de trabajo de la OEP) para obtener protección por patente hasta en 38 Estados contratantes.3

Pese a ello, el procedimiento ante la OEP no sustituye los procedimientos nacionales de concesión. Al solicitar la protección por patente en uno o varios Estados contratantes del CPE, los solicitantes pueden elegir entre seguir los procedimientos nacionales de concesión ante varias oficinas nacionales de patentes u optar por la vía europea única ante la OEP, que confiere protección en todos los Estados contratantes designados por el solicitante.

Tras su concesión por la OEP, la patente europea pasa a ser un conjunto de patentes con efectos equivalentes a los de las patentes nacionales, que debe validarse en cada uno de los Estados contratantes seleccionados. La patente europea con efecto unitario prevista suprime la necesidad de procedimientos nacionales de validación en los Estados contratantes que toman parte en este sistema.4

11.1.2 Evolución de las solicitudes de patente

En 2021 se presentaron 188 610 solicitudes de patente europeas, un 4,5 % más que en 2020, y se registró un fuerte crecimiento en las tecnologías digitales, como la comunicación digital y las tecnologías médica e informática.5 En el sitio web del Centro de Estadísticas y Tendencias de la OEP puede consultarse más información sobre las tendencias en materia de solicitud de patentes.6

En el gráfico 11.1 puede verse el total de solicitudes de patente presentadas ante la OEP entre 2000 y 2021 (es decir, tanto las entradas en la fase nacional del Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT) como las solicitudes presentadas directamente).

Figura 11.1 Solicitudes de patente presentadas ante la OEP (2000-2021)
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Fuente: Centro de datos estadísticos de la OMPI sobre propiedad intelectual, disponible en https://www3.wipo.int/ipstats/key-search/indicator?tab=patent

11.2 Instituciones de patentes y procedimientos de oposición

11.2.1 La Organización Europea de Patentes

La Organización Europea de Patentes, establecida en virtud del CPE, se compone de dos órganos: la OEP y el Consejo de Administración.7 El Presidente de la OEP y la propia Oficina están dotados de poderes ejecutivos, mientras que el Consejo de Administración asume facultades fiscalizadoras.8 El Consejo de Administración está compuesto por representantes de los Estados contratantes del CPE.9 Pese a que las Cámaras de Recursos no son un órgano independiente de la Organización Europea de Patentes —ya que forman parte de la estructura de la OEP—10 la función judicial que desempeñan en este sistema de patentes sí tiene carácter independiente.11 En las Cámaras se proporciona una revisión independiente de las decisiones adoptadas por la Sección de Depósito de la OEP, las Divisiones de Examen, las Divisiones de Oposición y la División Jurídica.12

11.2.2 Procedimiento de oposición

El procedimiento de oposición ante la OEP tiene carácter contencioso-administrativo y es posterior al procedimiento de concesión. A diferencia de los supuestos en que se presenta la oposición antes de la concesión, la pretensión de reparación del oponente tras la concesión no consiste en la denegación de la solicitud de patente, sino en la revocación de la patente con efecto retroactivo en todos los Estados contratantes designados.13 Así pues, en el procedimiento de oposición se establece un plazo limitado durante el cual se permite presentar una solicitud de revocación de la totalidad de la patente europea (es decir, de todas las partes nacionales) ante la OEP, y la Oficina decide al respecto en un procedimiento centralizado.

En el plazo de nueve meses a contar de la fecha de publicación de la nota de concesión de la patente europea, cualquier persona podrá oponerse ante la Oficina Europea de Patentes a la patente europea concedida.14 Los motivos por los que puede presentarse la oposición son los siguientes:

  • que la materia reivindicada no sea susceptible de recibir protección por patente (por ejemplo, debido a que dicha materia no sea nueva, no implique una actividad inventiva o esté excluida de la patentabilidad);
  • que no divulgue la invención de manera suficientemente clara y completa para que las personas capacitadas en la técnica de que se trate puedan llevar a efecto la invención; o
  • que el objeto de la patente exceda del contenido de la solicitud o de la solicitud inicial tal como fue presentada.15

En el procedimiento de oposición, la División de Oposición examina si los motivos de oposición obstan al mantenimiento de la patente europea.16 Si lo considera necesario, la División de Oposición invitará a las partes a presentar observaciones por escrito.17 El propietario de la patente podrá presentar una modificación de la descripción, las reivindicaciones y los dibujos.18 Las propuestas de modificación de la patente —que, en la práctica, se presentan como solicitudes de reivindicación accesorias— podrían no tenerse en cuenta si se presentan fuera del plazo establecido.19 Habrá lugar al procedimiento oral ante la División de Oposición a instancia de una de las partes.20 Por norma general, cuando los procedimientos de oposición tienen lugar oralmente se celebran por videoconferencia.21

Al término del procedimiento de oposición, la División de Oposición podrá tomar una de las siguientes decisiones:

  • rechazar la oposición y mantener la patente sin modificaciones;
  • mantener la patente tal como haya quedado modificada; o
  • revocar la patente.22

Toda parte perjudicada por la decisión de la División de Oposición podrá interponer recurso ante las Cámaras de Recursos. El recurso tendrá efecto suspensivo.23

11.3 Instituciones judiciales

11.3.1 Administración judicial

Las Cámaras de Recursos y la Alta Cámara de Recursos, incluidos sus registros y servicios de apoyo, están organizadas como una unidad independiente dentro de la OEP. Su máximo responsable es el presidente de las Cámaras de Recursos, cuya designación compete al Consejo de Administración de la Organización Europea de Patentes. El presidente de las Cámaras de Recursos solo rinde cuentas ante el Consejo de Administración, y ejerce las funciones y competencias que el presidente de la OEP delega en él.24

