6.2 Instituciones de patentes y procedimientos de revisión administrativa
6.2.1 Instituciones de patentes
6.2.1.1 Oficina del Controlador General de Patentes, Diseños y Marcas
La Oficina del Controlador General de Patentes, Diseños y Marcas está en Bombay. El Controlador supervisa el funcionamiento de la Ley de Patentes de 1970, la Ley de Diseños de 2000 y la Ley de Marcas de 1999, y realiza recomendaciones al Gobierno en lo relativo a estos asuntos.
El Gobierno central puede nombrar tantos examinadores y demás técnicos como considere oportuno.66 Se establecen unas cualificaciones mínimas. Estos técnicos operan bajo la superintendencia del Controlador. El puesto de Controlador Adjunto Principal de Patentes y Diseños requiere una mayor cualificación. En la figura 6.2, se muestra la estructura organizativa de la Oficina.
Figura 6.2 Estructura organizativa de la Oficina del Controlador General de Patentes, Diseños y Marcas
Fuente: Oficina del Controlador General de Patentes, Diseños y Marcas, Sobre nosotros, ipindia.gov.in/about-us.htm.
6.2.1.2 Departamento para la Promoción de la Industria y el Comercio Interno
El Departamento para la Promoción de la Industria y el Comercio Interno se fundó en 1995 y se reconstituyó en el año 2000 cuando se fusionó con el Departamento del Desarrollo Industrial. El objetivo del Departamento es fomentar y acelerar el desarrollo industrial del país mediante la facilitación de la inversión en las tecnologías nuevas y del futuro, la inversión extranjera directa y el apoyo al desarrollo equilibrado de las industrias.
Se trata del departamento que coordina todos los asuntos relativos a la protección de los derechos de PI en materia de patentes, marcas, derechos de autor, diseños industriales e indicaciones geográficas.
6.2.1.3 Instituto Nacional de la Gestión de la Propiedad Intelectual, Nagpur
El Instituto Nacional de la Gestión de la Propiedad Intelectual es un centro nacional para la excelencia en la capacitación, la gestión, la investigación y la educación en materia de derechos de PI. El Instituto forma a examinadores de patentes y diseños, examinadores de marcas e indicaciones geográficas y profesionales y gestores en el ámbito de la PI en el país. El Instituto también facilita la investigación en asuntos relativos a la PI.
El Gobierno de la India fundó el Sistema de Información de Patentes en 1980 para encargarse del mantenimiento de una exhaustiva colección de memorias descriptivas y publicaciones relacionadas con las patentes a nivel mundial. También está situado en Nagpur, en las instalaciones del Instituto Nacional de la Gestión de la Propiedad Intelectual.
6.2.1.4 Célula para la Promoción y Gestión de los Derechos de Propiedad Intelectual, constituida en virtud de la Política Nacional de Derechos de Propiedad Intelectual
El 12 de mayo de 2016, el gabinete de ministros del Gobierno central aprobó la Política Nacional de Derechos de Propiedad Intelectual.67 Esta política establece la hoja de ruta para los derechos de PI en la India y realiza una serie de recomendaciones. A raíz de una de las recomendaciones de la Política de 2016, se creó un organismo especializado profesional —la Célula para la Promoción y Gestión de los Derechos de Propiedad Intelectual— bajo la égida del Departamento para la Promoción de la Industria y el Comercio Interno, que ha sido clave para hacer avanzar los objetivos y visiones de la Política. Desde la aprobación de la Política, la Célula ha trabajado para transformar el panorama de la PI en el país y se ha encargado, entre otras cosas, de lo siguiente:
- Programas de sensibilización en materia de derechos de PI llevados a cabo por más de 200 instituciones académicas para la industria, la policía, las aduanas y el poder judicial.
- Labores de divulgación en zonas rurales, donde los programas de sensibilización se desarrollan mediante la comunicación por satélite (EduSat). Uno de estos programas consiguió llegar a 46 escuelas rurales, lo que significó un total de 2 700 estudiantes. En general, se llegó a más de 300 escuelas y más de 12 000 estudiantes.
