Guía internacional para jueces sobre la administración judicial de litigios relativos a patentes

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10.6.13 Juicio

Aunque las partes pueden consentir la celebración de un juicio sin jurado sobre las causas relativas a las patentes, algo que era habitual hace un siglo, la gran mayoría de los titulares de patentes optan actualmente por juicios con jurado. Siempre y cuando soliciten indemnizaciones pecuniarias, la Constitución estadounidense les garantiza un juicio con jurado. Como se ha mostrado en los apartados anteriores, las perspectivas de un juicio con jurado influyen notablemente en la gestión de las causas relativas a las patentes. El proceso de interpretación de las reivindicaciones, así como muchos de los procesos previos al juicio, se conciben pensando en el juicio con jurado. La complejidad inherente del Derecho de patentes y la tecnología puede hacer que un jurado confuso tome decisiones injustificables o incoherentes sobre cuestiones de hecho. Por este motivo, los jueces dedican un tiempo y unos esfuerzos considerables a evitar que esto ocurra. Asimismo, si se toman decisiones injustificables o incoherentes sobre cuestiones de hecho, el tribunal debe dedicar un tiempo y unos esfuerzos adicionales para resolver y subsanar estas conclusiones. Por lo tanto, el juicio, igual que las demás fases de las causas relativas a las patentes, se beneficia de una gestión judicial temprana y minuciosa para ayudar al órgano que determina los hechos a evaluar el fondo.

Como ha señalado el Circuito Federal, “la discrecionalidad del tribunal tiene su máxima expresión en las cuestiones de gestión judicial”.215 Varias consideraciones procesales y sustantivas influyen en el ejercicio de la discrecionalidad del tribunal al facilitar al jurado y al tribunal la función de determinación de los hechos.

10.6.13.1 Cuestiones procesales

Los jueces de distrito disponen de una serie de opciones para establecer el alcance de un juicio y las reglas básicas, como la bifurcación o la logística.

10.6.13.1.1 Juicios independientes (bifurcación)

En la regla 42.b) del FRCP se dispone lo siguiente:

Por comodidad, para evitar perjuicios o para agilizar y economizar el proceso, el tribunal puede ordenar la celebración de un juicio independiente sobre una o más cuestiones, demandas, demandas entre partes de un mismo litisconsorcio, reconvenciones o demandas de terceros. Si se ordena la celebración de un juicio independiente, el tribunal debe preservar el derecho federal a un juicio con jurado.

No obstante, la discrecionalidad de los jueces de distrito tiene limitaciones. En el artículo 299 de la Ley de Patentes, relativo al litisconsorcio de las partes, se dispone que, aunque se hayan acumulado varias acciones sobre cuestiones idénticas o similares, como la infracción de la misma patente, para fines anteriores al juicio, se deberán juzgar de manera independiente, a menos que:

1) se haga valer el derecho a obtener una reparación contra las partes de forma conjunta, separada o alternativa con respecto de la misma transacción, el mismo suceso o la misma serie de transacciones o sucesos relacionados con la fabricación, el uso, la importación en los Estados Unidos de América, la oferta para la venta o la venta del mismo producto o proceso objeto de acusación, o como consecuencia de estos; y

2) que en la acción se planteen cuestiones de hecho comunes a todos los demandados o demandados reconvencionales.

De forma más general, al decidir si las cuestiones deben juzgarse de forma independiente, los tribunales de primera instancia deben garantizar el derecho constitucional de los litigantes a un jurado.216

En el ejercicio de la discrecionalidad para estructurar los juicios, normalmente, los jueces suelen considerar más eficiente celebrar un juicio y una apelación. Por lo tanto, la bifurcación en las causas relativas a las patentes es la excepción, no la norma, y resulta adecuada únicamente si promueve la economía judicial y no es inapropiada ni perjudicial para las partes.217