El presidente de las Cámaras de Recursos es asesorado por el Presidium de dichas Cámaras. El Presidium está formado por el presidente y 12 miembros de las Cámaras de Recursos elegidos por los demás miembros. Además, se rige por un código de conducta que deben observar todos los miembros de las Cámaras de Recursos25 y, en su forma ampliada, sigue el plan de reparto de los asuntos.26

11.3.2 El poder judicial especializado en propiedad intelectual

11.3.2.1 Las Cámaras de Recursos como primera y última instancia

Las Cámaras de Recursos son la primera y última instancia en los procedimientos de que conoce la OEP. Su función consiste en revisar las decisiones de los departamentos de primera instancia que han sido impugnadas. Las Cámaras no están sujetas al cumplimiento de instrucción alguna y deben limitarse a actuar conforme a lo dispuesto en el CPE.27 Además, son consideradas tribunales independientes que se rigen por el estado de derecho.28

11.3.2.2 Especialización

Las Cámaras de Recursos conocen exclusivamente de los asuntos relativos a las patentes y, por lo tanto, se trata de una judicatura muy especializada en materia de propiedad intelectual. Por lo general se componen de dos miembros técnicos y un jurista.29 A finales de 2021, las Cámaras contaban con un total de 196 miembros, y existían 28 Cámaras Técnicas de Recursos, cada una de ellas con una especialización técnica distinta. En 2021, las Cámaras de Recursos dictaron decisiones acerca de 3 395 asuntos en materia de patentes.30

Como tribunales expertos en derecho de patentes, las Cámaras de Recursos cumplen una función esencial en la elaboración de leyes europeas en materia de patentes. Sus decisiones son firmes e inapelables. Su jurisprudencia y sus interpretaciones del CPE no solo constituyen la base de las prácticas establecidas por la OEP para los procedimientos de examen y oposición sino que también se consideran muy persuasivas en los procedimientos ante los tribunales nacionales.31

Las decisiones más importantes de las 42 000 dictadas por las Cámaras de Recursos entre 1978 y 2021 están resumidas en la 10.ª edición, publicada en 2022, del repertorio de jurisprudencia de las Cámaras (Case Law of the Boards of Appeal), que constituye todo un compendio de jurispericia.32

11.3.2.3 La Alta Cámara de Recursos

La Alta Cámara de Recursos se encarga principalmente de garantizar la aplicación uniforme del CPE y decide sobre cuestiones jurídicas de importancia fundamental remitidas por las Cámaras de Recursos o el presidente de la OEP.

Cuando una Cámara de Recursos remite una cuestión de derecho específica a la Alta Cámara de Recursos, esta se pronuncia específicamente sobre dicha cuestión. La decisión sobre el recurso propiamente dicho es aprobada por la Cámara remitente, que queda vinculada por el pronunciamiento de la Alta Cámara de Recursos en lo que respecta a la cuestión de derecho que remitió.

El presidente de la OEP también puede remitir un asunto a la Alta Cámara de Recursos, siempre que dos Cámaras de Recursos hayan dictado decisiones diferentes sobre una cuestión de derecho de importancia fundamental.33 La Alta Cámara de Recursos emitirá entonces un dictamen sobre dicha cuestión de derecho.

Cuando una Cámara de Recursos considere necesario apartarse de una interpretación o de una explicación del CPE contenida en un dictamen o en una decisión anterior de la Alta Cámara de Recursos, deberá remitir nuevamente la cuestión a esta última.34

Incumbe también a la Alta Cámara de Recursos la revisión judicial limitada de las decisiones de las Cámaras de Recursos en relación con posibles defectos fundamentales de procedimiento.35 Cuando la solicitud de revisión prospera, la decisión queda anulada y se reabre el procedimiento ante las Cámaras de Recursos.36

11.3.3 Relación entre los procedimientos de nulidad y de infracción

En el CPE se estableció un sistema de solución de litigios en materia de patentes en virtud del cual un tribunal internacional (es decir, las Cámaras de Recursos de la OEP), los tribunales nacionales de los Estados contratantes del CPE y el Tribunal Unificado de Patentes tienen jurisdicción coexistente acerca de la validez de una patente europea. La patente europea en su conjunto, es decir, todo el conjunto de patentes con efectos equivalentes a las patentes nacionales, está sujeta al procedimiento centralizado ante la OEP y sus Cámaras de Recursos. A su vez, las distintas partes nacionales de una patente europea están sujetas a procedimientos nacionales de revocación (por ejemplo, un tribunal de Alemania puede revocar la parte alemana de una patente europea, y un tribunal de Francia, la parte francesa) y a procedimientos de revocación ante el Tribunal Unificado de Patentes.37

Oficialmente, los procedimientos de recurso interpuestos ante las Cámaras de Recursos de la OEP y los procedimientos ante los tribunales nacionales o el Tribunal Unificado de Patentes son independientes entre sí. No obstante, cuando una patente europea ha sido revocada por las Cámaras de Recursos, no puede ser restablecida por los tribunales nacionales o por el Tribunal Unificado de Patentes, como tampoco una parte nacional de una patente europea revocada por un tribunal nacional o por el Tribunal Unificado de Patentes puede ser restablecida por las Cámaras de Recursos.