- Una mayor concentración en el desarrollo de contenido electrónico y la divulgación de contenido a través de canales en línea.
- La inclusión de contenido sobre derechos de PI en el plan de estudios sobre comercio del Consejo Nacional de Educación, Investigación y Capacitación. Se sigue trabajando para incluir los derechos de PI en otras ramas académicas.
- Concursos organizados en colaboración con la industria para que los estudiantes de educación secundaria y superior desarrollen un “espíritu innovador”. Algunos concursos han consistido en el desarrollo de aplicaciones para dispositivos móviles, videos y juegos en línea.
En el marco de la campaña de sensibilización, la Célula para la Promoción y Gestión de los Derechos de Propiedad Intelectual, en colaboración con la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea, también presentó el primer asistente de PI de la India, “IP Nani”. IP Nani es un personaje de animación, una abuela, que transmite mensajes a favor de la protección y el cumplimiento de la PI. También hay una serie de videos de animación sobre derechos de PI para los estudiantes de secundaria.68 Estos videos están disponibles en plataformas como YouTube.69
6.2.1.5 Departamento de Ciencia y Tecnología: Programa de Facilitación de Patentes
El Departamento de Ciencia y Tecnología, que depende del Ministerio de Ciencia y Tecnología, lleva desde 1995 poniendo en práctica el Programa de Facilitación de Patentes. A la creación de la Célula para la Facilitación de Patentes en el Consejo de Información, Previsión y Evaluación Tecnológicas (un organismo autónomo del Departamento) siguieron los 26 centros de información sobre patentes, situados en varios estados. Las células de facilitación de patentes y los centros de información sobre patentes aumentan la sensibilización y prestan asistencia en materia de protección de derechos de PI a nivel estatal, por ejemplo, en lo relativo a las patentes, los derechos de autor, los diseños industriales y las indicaciones geográficas, entre otros.
Estos centros de información sobre patentes también han creado células de PI en las universidades de sus respectivos estados para ampliar así su red. Hoy en día, se han creado más de 100 células como estas en distintas universidades estatales. Además, estos centros también deben proporcionar asistencia a los inventores de las organizaciones gubernamentales y las universidades centrales y estatales. Asimismo, también prestan asistencia financiera y técnica de forma continuada mediante la presentación, la tramitación y el mantenimiento de patentes en representación del Gobierno, los institutos de investigación y desarrollo y las instituciones académicas.70 El mandato del Programa es:
- proporcionar información sobre patentes como aportación esencial para la investigación y el desarrollo;
- facilitar patentes y derechos de PI a las instituciones, tanto académicas como de investigación y desarrollo del Gobierno;
- proporcionar al Gobierno conocimientos en materia de política de derechos de PI; y
- ejecutar programas de capacitación y sensibilización sobre derechos de PI en el país.
6.2.1.6 Biblioteca Digital sobre Conocimientos Tradicionales
La Biblioteca Digital sobre Conocimientos Tradicionales (TKDL) es una iniciativa pionera en la India para proteger los conocimientos tradicionales sobre medicina y prevenir su apropiación indebida. Se creó en el año 2001 como resultado de la colaboración entre el Consejo de Investigación Científica e Industrial y el Ministerio de Ayurveda, Yoga y Naturopatía, Unani, Siddha y Homeopatía (Ministerio de AYUSH) del Gobierno de la India. El Consejo de Investigación Científica e Industrial es una organización contemporánea de investigación y desarrollo pionera en el movimiento del país en materia de PI.
La TKDL ha superado las barreras del idioma y el formato mediante la traducción y la estructuración, de forma sistemática y científica, de los contenidos de los textos antiguos de los sistemas indios de medicina (esto es, el ayurveda, el siddha, el unani, la sowa rigpa y el yoga), ahora disponibles en cinco idiomas internacionales —inglés, japonés, francés, alemán y español—, con la ayuda de las herramientas de la tecnología de la información y un innovador sistema de clasificación: la Clasificación de Recursos de Conocimientos Tradicionales. En la base de datos de la TKDL, se han transcrito ya más de 360 000 formulaciones y prácticas.
