6.6.1 Principales características de los procedimientos relativos a patentes En todas las causas civiles, la obligación de demostrar la infracción recae sobre el demandante que presenta una demanda por infracción.128 El tribunal puede invertir la carga de la prueba y solicitar que los demandados demuestren que no han infringido las reivindicaciones del procedimiento en determinadas circunstancias conforme al artículo 34 del Acuerdo sobre los ADPIC. El artículo 104A de la Ley de Patentes de 1970 contempla dos situaciones en las que se puede solicitar al demandado que demuestre que no ha infringido una reivindicación de procedimiento. Un requisito común a ambas situaciones es que el producto del demandado debe ser idéntico al producto que se obtiene directamente del procedimiento patentado. Si se cumple este requisito, el tribunal conserva el poder de solicitar que el demandado demuestre que no ha cometido infracción alguna en caso de que lo que se obtenga del procedimiento sea un producto nuevo129 o en caso de que el demandante demuestre una alta probabilidad de que el demandado esté usando el procedimiento patentado y no pueda determinar cuál es el procedimiento del demandado, a pesar de los esfuerzos razonables realizados. Es posible que el tribunal no exija que el demandado divulgue su procedimiento si dicha divulgación pudiese revelar algún secreto comercial, de fabricación o empresarial que forme parte del procedimiento del demandado, pero solo si el tribunal considera que la divulgación es razonable.130 No obstante, el uso de círculos de confidencialidad también puede ser de ayuda en dichas divulgaciones.131 Ley sobre la Prueba de 1872 de la India, art. 101. Ley de Patentes de 1970, art. 104A.1)a). Ley de Patentes de 1970, art. 104.2.Para obtener más información sobre los círculos de confidencialidad, véase la sección 6.6.5 de este capítulo.