No obstante, las causas relativas a las patentes suelen ser complejas y en ocasiones comprenden diferentes tecnologías, acciones no relacionadas con patentes con hechos superpuestos, distintas acciones y excepciones jurídicas y de equidad, cuestiones complejas relacionadas con las indemnizaciones y varios motivos para iniciar un procedimiento, como las demandas en materia antimonopolística, de secretos comerciales, de propiedad intelectual y de marcas registradas. El hecho de que estas cuestiones se deban resolver en un solo juicio depende de los hechos y las circunstancias del caso concreto. Algunos de los factores que se deben tener en cuenta al decidir si el juicio se bifurcará son los siguientes: si las cuestiones y las pruebas necesarias sobre cada cuestión son notablemente diferentes; si pueden ser juzgadas por un jurado o por el tribunal; si la revelación probatoria se ha dirigido a un solo juicio sobre todas las cuestiones; si una de las partes se vería perjudicada por la celebración de un solo juicio o de juicios independientes; y si un solo juicio generaría la posibilidad de confundir al jurado.

Por último, las consideraciones relativas a la capacidad de gestión y comprensión (especialmente de los miembros del jurado) de las diferentes cuestiones presentadas en la causa determinan la decisión de bifurcar o celebrar juicios independientes. Desde el punto de vista de la administración de causas, la bifurcación puede ayudar al tribunal a separar de las consideraciones del jurado las pruebas que pueden ser fundamentales para una de las cuestiones de la causa pero irrelevantes y perjudiciales para otras. La bifurcación también puede ayudar a los miembros del jurado, pues centra la atención en una sola cuestión al mismo tiempo, por lo que se evita abrumarlos con varias cuestiones complejas a la vez. Asimismo, la eficiencia aumenta al resolver todas las cuestiones en un solo procedimiento, algo que no debe ignorarse al decidir si bifurcar o incluso trifurcar las causas relativas a patentes.

10.6.13.2 Administración de causas previa al juicio

La complejidad de las causas relativas a las patentes genera una necesidad particular de preparación previa al juicio para minimizar la inactividad del jurado y promover su comprensión. La vista previa al juicio representa la oportunidad final para prever y resolver problemas que interrumpirían y retrasarían los procedimientos judiciales.

10.6.13.2.1 Vista previa al juicio

La vista previa al juicio debería celebrarse con suficiente antelación al juicio, pero lo suficientemente después de la interpretación de las reivindicaciones y la práctica dispositiva de peticiones para que el tribunal y el asesor jurídico tengan una idea correcta de las limitaciones del juicio y la interacción de las cuestiones que se deben juzgar. Normalmente, la vista se celebra entre seis y ocho semanas antes del juicio.

El objetivo de la vista previa al juicio es generar una orden que rija las cuestiones que se van a juzgar y establezca las reglas básicas para el desarrollo del juicio. Muchos jueces facilitan a los asesores jurídicos un borrador de la orden en el que se dejan espacios en blanco según corresponda y se proporciona una lista de verificación de las cuestiones que se deben tener en cuenta. El impreso refleja la opinión habitual del tribunal acerca de muchos de los aspectos del juicio. Los jueces ofrecen al asesor jurídico cierto margen para adaptar el caso a las circunstancias concretas.

Las órdenes previas al juicio en las causas relativas a las patentes suelen abarcar los siguientes temas:

  • el asesor jurídico en el juicio para las partes;
  • la competencia;
  • la naturaleza del litigio;
  • la postura de las partes;
  • los hechos y estipulaciones no impugnados;
  • las cuestiones de hecho y de Derecho impugnadas;
  • las cuestiones relativas al jurado o ajenas a este;
  • la lista de testigos;
  • las objeciones a la prueba pericial;
  • la lista de pruebas materiales;
  • la bifurcación del juicio (se indica si las partes desean celebrar un juicio bifurcado y, de ser así, por qué);
  • las peticiones in limine;
  • las peticiones de sentencia fundada en cuestiones de Derecho (se indica la manera en la que las partes presentarán las peticiones de sentencia fundada en cuestiones de Derecho, ya sea de forma inmediata en el momento adecuado del juicio o en una pausa posterior);
  • las modificaciones de las alegaciones (se incluye una declaración en la que se indica si se objeta a la modificación propuesta y, en caso de objeción, los motivos de esta);
  • las instrucciones para el jurado (se indica, en caso de desacuerdo entre las partes, si la instrucción fue propuesta por el demandante o por el demandado y una breve explicación de por qué debería adoptarse la instrucción, en la que se incluyan citas de las autoridades pertinentes);
  • el formulario del veredicto;
  • la duración y la logística del juicio; y
  • las cuestiones adicionales (entre ellas, si las partes prevén solicitar que la sala de vistas se cierre al público durante una parte de la declaración de un testigo concreto).
10.6.13.2.2 Instrucciones para el jurado