La Clasificación también ha estructurado y dividido las categorías del ayurveda, el unani, el siddha y el yoga del sistema indio de medicina tradicional en varios miles de subgrupos. La Clasificación de Recursos de Conocimientos Tradicionales ha permitido la incorporación de alrededor de 200 subgrupos en virtud de la Clasificación Internacional de Patentes A61K 36/00, lo que supone un aumento con respecto a los pocos subgrupos que antes estaban disponibles en virtud de A61K 35/00; por lo tanto, esto mejora la calidad de la búsqueda y el examen del estado de la técnica para las solicitudes de patente en el ámbito de los conocimientos tradicionales.
La TKDL también ha establecido especificaciones y normas internacionales para la creación de bases de datos de conocimientos tradicionales basadas en la TKDL. En su quinta sesión, celebrada en el año 2003, el Comité Intergubernamental sobre Propiedad Intelectual y Recursos Genéticos, Conocimientos Tradicionales y Folclore de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual adoptó estas normas.
Hoy en día, la TKDL se basa en textos de código y campo abierto sobre los sistemas indios de medicina. La TKDL acerca estos libros (estado de la técnica) a los examinadores de patentes. En virtud del acuerdo de acceso (y no divulgación) de la TKDL, el acceso a esta biblioteca está disponible para 13 oficinas de patentes,71 que cuentan con medidas incorporadas de no divulgación para proteger el interés de la India ante cualquier posible uso indebido.
La TKDL está demostrando ser un elemento disuasorio efectivo contra la biopiratería y ha sido reconocida a nivel internacional como una iniciativa única. Al haber demostrado las ventajas de tomar medidas proactivas y el poder de unos sólidos elementos disuasorios, la TKDL se ha convertido en un referente en la protección de los conocimientos tradicionales en todo el mundo, sobre todo en países con una gran riqueza de conocimientos tradicionales. La clave es prevenir la concesión de patentes incorrectas que den lugar a monopolios con relación a los conocimientos tradicionales; para ello, se ha garantizado que los examinadores puedan acceder al estado de la técnica relativo a los conocimientos tradicionales, sin limitar el uso de dichos conocimientos.
6.2.2 Procedimientos de revisión administrativa
6.2.2.1 Comisión de Apelación en materia de Propiedad Intelectual
En virtud de la Ley de Patentes de 1970, la competencia en materia de apelaciones y la competencia original para revocar patentes se atribuyeron a los tribunales superiores de la India. En 2002 y 2005, estas dos competencias pasaron a depender de la IPAB, por ser un tribunal especializado en PI. El objetivo era permitir la resolución rápida de dichos asuntos (véase la figura 6.3 sobre la resolución de las causas de la IPAB).72 No obstante, en 2021, el Gobierno central consideró que no se estaba alcanzando este objetivo planteado de resolución rápida, por lo que suprimió la IPAB y redirigió de nuevo dichos asuntos a los tribunales superiores.73
Figura 6.3 Resolución de causas en la Comisión de Apelación en materia de Propiedad Intelectual hasta el 13 de febrero de 2021
Nota: GI = indicación geográfica. Fuente: Jacob Schindler, Top Judge’s Blueprint for the Future in IP Litigation in India, IAM Media (5 de mayo de 2021), www.iam-media.com/law-policy/specialised-ip-bench-in-india-long-overdue-says-delhi-high-court-veteran.