Los procedimientos por infracción de patentes europeas son competencia de los tribunales nacionales de los Estados contratantes del CPE38 y del Tribunal Unificado de Patentes.39

11.3.4 Formación judicial en materia de propiedad intelectual

Las Cámaras de Recursos cuentan con un Comité de Desarrollo Profesional específico, que organiza programas de formación exhaustivos para todos los miembros —con conferencias y debates interactivos sobre diversos temas relacionados con las patentes—, en los que participan jueces de otros tribunales de patentes. Los servicios de apoyo de las Cámaras de Recursos también incluyen el Servicio de Investigación Jurídica, que proporciona resúmenes de decisiones recientes y estudios comparativos en materia de patentes y derecho procesal. Ello garantiza que los miembros de las Cámaras estén al tanto de los últimos avances en materia de derecho europeo de patentes. Además, los presidentes y los miembros recién nombrados reciben una amplia formación introductoria, y se ofrecen continuamente cursos de redacción de textos jurídicos y de idiomas a todos los miembros de las Cámaras.

11.4 Procedimiento para la nulidad de la patente y motivos

Como ya se ha señalado en la sección 11.2.2, el CPE ofrece una lista exhaustiva de motivos de oposición, es decir, aquellos por los que puede revocarse una patente europea. Dichos motivos son los siguientes:

  • que la materia reivindicada no sea susceptible de recibir protección por patente (por ejemplo, debido a que dicha materia no sea nueva, no implique una actividad inventiva o esté excluida de la patentabilidad);
  • que no divulgue la invención de manera suficientemente clara y completa para que las personas capacitadas en la técnica de que se trate puedan llevar a efecto la invención; o
  • que el objeto de la patente exceda del contenido de la solicitud o de la solicitud inicial tal como fue presentada.40

En los procedimientos de oposición y de recurso de oposición, el titular puede presentar modificaciones de la patente. A continuación, la División de Oposición o la Cámara de Recursos evaluarán si la patente modificada y la invención a la que corresponde cumplen con los requisitos establecidos en el CPE.41 Uno de los requisitos más importantes es que una modificación no puede ampliar la protección conferida por la patente europea.42 En caso contrario, la patente europea no podrá mantenerse sobre la base de la modificación y, en definitiva, podrá ser revocada.

El CPE también establece una lista exhaustiva de motivos de revocación de la parte nacional de una patente europea en los procedimientos nacionales de nulidad. Esos posibles motivos de revocación se corresponden con los motivos de oposición mencionados anteriormente43 y a ellos se añaden, además:

  • que se haya ampliado la protección conferida por la patente europea (lo que también debe valorar la OEP ante posibles modificaciones durante los procedimientos de oposición o de recurso de oposición); y
  • que el titular no tenga derecho a obtener la patente europea.44

11.5 Infracción de patentes

Como se indica en la sección 11.3.3, los procedimientos por infracción de patentes europeas son competencia de los tribunales nacionales de los Estados contratantes del CPE y del Tribunal Unificado de Patentes.

11.6 Procedimientos judiciales en materia de patentes y administración de justicia

11.6.1 Características fundamentales de los procedimientos de patentes

El objetivo principal de los procedimientos sometidos ante las Cámaras de Recursos es revisar judicialmente la decisión recurrida.45 Como ya se ha mencionado en la sección 11.3.2.1, Las Cámaras de Recursos son la primera y última instancia judicial en los procedimientos de que conoce la OEP. En cuanto tales, revisan las cuestiones de hecho y de derecho de las decisiones recurridas.

Las partes pueden modificar sus argumentaciones jurídicas durante los procedimientos de recurso, incluida la posibilidad de que el solicitante o el titular de la patente puedan modificar su solicitud de patente o su patente. No obstante, a medida que avanzan los procedimientos de recurso, las posibilidades de que las partes modifiquen sus argumentos son cada vez más limitadas. Esto ha sido denominado “enfoque convergente” y se describe más adelante, en la sección 11.6.4.

11.6.2 Competencia territorial, jurisdicción y normas de asignación de causas

11.6.2.1 Sede y autoridad jurisdiccional

La sede de las Cámaras de Recursos se encuentra en Haar, cerca de Múnich (Alemania). Cuando los procedimientos orales tienen lugar de manera presencial se celebran en la sede de Haar o en la sede de la OEP en Múnich, aunque también pueden celebrarse por videoconferencia (véase la sección 11.6.8.4).

Las Cámaras de Recursos son competentes respecto de las decisiones adoptadas por la División de Depósito, las Divisiones de Examen y la División Jurídica de la OEP.46 Las Cámaras de Recursos conocen exclusivamente de la validez de las patentes, no de cuestiones relativas a la infracción de patentes (véase la sección 11.3.3).

11.6.2.2 Asignación de asuntos

Los asuntos de carácter técnico se asignan a cada Cámara Técnica de Recursos de acuerdo con el plan de reparto de los asuntos antes del comienzo de cada año laboral.47 La responsabilidad de la asignación de los asuntos técnicos incumbe al Presidium de las Cámaras de Recursos, ampliado con el fin de incluir a todos los presidentes de las Cámaras.48 Los recursos relativos a los asuntos técnicos se asignan a cada Cámara en función de la Clasificación Internacional de Patentes principal atribuida a la solicitud o patente en cuestión en el momento de la interposición del recurso.

