Guía internacional para jueces sobre la administración judicial de litigios relativos a patentes

Guía completa

Descargar guía completa Descargar el capítulo

3.9.3 Recurso de aclaración

El “recurso de aclaración” (embargo de declaração) está regulado en los artículos 1022 a 1026 del CPC. Pueden presentarse contra cualquier sentencia del tribunal para:

I. aclarar confusiones o eliminar contradicciones;

II. subsanar la omisión de un punto o cuestión sobre el que el juez debería haberse pronunciado de oficio o a instancia de parte; [o]

III. corregir un error material. (Artículo 1022 del CPC)

Este recurso se debe presentar en un plazo de cinco días mediante una petición dirigida al juez en la que se indique el error, la confusión, la contradicción o la omisión, y no está sujeto a fianza de apelación (artículo 1023 del CPC). El juez intimará a la parte recurrida para que, si lo desea, pueda manifestarse sobre el recurso presentado en el plazo de cinco días, en caso de que la posible admisión del recurso implique una modificación de la decisión recurrida (artículo 1023.2 del CPC). Posteriormente, el juez juzgará el recurso en un plazo de cinco días y subsanará la cuestión (artículo 1024 del CPC).

En los tribunales, el ponente presentará la moción en la siguiente sesión y emitirá su voto y, si no se emite una sentencia en esta sesión, el recurso se incluirá automáticamente en el orden del día (artículo 1024.1 del CPC). Cuando se presenta un recurso de aclaración contra la decisión del ponente o contra otra decisión emitida por un único juez en el tribunal, el órgano que emitió la decisión recurrida decidirá sobre la materia de manera individual (artículo 1024.2 del CPC).

Si la aceptación de un recurso de aclaración implicase una modificación de la decisión recurrida, el recurrido que ya hubiese presentado otro recurso contra la decisión original tendrá derecho a complementar o modificar sus motivos dentro de los límites exactos del cambio en un plazo de 15 días desde la fecha de notificación de la decisión recurrida (artículo 1024.4 del CPC). Si se desestima el recurso de aclaración o no cambia la conclusión de la sentencia previa, el recurso presentado por la otra parte antes de la publicación de la sentencia que resuelve el recurso de aclaración se procesará y juzgará independientemente de su ratificación (artículo 1024.5 del CPC).

Los recursos de aclaración no tienen efectos suspensivos e interrumpen el plazo para presentar un recurso (artículo 1026 del CPC). La eficacia de las decisiones de un tribunal unipersonal o colegiado podrá ser suspendida por el juez o ponente competente si se demuestra la probabilidad de que se admita el recurso o, si los fundamentos son adecuados, si existe un riesgo grave de perjuicio o de difícil resolución (artículo 1026.1 del CPC). Cuando el recurso de aclaración sea manifiestamente improcedente, el juez o el tribunal, por medio de una decisión fundamentada, puede ordenar a la parte recurrente que pague una multa que no exceda el 2 % de la cuantía actualizada de la controversia (artículo 1026.2 del CPC). Cuando los recursos de aclaración manifiestamente improcedentes son reiterados, la multa se aumenta hasta un 10 % de la cuantía actualizada de la controversia y la presentación de cualquier tipo de recurso estará condicionada al depósito previo del valor la multa, excepto en caso del Tesoro Público y del beneficiario de asistencia jurídica gratuita, quien abona esta cantidad al final, después de haberse agotado todos los posibles recursos ante instancias superiores (artículo 1026.3 del CPC).