6.2.2.2 Oposición previa a la concesión
La Ley de 2005 que modifica la Ley de Patentes optimizó el sistema de las oposiciones previas a la concesión. Anteriormente, solo una “persona interesada” podía presentar una oposición previa a la concesión. Ahora, la modificación permite que cualquier persona pueda presentar una oposición previa a la concesión. Puede presentarse tras la publicación de una solicitud de patente, pero cuando esta todavía no haya sido concedida, en virtud del artículo 25.1 de la Ley de Patentes de 1970. No hay ningún plazo para presentar una oposición previa a la concesión tras la publicación.
6.2.2.2.1 Procedimiento de la oposición previa a la concesión
El procedimiento de oposición previa a la concesión consta de los siguientes pasos:
- 1. Se presenta la oposición previa a la concesión junto con las pruebas, de haberlas.74
- 2. El Controlador se forma una opinión prima facie sobre la oposición previa a la concesión que se ha presentado y decide o bien notificar al solicitante de la patente acerca de esta oposición o bien rechazarla prima facie sin emitir notificación alguna al solicitante de la patente.75
- 3. Si se envía la notificación, el solicitante cuenta con un plazo de tres meses desde la fecha de la notificación por parte del Controlador para responder y aportar pruebas, si las hubiera.76
- 4. El Controlador puede celebrar una “vista”. El siguiente paso es la toma de una decisión, un proceso que suele durar un mes.77 El Controlador está obligado a denegar o conceder la patente.
6.2.2.2.2 Motivos por los que se puede presentar una oposición previa a la concesión
El artículo 25.1 de ley de Patentes de 1970 proporciona una lista de motivos por los que se puede presentar una oposición previa a la concesión. La lista completa es la siguiente:
- a) El solicitante de la patente o la persona en nombre de la cual actúa ha obtenido injustamente [sin cursivas en el original] la invención o cualquier parte de ella de la persona que se opone a la concesión o en nombre de la cual actúa.
-
b) Antes de la fecha de prioridad de la reivindicación y en la medida en que se haya reivindicado en una reivindicación de la memoria descriptiva completa, la invención se ha publicado:
- i) en alguna memoria descriptiva presentada en aras de una solicitud de patente realizada en la India con fecha de 1 de enero de 1912 o posterior; o
-
ii) en cualquier otro documento, en la India o en cualquier otro lugar:
siempre y cuando el motivo especificado en el inciso ii) no esté disponible si dicha publicación no constituye una anterioridad de la invención en virtud de los párrafos 2) o 3) del artículo 29.
- c) La invención, en la medida en que se haya reivindicado en una reivindicación de la memoria descriptiva completa, se reivindica en una reivindicación contenida en una memoria descriptiva completa publicada en la fecha de prioridad de la reivindicación del solicitante o después de esta, y se presenta en aras de una solicitud de patente en la India, siendo una reivindicación cuya fecha de prioridad es anterior a la de la reivindicación del solicitante.
-
d) La invención, en la medida en que se haya reivindicado en una reivindicación de la memoria descriptiva completa, era de dominio o uso público en la India antes de la fecha de prioridad de dicha reivindicación.
Explicación: A efectos de esta cláusula, se considerará que la invención relativa a un procedimiento para el cual se reivindica una patente ya era de dominio o uso público en la India antes de la fecha de prioridad de la reivindicación si el producto que de dicho procedimiento se obtiene ya había sido importado a la India antes de dicha fecha, excepto en los casos en que dicha importación se haya hecho exclusivamente para la realización de una prueba o un experimento razonable.
- e) Habida cuenta del contenido publicado —mencionado en el apartado b)— o de lo que se usaba en la India antes de la fecha de prioridad de la reivindicación del solicitante, la invención, en la medida en que se haya reivindicado en la memoria descriptiva completa, es evidente y claramente no ha requerido actividad inventiva alguna.
- f) La materia de cualquier reivindicación de la memoria descriptiva completa no es una invención de acuerdo con el significado previsto en esta Ley o no es patentable en virtud de ella.
- g) La memoria descriptiva completa no describe suficientemente y de manera clara la invención o el método mediante el cual se lleva a cabo.