A las Cámaras Técnicas de Recursos también puede corresponderles una misma clase de la Clasificación Internacional de Patentes. En el caso de las Cámaras a las que corresponde una misma clase, los asuntos se dividen por año de presentación del recurso (por ejemplo, los recursos relativos a una clase específica presentados en 2019 se asignan a una Cámara, y los recursos de la misma clase pero presentados en 2020 se asignan a otra Cámara).49 Si resulta más apropiado asignar un asunto a una Cámara diferente debido a su contenido técnico, los presidentes de las dos Cámaras pueden acordar cambiar la asignación del asunto.50

Cada Cámara Técnica de Recursos suele estar compuesta por entre cuatro y ocho miembros técnicamente cualificados y entre dos y cuatro miembros jurídicamente cualificados. Los miembros técnicamente cualificados se asignan a una única Cámara Técnica de Recursos; los miembros jurídicamente cualificados suelen asignarse a tres Cámaras Técnicas de Recursos diferentes.51

La composición concreta de la Cámara que conoce de cada recurso la determina de manera específica el presidente de la Cámara con arreglo a los criterios establecidos en el plan de reparto de los asuntos. Los presidentes tienen especialmente en cuenta los requisitos técnicos y lingüísticos del asunto y la carga de trabajo de cada miembro de su Cámara.52

11.6.2.3 Representación de las partes

Por regla general, las partes en los procedimientos ante las Cámaras de Recursos (o en cualquier procedimiento ante la OEP) no están obligadas a contar con representación profesional.53 No obstante, si las partes no tienen su residencia o su domicilio profesional en un Estado contratante, deberán contar con representación autorizada y actuar a través de ella.54 En ese supuesto, si no se nombra a un representante, las diligencias efectuadas por la parte que no cuenta con representación no se tomarán en consideración.55

La OEP mantiene una lista de profesionales autorizados que pueden representar a las partes en los procedimientos ante la Oficina. Los representantes autorizados deben ser nacionales de un Estado contratante, tener su domicilio profesional o su lugar de empleo en un Estado contratante y haber aprobado el examen europeo de cualificación.56 La organización del examen europeo de cualificación incumbe a la OEP, y en él se evalúan los conocimientos y las aptitudes de los candidatos para representar a los solicitantes en los procedimientos celebrados ante la Oficina.

Los profesionales del derecho que estén cualificados para ejercer en un Estado contratante también pueden representar a las partes en los procedimientos celebrados ante la OEP en la medida en que estén facultados para actuar como representantes profesionales en materia de patentes en dicho Estado contratante.57

11.6.3 Escritos de argumentación de las partes

11.6.3.1 Escrito de declaración formal de la parte recurrente en el que se exponen los motivos del recurso y escrito de réplica de la parte recurrida

El recurrente cuya pretensión sea impugnar la decisión de los departamentos de primera instancia de la OEP deberá interponer un escrito de recurso en el plazo de dos meses a partir de la notificación de la decisión y, además, un escrito en la que se expongan los motivos del recurso en el plazo de cuatro meses desde la fecha de la notificación de la decisión.58

El escrito de recurso deberá contener el nombre y la dirección del recurrente, la indicación de la decisión impugnada y una petición en la que se defina el objeto del recurso, por ejemplo, la revocación o la modificación de la patente.59

El escrito de exposición de los motivos deberá contener las razones por las que se solicita que se desestime la decisión impugnada, o indicar en qué medida debe modificarse dicha decisión (por ejemplo, en qué versión debe mantenerse la patente, en particular con qué conjunto de reivindicaciones), así como los hechos y las pruebas en que se fundamenta el recurso.60

La parte recurrida (es decir, la parte no recurrente en un procedimiento de interposición de recurso de oposición) puede presentar un escrito de respuesta a los motivos de recurso de la parte recurrente. El plazo para la presentación de ese escrito será de cuatro meses a partir de la notificación a la parte recurrida de los motivos del recurso.61

11.6.3.2 Expedientes completos de las partes en el recurso

El escrito de exposición de los motivos del recurrente y la respuesta del recurrido a dicho escrito deberán contener los argumentos completos de cada una de las partes.62 Con ello se asegura que todo el expediente relativo a cada procedimiento de recurso esté disponible desde el inicio para que los miembros de la Cámara —en particular el ponente responsable del asunto— dispongan de la información relativa a todos los hechos y solicitudes cuando empiezan a examinar los asuntos.

Dado que en el primer intercambio de escritos ya debe figurar el escrito de recurso completo de la parte recurrente, la posibilidad de modificar el contenido de dicho escrito en fases posteriores del procedimiento de recurso es limitada. Durante las etapas ulteriores del procedimiento, los oponentes podrían intentar impugnar la patente presentando nuevos hechos o nuevas pruebas, y el titular podría tratar de defender la patente en forma modificada presentando nuevas peticiones accesorias (es decir, nuevos conjuntos de reivindicaciones). No obstante, la admisión de las modificaciones introducidas por las partes en sus respectivos escritos iniciales quedará a discreción exclusiva de la Cámara (véase la sección que figura a continuación).63

11.6.4 Modificaciones de las argumentaciones de las partes en el recurso: el enfoque convergente que adoptan las Cámaras de Recursos

La función de las Cámaras de Recursos es revisar la decisión recurrida, no limitarse a continuar el procedimiento de examen u oposición reexaminando la solicitud o los motivos por los que se pide la revocación de la patente. Una de las consecuencias de este objetivo primordial es que, a medida que avanza el procedimiento de recurso, las posibilidades de que las partes modifiquen sus argumentos son cada vez más limitadas. Este procedimiento se ha denominado “enfoque convergente”, se compone de tres niveles y se rige por el Reglamento de procedimiento de las Cámaras de Recursos [en adelante, RPCR de 2020].64

La aplicación de cada una de estas disposiciones depende del momento en que alguna de las partes modifique su argumentación:

  • El artículo 12.4 se aplica cuando una parte modifica su argumentación jurídica al inicio del procedimiento de recurso (es decir, en su escrito de argumentación) con respecto a lo que había presentado ante la División de Examen o la División de Oposición, o con respecto a la decisión de la División correspondiente.
  • El artículo 13.1 se aplica cuando una parte modifica su argumentación en el recurso después de la fase inicial del procedimiento de recurso, pero antes de que se haya notificado la citación para asistir al procedimiento oral.65
  • El artículo 13.2 se aplica cuando la parte modifica su argumentación en el recurso una vez notificada la citación para el procedimiento oral.66

Los tres niveles de convergencia se detallan en las secciones que figuran a continuación.

