3.3.1 Estructura, responsables de la toma de decisiones y procedimientos de la administración judicial
Para aclarar el funcionamiento del sistema de justicia brasileño en controversias sobre patentes, es necesario presentar brevemente el procedimiento judicial brasileño, la organización del poder judicial y, finalmente, las potestades atribuidas a los jueces y los límites de su actuación. Con esta información, será posible comprender los límites de la gestión de los procedimientos relativos a los litigios en materia de patentes conforme a la ley brasileña.
El procedimiento civil brasileño está dividido en la denominada fase de “conocimiento”, en la que el juez decide sobre las diferencias y las cuestiones controvertidas entre las partes enfrentadas, y la fase de “cumplimiento de la sentencia”, en la que los jueces imponen sanciones si sus decisiones no se cumplen de manera voluntaria. La fase de conocimiento finaliza, por regla general, con la resolución definitiva del juez, denominada “sentencia”, que puede poner fin al proceso sin producir efectos de cosa juzgada o contener la decisión sobre la reparación solicitada por las partes.
Cabe destacar que, si bien el Brasil tiene su propio Derecho de patentes (es decir, la LPI), los asuntos procesales se rigen básicamente por el Derecho procesal civil general (es decir, el CPC). En otras palabras, sobre la base de las normas procesales generales, la práctica judicial ha adaptado el procedimiento civil a las peculiaridades del proceso judicial en materia de patentes en el Brasil. El CPC se aplica a escala nacional y es vinculante tanto para los tribunales federales como para los estatales.
La atribución de la competencia para conocer de las causas relacionadas con controversias de patentes está regida por dos normas principales. Los tribunales federales entienden de las causas en las que se reclama que se declare la nulidad de la patente, con intervención obligatoria del INPI (artículo 57 de la LPI y artículo 109 de la Constitución). Al tratarse de una cuestión de competencia absoluta por razón de la persona, los tribunales estatales entienden de las causas relativas a la infracción de patentes. Las causas relacionadas con la infracción de patentes se pueden presentar ante cualquiera de los tribunales de primera instancia que componen los tribunales estatales, cuya organización y competencia están reguladas en el artículo 92 de la Constitución. Todo tribunal de primera instancia puede aceptar dichas causas, siempre que se cumplan los criterios para la definición de la competencia.
Con respecto a la organización de los tribunales y los distritos judiciales que componen cada uno de los tribunales estatales, la Constitución atribuye a cada uno de estos tribunales la facultad exclusiva de proponer al poder legislativo de su unidad federativa la creación, la organización y la distribución de la jurisdicción. Por lo tanto, cada tribunal estatal puede organizarse de manera diferente, también respecto de los asuntos en materia de patentes. Lo anterior es aplicable a la organización de cada uno de los cinco tribunales federales regionales.
Lo que define la cantidad de tribunales y su grado de especialización en una ciudad o distrito judicial determinados es la carga de trabajo judicial. Por consiguiente, la jurisdicción está regulada por las resoluciones de los tribunales estatales y federales regionales.
Tanto en los tribunales federales como en los estatales, todos los litigios en materia de patentes pasan por la jurisdicción de primera instancia (en la que las cuestiones son analizadas por un único juez) y por la jurisdicción en apelación (tribunales federales de apelación estatales o regionales), en la que un tribunal colegiado juzga y resuelve las apelaciones. En circunstancias excepcionales, también pueden someterse las decisiones de un tribunal de apelación a la revisión del Superior Tribunal de Justicia (STJ), que esencialmente analiza las alegaciones de infracción de la ley federal, o incluso del STF, que se encarga de las cuestiones constitucionales.