- h) El solicitante no le ha proporcionado al Controlador la información requerida en virtud del artículo 8 o ha aportado información con el conocimiento de que era falsa en lo que se refiere a algún dato concreto.
- i) En el caso de una solicitud de convención, la solicitud no se presentó dentro del plazo de 12 meses a partir de la fecha de la primera solicitud para la protección de la invención realizada en un país de convención por parte del solicitante o la persona de la que deriva su título.
- j) La memoria descriptiva completa no indica o menciona incorrectamente la fuente o el origen geográfico del material biológico usado para la invención.
- k) El único fundamento de la anterioridad de la invención, en la medida en que se haya reivindicado en una reivindicación de la memoria descriptiva completa, es el conocimiento —oral o de otro tipo— disponible en cualquier comunidad local o indígena en la India o en cualquier otro lugar; el Controlador debe, si así se lo solicita la persona, escuchar su testimonio y resolver dicha aseveración con arreglo a la legislación y dentro del plazo establecido.
6.2.2.2.3 Legitimación para presentar una oposición previa a la concesión
En virtud del artículo 25.1 de la Ley de Patentes de 1970, “cualquier persona” puede presentar una oposición previa a la concesión. Se considera que una oposición previa a la concesión es una ampliación del examen por parte de la Oficina de Patentes, por lo que desaparece el requisito de legitimación. No obstante, existen precedentes que demuestran que los tribunales no toleran las oposiciones previas a la concesión que sean falsas o cuyo único objetivo sea el hostigamiento o el retraso de la concesión y no un intento real de retirar las patentes no válidas.78
6.2.2.3 Oposición posterior a la concesión
Una “persona interesada” puede presentar una oposición posterior a la concesión en virtud del artículo 25.2 de la Ley de Patentes de 1970 tras la concesión de una patente dentro de un plazo de un año a partir de la fecha de publicación de la concesión de una patente.
6.2.2.3.1 Procedimiento para la presentación de una oposición posterior a la concesión
El procedimiento de oposición posterior a la concesión consta principalmente de los siguientes pasos:
- 1. Se presenta la oposición posterior a la concesión junto con las pruebas, de haberlas.79 Se le debe proporcionar una copia al titular de la patente.80
- 2. El Controlador constituye una comisión de oposición compuesta por tres examinadores (además del examinador que examinó la patente).81
- 3. El solicitante de la patente cuenta con un plazo de dos meses para responder y proporcionar pruebas, si las hubiera.82 Si no se recibe respuesta, se considera que se ha renunciado a la patente.83 El Controlador también notifica al titular de la patente.84 El plazo para la respuesta comienza a partir de la fecha en la que el oponente presenta su oposición al solicitante de la patente.
- 4. El oponente cuenta con un mes para responder a la contestación del solicitante de la patente.85
- 5. La comisión de oposición prepara un informe con los fundamentos expuestos en la notificación de oposición. El informe incluye una recomendación consensuada por la comisión y se redacta en los tres meses posteriores a la fecha en que se le enviaron los documentos a la comisión.86
- 6. El Controlador convoca una vista. El siguiente paso es la toma de una decisión.87 Durante la vista, el Controlador puede solicitar que estén presentes los miembros de la comisión de oposición. Si cualquiera de las partes desea comparecer, podrá hacerlo previo pago de una tasa y tras haberlo notificado. Si ninguna de las partes solicita comparecer, el Controlador puede tomar una decisión sobre la oposición sin una vista. Esta orden deberá estar justificada. A pesar de no ser vinculante, la recomendación de la comisión de oposición tiene valor persuasivo. Por lo tanto, la recomendación de la comisión no se debe ignorar de manera despreocupada sin explicar los motivos.
Las partes también pueden presentar nuevos documentos antes de que se concierte la vista, previa autorización del Controlador.88 Asimismo, las partes pueden basarse en “cualquier publicación” que no haya sido previamente presentada, siempre y cuando envíen un preaviso con cinco días de antelación y se proporcionen los detalles de la publicación a la otra parte.89
En la causa Cipla Ltd contra Union of India, el Tribunal Supremo sostuvo que sería obligatorio enviar una copia de la recomendación de la comisión de oposición a las partes para que se respetasen debidamente los principios del Derecho natural.90.