11.6.4.1 Primer nivel del enfoque convergente

Tanto en el escrito de exposición de los motivos como en la réplica de la contraparte, la argumentación jurídica debe centrarse en las peticiones, los hechos, las objeciones, los argumentos y las pruebas en que se basó la decisión recurrida.67 Ello está en consonancia con el objetivo principal del procedimiento de recurso, a saber, la revisión de la decisión recurrida.

El contenido de la argumentación jurídica de alguna de las partes en el recurso que no se centre en las solicitudes, los hechos, las objeciones, los argumentos y las pruebas en los que se basó la decisión recurrida será considerado “modificación”.68 En ese sentido, cabe diferenciar entre dos supuestos. En el primero de ellos, la parte presenta en su recurso una argumentación modificada con respecto a la que había presentado ante el departamento de primera instancia. Por ejemplo, puede suceder que el titular de una patente presente una nueva petición de reivindicación (es decir, un nuevo conjunto de reivindicaciones) al recurrir, o que la parte oponente presente un nuevo documento sobre el estado de la técnica, que anteriormente no se había presentado ante la División de Oposición. En ese supuesto, la presentación de la nueva solicitud o del nuevo documento constituye una modificación de la argumentación de la parte y su admisión queda a discreción de la Cámara.69 Los criterios que la Cámara puede utilizar en el ejercicio de su facultad discrecional son, entre otros, la complejidad de la modificación, la idoneidad de la modificación para atender las cuestiones que dieron lugar a la decisión recurrida y la necesidad de propender a la economía procesal.70

En el segundo supuesto, aunque la argumentación expuesta por el recurrente en su escrito de recurso no varió respecto de la argumentación presentada durante el procedimiento en primera instancia, el departamento competente en primera instancia no tomó su decisión basándose en lo alegado por la parte en el procedimiento de primera instancia. La formulación de peticiones durante el procedimiento de recurso también se considera una modificación con arreglo al artículo 12.4 del RPCR de 2020. Por ejemplo, si la División de Oposición consideró que la solicitud de reivindicación principal del titular de la patente cumplía los criterios de patentabilidad establecidos en el CPE, no tenía motivos para abordar las peticiones accesorias del titular de la patente en su decisión. También es posible que la División de Oposición considerase que la divulgación de un documento del estado de la técnica destruía la novedad, de modo que no tenía motivos para examinar un segundo documento relativo al estado de la técnica en el que el oponente se basó ante la División de Oposición y sigue basándose en su recurso. En esas situaciones, las partes deben demostrar que las peticiones planteadas ante la División de Oposición eran admisibles y que se mantuvieron hasta que esa División tomó su decisión: el titular de la patente debe demostrar la admisibilidad de las peticiones accesorias, mientras que el oponente debe demostrar la admisibilidad del segundo documento del estado de la técnica.71 Si la parte interesada cumple con dicho requisito, las peticiones accesorias y el segundo documento sobre el estado de la técnica formarán parte del procedimiento de recurso y no podrán ser excluidos por la Cámara.

Además de estos dos supuestos, que se rigen por el artículo 12.4, del RPCR de 2020, en los apartados 5 y 6 del artículo 12 del Reglamento se regulan otras situaciones típicas en las que las peticiones de una parte no pueden admitirse en el procedimiento de recurso. Por ejemplo, se exige que en el escrito de exposición de motivos del recurrente y en la réplica al mismo se expongan de forma clara y concisa las razones por las que se solicita la revocación, modificación o confirmación de la decisión recurrida, debiendo especificarse expresamente todas las peticiones, los hechos, las objeciones, las alegaciones y las pruebas invocadas.72 No se admitirá ninguna parte del escrito que no cumpla este requisito.73 Además, la Cámara podrá rechazar la admisión de una solicitud o de un documento cuando esa misma petición o documento no haya sido admitido anteriormente por la División de Oposición74 o cuando una petición o un documento ya debería haberse presentado en el marco del procedimiento de oposición (o, si después de presentarse, las peticiones no se mantuvieron).75 Los apartados 5 y 6 del artículo 12 del RPCR de 2020 son aplicables a lo largo de todo el procedimiento de recurso, lo que significa que también son aplicables en los niveles posteriores del enfoque convergente.76

11.6.4.2 Segundo nivel del enfoque convergente

Tras el intercambio inicial de escritos (es decir, el escrito de motivos del recurrente y la réplica del recurrido), se inicia el segundo nivel del enfoque convergente. Las partes deberán motivar toda modificación del escrito inicial de recurso que realicen en esta fase, y también justificarán por qué han esperado a esta fase del procedimiento de recurso para introducir modificaciones. La aceptación de las modificaciones introducidas por las partes en el recurso en la presente fase queda a entera discreción de la Cámara.77

En el RPCR de 2020 figura una lista de posibles criterios para la aplicación de esa discrecionalidad. En general, los criterios de aplicación en esta fase son más estrictos que los del primer nivel del enfoque convergente. La Cámara puede considerar, por ejemplo, si la modificación es adecuada para resolver las cuestiones planteadas (en el primer nivel del enfoque convergente puede bastar con que la enmienda “atienda” esas cuestiones) o si la enmienda va en detrimento de la economía procesal.78

En el RPCR de 2020 también se mencionan requisitos específicos para los casos en que se modifica la patente o la solicitud de patente durante el procedimiento de recurso. En dichas situaciones, el solicitante o el titular de la patente debe demostrar por qué la modificación, prima facie, supera las objeciones planteadas hasta el momento y no da lugar a nuevas objeciones (como las de falta de claridad o de adición de materia).79

