Guía internacional para jueces sobre la administración judicial de litigios relativos a patentes

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8.6.9 Protección de los secretos comerciales en los litigios

8.6.9.1 Acceso limitado a los secretos comerciales

Es posible que el acceso a los secretos comerciales esté restringido por órdenes judiciales. Si una de las partes lo solicita, el tribunal puede ordenar que únicamente las partes en el litigio puedan acceder a los fragmentos del expediente judicial que contengan secretos comerciales, copiarlos o solicitar el envío de una copia auténtica, una copia certificada o una síntesis de las partes que contengan secretos comerciales del expediente o la decisión judicial.132 Sin embargo, esta restricción no puede regular la divulgación por una parte a otras de los secretos comerciales conocidos en el transcurso del litigio, algo que puede impedirse mediante una medida de protección de la confidencialidad.

8.6.9.2 Medidas de protección de la confidencialidad

Las partes pueden negarse a presentar un documento sobre la base de que contiene información confidencial (por ejemplo, un secreto comercial). En ese caso, el tribunal puede ordenar a la parte que presente el documento ante el tribunal para una revisión en privado. Ni las partes ni sus abogados pueden participar en dicha revisión.

Cuando sea necesario que una parte divulgue un secreto comercial en un litigio por infracción de la Ley de Prevención de la Competencia Desleal y Protección de los Secretos Comerciales, la parte puede solicitar al tribunal, en virtud del artículo 14-4 de la Ley, que dicte una medida de protección de la confidencialidad para impedir cualquier divulgación no autorizada del secreto comercial con posterioridad. Conforme a esta Ley, un “secreto comercial” es la información de carácter técnico o empresarial que se puede utilizar en las actividades comerciales y, en general, es desconocida para el público y posee un valor económico independiente, cuya confidencialidad se mantiene mediante esfuerzos considerables.

La Ley protege los secretos comerciales revelados en los litigios mediante medidas de protección de la confidencialidad, cuyo incumplimiento puede estar sujeto a sanciones penales. Si una de las partes lo solicita, el tribunal puede emitir una orden en la que se prohíba a la parte opositora, su abogado o cualquier otra persona que tenga conocimiento del secreto comercial a través del litigio utilizar el secreto comercial para fines distintos de la celebración del litigio y revelarlo a cualquier persona distinta de las personas para las que se dictó la medida de protección de la confidencialidad.

Las partes que soliciten medidas de protección de la confidencialidad deben demostrar que un resumen o una prueba ya presentada o que se vaya a presentar contiene secretos comerciales y que cualquier uso o divulgación del secreto comercial para fines distintos de la celebración del litigio probablemente obstaculizaría el funcionamiento comercial de la parte en cuestión. La petición debe especificar los hechos para favorecer el cumplimiento de estos criterios, las personas que deben estar sujetas a la orden y los hechos suficientes para identificar los secretos comerciales que deben protegerse mediante la orden.

Cuando se emite la orden, las personas sujetas a ella no pueden utilizar ni divulgar el secreto comercial con fines distintos al de la demanda particular. Esta prohibición incluye el uso transversal de los materiales o la información pertinentes en otras demandas nacionales o extranjeras. Las partes que incumplan la medida de protección de la confidencialidad en la República de Corea o en el extranjero sin justificación pueden ir a prisión hasta cinco años o recibir una multa de 50 000 000 KRW. Estos incumplimientos pueden penalizarse únicamente si la parte que solicitó la medida de protección de la confidencialidad presenta una denuncia.

8.6.9.3 Protección de los secretos comerciales mediante órdenes de presentar documentos y materiales

Cuando el tribunal ordena la presentación de un documento para decidir si está sujeto a la obligación de presentar documentos, debe tomar medidas para que otras personas no lo divulguen.133 El documento debe revisarse en privado, de modo que permanezca oculto a la otra parte o a terceros. De igual forma, cuando una parte se niega a presentar materiales conforme a una orden judicial, el tribunal puede ordenar la presentación de los materiales para decidir si la parte tiene un buen motivo para negarse a su presentación, pero solo con las medidas adecuadas para prevenir que otros accedan a los materiales.134