6.2.2.3.2 Motivos por los que se puede presentar una oposición posterior a la concesión
Los motivos de la oposición posterior a la concesión son los mismos que los de la oposición previa a la concesión y tienen carácter exhaustivo.
6.2.2.3.3 Legitimación para presentar una oposición posterior a la concesión
El artículo 2.1)t) de la Ley de Patentes de 1970 define “persona interesada” de forma inclusiva para abarcar a las personas implicadas en las investigaciones (o que las promueven) en el sector al que pertenece la invención. Existen precedentes que interpretaron el término “persona interesada” de forma amplia para incluir a cualquier persona que tuviese un interés directo, presente y tangible en la patente y a aquellos cuyos intereses se viesen afectados de forma negativa por ella.91 La interpretación del término incluye incluso a organizaciones no gubernamentales que tengan intereses en la existencia o la nulidad de la patente, sin que dichos intereses deban ser necesariamente comerciales.92
6.2.2.3.4 Recurso contra las decisiones de los procesos de oposición anterior y posterior a la concesión
Puede interponerse un recurso ante el tribunal superior con competencia jurisdiccional contra una orden de denegación de una solicitud de patente en una oposición previa a la concesión y contra una orden que revoca o mantiene la concesión de la patente en una oposición posterior a la concesión. No cabe recurrir la concesión de una patente en una oposición previa a la concesión.93
Estas oficinas de patentes son la Oficina Europea de Patentes, la Oficina de Patentes y Marcas de los Estados Unidos de América, la Oficina Japonesa de Patentes, la Oficina de Propiedad Intelectual del Reino Unido, la Oficina Canadiense de Propiedad Intelectual, la Oficina Alemana de Patentes y Marcas, IP Australia, la Oficina del Controlador General de Patentes, Diseños y Marcas de la India, el Instituto Nacional de Propiedad Industrial de Chile, la Oficina de Propiedad Intelectual de Malasia, el Servicio Federal de la Propiedad Intelectual de la Federación de Rusia, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual del Perú y la Oficina Española de Patentes y Marcas.
Véase “Discussion on the Trade Marks Bill, 1999”, Lok Sabha Debates, sesión n.º 2, 22 de diciembre de 1999, 454, pág. 455 (“[El proyecto de ley de marcas de 1999] contempla la creación de una comisión de apelación para la resolución rápida de las apelaciones y rectificaciones de solicitud que hoy en día dependen del Tribunal Superior”).
Decreto para la Reforma de los Tribunales (Racionalización y Condiciones de Servicio) de 2021.
Pfizer Products Inc. contra Controlador de Patentes y Diseños, 2020 SCC Online IPAB 19; Dhaval Diyora contra Union of India, 2020 SCC Online Bom. 2550; Anaghaya Million Pharma LLP contra Nippon Soda Co. Ltd, MANU/IC/0074/2020.
(2012) 13 SCC 429, pág. 432. El Tribunal sostuvo lo siguiente: “Habida cuenta de que el informe de la comisión de oposición puede ser crucial en el proceso de toma de decisiones, a la vez que el Controlador dicta la orden en virtud del artículo 25.4, se han de interpretar los principios del Derecho natural en esas disposiciones. Por lo tanto, las partes deben tener a su disposición una copia del informe o la recomendación emitida por la comisión de oposición antes de que el Controlador dicte la orden en virtud del artículo 25.4 de la Ley”.
Aloys Wobben contra Enercon, 2010 SCC Online Mad. 4668.
Sankalp Rehabilitation Trust contra F Hoffmann La-Roche, 2012 SCC Online IPAB 167.
UCB Farchim contra Cipla Ltd, 2010 SCC Online Del. 523.