11.6.4.3 Tercer nivel del enfoque convergente

El tercer nivel del enfoque convergente impone las limitaciones más rigurosas a la parte que desee modificar su escrito de recurso. Este nivel comienza en una fase avanzada del procedimiento, por lo general después de que se haya notificado la citación al procedimiento oral.80

En esta fase avanzada del procedimiento de recurso no deben tenerse en cuenta las modificaciones introducidas en los escritos de las partes. No obstante, se prevé una excepción limitada si existen “circunstancias excepcionales”.81 Para que se aplique esta excepción, una parte debe presentar razones imperiosas (”razones convincentes”) por las que las circunstancias del recurso concreto justifiquen de manera excepcional que se tenga en cuenta la modificación en esta última fase del procedimiento. Ello puede suceder, por ejemplo, cuando una parte alegue que la Cámara planteó una objeción por primera vez en su comunicación enviada para preparar el procedimiento oral (con respecto a dicha comunicación, véase la sección 11.6.8.2). La parte debe explicar con precisión por qué esta objeción es nueva y no entra en el ámbito de las objeciones planteadas anteriormente por la Cámara o por alguna de las partes. La Cámara podrá entonces decidir que existen circunstancias excepcionales y admitir la modificación en el ejercicio de su facultad discrecional.

11.6.5 Tramitación temprana de los asuntos

11.6.5.1 Designación de un ponente para el estudio preliminar del recurso

Para la tramitación temprana del asunto, el presidente de la Cámara designará en primer lugar al ponente, antes de determinar la composición restante de la Cámara.82 A continuación, el ponente realiza un estudio preliminar del recurso.83 Asimismo, evalúa si el recurso debe tener prioridad sobre otros recursos, por ejemplo, cuando resulte probable la remisión a la División de Examen o a la de Oposición (entre otras razones, debido a una deficiencia fundamental en el procedimiento) o cuando el recurso parezca inadmisible. El ponente también puede sugerir que el recurso se trate junto con otros recursos, por ejemplo, cuando guarden una clara relación entre sí (como en los casos de solicitudes originales y divisionales o de solicitudes basadas en la misma solicitud de prioridad).84

El ponente no podrá redactar comunicaciones en nombre de la Cámara dirigidas a las partes hasta que la composición de dicha Cámara esté completa, momento a partir del cual podrá también iniciar los preparativos para el procedimiento oral y redactar las decisiones.85

11.6.5.2 Agilización del procedimiento de recurso

En general, el tratamiento de los asuntos sigue el orden de registro (primero registrado, primero tratado). No obstante, las Cámaras tienen potestad para agilizar el procedimiento de oficio,86 lo que les permite dar prioridad a un recurso sobre otros recursos pendientes. Por ejemplo, un asunto podrá agilizarse cuando el ponente haya detectado una deficiencia fundamental en el procedimiento en primera instancia, lo que hará que ese asunto tenga muchas probabilidades de ser remitido a una instancia inferior.

Las partes también pueden solicitar que se agilice el procedimiento de recurso.87 Para ello, la parte solicitante debe motivar su solicitud y, si procede, aportar pruebas documentales. Algunas razones válidas para agilizar el procedimiento son, por ejemplo, que se haya incoado o se prevea incoar un procedimiento nacional por infracción o que la decisión de las personas interesadas en obtener licencias de la patente objeto del litigio dependa del resultado del recurso.

Las partes no son las únicas que pueden solicitar que se agilice el procedimiento; los tribunales nacionales también pueden hacerlo, sin necesidad de aportar razones concretas al presentar dicha solicitud. Por lo general, las Cámaras suelen aceptar las solicitudes presentadas por los tribunales para agilizar los procedimientos. Posteriormente, la Cámara también informa sin demora al tribunal sobre la fecha del procedimiento oral.88

Cuando la Cámara decide agilizar el procedimiento, el asunto pasa a tener prioridad sobre los demás y la Cámara puede adoptar un marco estricto a los efectos de su tramitación89 con sujeción al derecho de las partes a ser oídas y al principio de equidad procesal. Si las partes están de acuerdo, el plazo mínimo de notificación anticipada de dos meses para la citación para el procedimiento oral también puede acortarse.90

11.6.5.3 Reuniones previas con las partes

No se organizan vistas previas ni vistas relativas a la administración del asunto ante las Cámaras de Recursos. En la fase escrita del procedimiento, las instrucciones relativas a las cuestiones procedimentales se transmiten mediante comunicaciones escritas.91 En la práctica, esas instrucciones previas rara vez se transmiten.

La Cámara también puede invitar a las partes, a través de una comunicación, a presentar observaciones sobre cuestiones específicas o en respuesta a un dictamen preliminar de la Cámara sobre cuestiones de patentabilidad.92 Dicha comunicación puede resultar útil cuando las partes no hayan solicitado la celebración del procedimiento oral. Si la invitación va acompañada de un plazo de respuesta, el solicitante en un procedimiento ex parte debe prestar especial atención a la comunicación, ya que en caso de que no responda a la invitación en el plazo especificado por la Cámara, la solicitud de patente europea se considerará retirada.93

En la mayoría de los casos, la primera comunicación sobre cuestiones de fondo se envía a las partes una vez fijada la fecha del procedimiento oral (véase la sección 11.6.8.2).

