6.1.2 El informe del Comité del juez N. Rajagopala Ayyangar En 1957, el Gobierno de la India nombró un comité dirigido por el distinguido juez del Tribunal Supremo de la India, N. Rajagopala Ayyangar, ya jubilado, para analizar la revisión de la Ley de Patentes y asesorar al Gobierno a este respecto. En el informe del Comité del juez Rajagopala Ayyangar se indicó, en términos categóricos, que el sistema de patentes era un quid pro quo, pues una patente solo obtiene el monopolio a cambio de divulgar la invención, cuyo uso pasa a ser libre una vez finalizado el período de monopolio. Según este informe, el quid pro quo también supone la obligación, por parte del titular de la patente, de explotar la invención en la India. El informe también destacó, de una forma bastante categórica, que el sistema de patentes había fracasado en la India al no lograr generar el tipo de innovación que pretendía fomentar, ya que no proporcionaba el mismo resultado a los países subdesarrollados que a los desarrollados. El único motivo por el que se recomendó continuar con el sistema de patentes fue la falta de una alternativa mejor para obtener resultados más adecuados; en ese momento, la forma de las patentes era el mal menor. El informe fue tajante en lo que respecta al temor de que los titulares de patentes extranjeros pudiesen, en detrimento de la innovación nacional, usar el sistema de patentes de forma incorrecta para conquistar grandes mercados en la India y, al mismo tiempo, no invertir en la fabricación del producto patentado. Las recomendaciones del Comité fueron un catalizador de cambios profundos en el sistema indio de patentes, lo que, en última instancia, desembocó en la Ley de Patentes de 1970, que sustituyó a la Ley india de Patentes y Diseños de 1911. El Proyecto de Ley de Patentes se introdujo en 1965 y se modificó en 1967. La Ley de Patentes de 1970 y el Reglamento de Patentes de 1972 entraron en vigor el 20 de abril de 1972.