11.6.5.4 Lista anual de asuntos

Antes del comienzo del nuevo año natural, se publica una lista de asuntos en la que se indican todos aquellos de los que probablemente conocerá cada Cámara el año siguiente, en particular los asuntos en los que es probable que se celebre un procedimiento oral o se emita una comunicación.94 En octubre del año anterior, el presidente de cada Cámara lleva a cabo la planificación anticipada de la carga de trabajo prevista para el año siguiente. El objetivo es aumentar la eficacia de las Cámaras y de las partes y lograr que el trabajo de las Cámaras sea más transparente y predecible. La lista anual de asuntos se publica en el sitio web de las Cámaras de Recursos.95

11.6.6 Pruebas y peritos

El CPE ofrece una lista no exhaustiva de los medios para la obtención y la aportación de pruebas, como la presentación de documentos, la toma de declaración a testigos, los dictámenes periciales, las inspecciones o las declaraciones juradas por escrito.96

Los documentos constituyen la gran mayoría de las pruebas consideradas en los procedimientos ante las Cámaras de Recursos. En la práctica, las declaraciones juradas son poco frecuentes; en su lugar, las partes presentan declaraciones no juradas o declaraciones de responsabilidad. En cuanto a la obtención de pruebas mediante un dictamen pericial, las Cámaras Técnicas de Recursos están compuestas por jueces técnicos competentes en el ámbito técnico del asunto, por lo que rara vez será necesario obtener un dictamen pericial. La comparecencia de testigos ante las Cámaras de Recursos también es muy poco frecuente. Los testigos, que cumplen una función importante en el procedimiento —en especial cuando un oponente alega un uso público anterior— normalmente ya habrán prestado declaración ante la División de Oposición.

11.6.7 Confidencialidad e inspección pública de expedientes

Los expedientes relativos a los procedimientos ante las Cámaras de Recursos pueden inspeccionarse cuando media solicitud previa al respecto.97 Algunas partes de estos expedientes están excluidas de la inspección pública, en particular en el caso de los documentos relativos a la exclusión o recusación de miembros de las Cámaras de Recursos o de la Alta Cámara de Recursos; todos los proyectos de decisiones y de notificaciones y otros documentos preparatorios internos98 y los certificados médicos presentados por las partes.99

Las partes pueden solicitar que se excluyan documentos de la inspección pública, en particular si su consulta perjudica los legítimos intereses personales o económicos de personas físicas o jurídicas.100 Los documentos también pueden ser excluidos de oficio por la Cámara por las mismas razones, en particular para proteger los intereses de terceros (es decir, personas físicas o jurídicas que no sean partes en el procedimiento, o sus representantes).101

La parte pública de los expedientes está disponible en el sitio de Internet del Registro Europeo de Patentes.102

11.6.8 Juicio y vista

11.6.8.1 Derecho al procedimiento oral

Las partes en los procedimientos ante las Cámaras de Recursos tienen derecho al procedimiento oral.103 Cuando el procedimiento oral se solicite a instancia de una de las partes, deberá celebrarse una vista. Si ninguna de las partes solicita el procedimiento oral (lo que es bastante poco frecuente), la Cámara podrá convocar de oficio a las partes al procedimiento oral o resolver el asunto mediante procedimiento escrito.

Por lo general, se convoca a las partes al menos cuatro meses antes de que se celebre la vista.104 Las partes son citadas en los locales de las Cámaras de Recursos en Haar o en la sede de la OEP en Múnich. Los procedimientos orales también pueden celebrarse por videoconferencia (véase la sección 11.6.8.4).105

Por lo general, los procedimientos orales ante las Cámaras de Recursos están abiertos al público.106 En circunstancias excepcionales, una Cámara podrá decidir que el procedimiento oral se celebre a puerta cerrada cuando considere que la presencia del público puede acarrear inconvenientes graves e injustificados (por ejemplo, para una parte en el procedimiento).107 También puede darse la circunstancia, especialmente en los procedimientos ante la Cámara de Recursos Jurídicos, de que la solicitud de patente europea aún no se haya publicado; en ese caso, el procedimiento oral se celebrará a puerta cerrada.108

Las partes podrán solicitar un cambio de fecha del procedimiento oral.109 No obstante, para que se les conceda dicho cambio deben invocar argumentos de peso. Las razones típicas que pueden justificar un cambio de fecha son la enfermedad grave de los representantes, o que sus vacaciones hayan sido contratadas o hayan confirmado un viaje de negocios en esas fechas, o que hayan sido citados a un procedimiento oral en el marco de otro procedimiento ante la OEP o ante un tribunal nacional.110 Es poco probable que se acepten razones como sufrir una presión laboral excesiva o el nombramiento de un nuevo representante profesional.111

11.6.8.2 La comunicación de la Cámara de Recursos para preparar el procedimiento oral

Las Cámaras siempre emiten una comunicación para preparar el procedimiento oral.112 Esa comunicación se basa en un análisis exhaustivo del asunto y señala a la atención de las partes cuestiones que pueden revestir especial importancia para la decisión que debe adoptarse. La comunicación debe ayudar a las partes a concentrarse en lo esencial del asunto en la preparación del procedimiento oral y asegurar que dicho procedimiento se desarrolle con eficacia. Por lo general, las Cámaras también emiten un dictamen preliminar sobre los puntos decisivos en sus comunicaciones.113

Por lo general, esas comunicaciones se emiten al menos cuatro meses antes de la fecha en que está previsto el procedimiento oral.114 Pueden acompañar a las notificaciones o emitirse después de ellas.

11.6.8.3 Celebración del procedimiento oral e idiomas empleados

Preside el procedimiento oral el presidente de la Cámara que conoce del recurso específico. El presidente vela por que el procedimiento se celebre de manera imparcial, ordenada y eficiente.115 Cuando una parte haya sido debidamente citada a un procedimiento oral y no comparezca ante la Cámara, el procedimiento podrá continuar sin esa parte116 y solo se tendrá en cuenta su argumentación por escrito.117

El procedimiento ante la OEP debe celebrarse siempre en uno de los idiomas oficiales de la Oficina (es decir, inglés, alemán o francés). El idioma en que se desarrolle el procedimiento será el mismo en que se presentó la solicitud de patente europea.118 No obstante, en el procedimiento oral las partes pueden utilizar cualquiera de los idiomas oficiales de la OEP.119 Cuando una parte opte por expresarse en otro idioma que no sea el del procedimiento oral, deberá notificarlo al menos un mes antes de la celebración de dicho procedimiento, para que la OEP pueda organizar y sufragar los costos de la interpretación.120 Por supuesto, las partes también pueden hacerse cargo de los costos de la interpretación hacia el idioma del procedimiento; además, en el procedimiento oral también pueden utilizar cualquier idioma oficial de un Estado contratante.121 En la práctica, es bastante frecuente que los procedimientos orales ante las Cámaras de Recursos cuenten con interpretación desde algún idioma oficial hacia los demás idiomas oficiales.

11.6.8.4 Celebración del procedimiento oral por videoconferencia

Las Cámaras de Recursos podrán celebrar procedimientos orales por videoconferencia.122 La configuración puede variar en función de cada procedimiento. Por ejemplo:

  • En el “procedimiento oral remoto”, todos los miembros, representantes y acompañantes asisten por videoconferencia.
  • En el “procedimiento oral mixto”, alguna de las partes, los representantes y los acompañantes asisten presencialmente desde la Cámara en que se celebra el procedimiento, donde también están presentes los miembros de esa Cámara, mientras que otras personas asisten por videoconferencia.123 De manera excepcional, uno o varios miembros de la Cámara pueden asistir también al procedimiento por videoconferencia.124

11.6.9 Decisiones de la Cámara de Recursos

11.6.9.1 Decisiones anunciadas en los procedimientos orales

En la gran mayoría de los asuntos, la decisión final de la Cámara se anuncia al término del procedimiento oral.125 Cuando el presidente da por concluida la deliberación, anuncia la decisión: por ejemplo, que se desestima el recurso, que se revoca la patente, que se mantiene la patente en una versión diferente a la que se había concedido o que se remite el asunto para que continúe su tramitación. La decisión anunciada por el presidente no puede ser modificada por la Cámara.

11.6.9.2 Comunicación por escrito de la decisión en el plazo de tres meses

La decisión por escrito, que incluye el resumen de los hechos, los motivos y el auto126 se emite en un plazo oportuno.127 Cuando el asunto sigue su cauce habitual, en el que la decisión se anuncia en el procedimiento oral, la Cámara debe expedirla en el plazo de tres meses a partir de la fecha del procedimiento oral.128

No obstante, puede ocurrir que la Cámara no pueda cumplir con el plazo establecido, por ejemplo, debido a la enfermedad de un miembro o a que el asunto sea de singular complejidad. En tales casos, la Cámara debe informar a las partes de la demora y de cuándo es factible que se expida la decisión.129

La decisión por escrito contará con la firma electrónica del presidente y el Secretario de la Cámara130 y se notificará a todas las partes.131

11.6.9.3 Exposición abreviada de la decisión de la Cámara

La Cámara podrá exponer de forma abreviada las razones de una decisión cuyo auto se haya anunciado en el procedimiento oral. No obstante, para ello será necesario que las partes hayan dado su consentimiento.132 La Cámara no podrá exponer las razones de su decisión de forma abreviada cuando un tercero o un tribunal le hayan transmitido su interés legítimo en que los motivos de la decisión no se expongan de forma abreviada.133

Asimismo, la Cámara podrá decidir exponer las razones de su decisión de forma abreviada si está de acuerdo con todas las conclusiones y la fundamentación de la decisión recurrida, e incluso si únicamente está de acuerdo con las conclusiones relativas a una o más cuestiones específicas.134 No obstante, en la práctica, en las decisiones por escrito rara vez se exponen las razones de forma abreviada.

11.6.10 Costas

En los procedimientos inter partes ante las Cámaras de Recursos (y en los que se tramitan ante las Divisiones de Oposición), la norma estipula que las partes —es decir, el titular de la patente y el oponente— deben correr con las costas en que incurran.135 Una excepción a dicho principio es que la Cámara, por razones de equidad, decida que las costas se repartan de manera diferente.136

La parte que solicite un reparto diferente de las costas deberá presentar una solicitud al respecto ante las Cámaras de Recursos.137 Entre los supuestos en que las costas que pueden repartirse de modo diferente cabe citar, por ejemplo, cuando una parte modifica su argumentación por escrito en una fase avanzada del procedimiento; cuando el comportamiento de una parte interfiere en el desarrollo oportuno y eficaz del procedimiento oral, o cuando se produce una distorsión del procedimiento.138

Al determinar el reparto de las costas, la Cámara puede indicar el porcentaje que debe sufragarse o especificar la suma concreta.139 Si la Cámara no fija el importe total de las costas en su decisión mediante una cantidad precisa, dicha cantidad se determinará posteriormente en un trámite específico.140 Otras costas que se ajustan a los requisitos para un reparto diferente son, por ejemplo, los honorarios devengados a una parte por su representante profesional y las costas de los testigos o los peritos sufragados por la parte interesada. No obstante, dichas costas deben ser siempre necesarias y razonables.141

Las decisiones definitivas de las Cámaras de Recursos o de la OEP sobre las costas son ejecutables directamente en los Estados contratantes y equivalen a las decisiones definitivas dictadas por un tribunal civil del Estado en el que deban ejecutarse.142