El tribunal colabora con las partes en el período previo al juicio para elaborar las instrucciones para el jurado. Dado que relativamente pocos miembros del jurado llamados a prestar servicio cuentan con gran experiencia o conocimientos previos sobre la práctica judicial, el sistema jurídico o el Derecho de patentes, es habitual elaborar dos conjuntos de instrucciones: un conjunto de instrucciones preliminares para el inicio del juicio y las instrucciones finales que se proporcionan al final de la presentación de las pruebas.

10.6.13.2.2.1 Instrucciones preliminares

Normalmente, las instrucciones preliminares engloban aspectos básicos del enjuiciamiento civil (el deber del jurado, los elementos que constituyen pruebas, las diferentes cargas de la prueba en un juicio civil y los procedimientos judiciales), así como la descripción general del sistema de patentes y una descripción no razonada de la tecnología empleada, los productos objeto de acusación y las patentes. Algunos jueces presentan un video elaborado por el Centro Judicial Federal en el que se muestra una guía básica sobre el sistema de patentes. Este video, junto con una patente simulada de muestra, presenta información de carácter general sobre lo que son las patentes, por qué son necesarias, cómo las obtienen los inventores, la función de la USPTO y por qué surgen controversias relativas a las patentes. El Centro publicó este video en 2013 para explicar los cambios en el Derecho de patentes, en particular, la promulgación y la aplicación de la AIA.218 En las instrucciones preliminares se debe exponer la interpretación del tribunal de los términos de las reivindicaciones de patente y se debe explicar que los miembros del jurado deben aceptar las interpretaciones del tribunal y no pueden interpretar los términos por sí mismos.

10.6.13.2.2.2 Instrucciones finales

Varias organizaciones judiciales y de abogados de patentes han elaborado modelos de instrucciones para jurados de patentes que suelen servir de punto de partida para que las partes recopilen las instrucciones propuestas. A menudo, las partes tratarán de que se redacten de nuevo estas instrucciones para reflejar la evolución de la legislación y la jurisprudencia en materia de patentes.

Aunque el tribunal tiene discrecionalidad para proporcionar instrucciones al jurado antes o después de los alegatos finales, se suele preferir que las instrucciones se proporcionen de antemano.219 Esto ocurre especialmente en las causas relativas a las patentes: los miembros del jurado suelen estar más centrados y en mejores condiciones para escuchar las instrucciones antes de los alegatos finales. Los miembros del jurado comprenden mejor los argumentos expuestos durante los alegatos finales cuando han recibido instrucciones sobre el Derecho aplicable a la causa. La provisión de instrucciones al jurado antes de los alegatos finales también puede dar lugar a que las partes presenten sus argumentos de manera más eficaz. Los alegatos finales pueden adaptarse para que la terminología coincida con la redacción concreta de las instrucciones, lo que permite a las partes resaltar la importancia de pruebas concretas.

10.6.13.2.3 Logística del juicio

Para lograr una gestión eficaz de los juicios sobre patentes, deben establecerse plazos razonables, mantener un programa diario para los juicios y definir el orden de las presentaciones de las partes. Si se establece un protocolo, las partes pueden estructurar y racionalizar mejor sus presentaciones para adaptarlas al programa del tribunal, lo que da lugar a un proceso de solución de controversias más comprensible y eficiente.

10.6.13.2.3.1 Plazos y duración del juicio

La facultad inherente del tribunal de primera instancia para controlar las causas incluye la amplia potestad de imponer plazos razonables durante el juicio para centrar la presentación de las pruebas por las partes y evitar un retraso indebido, la pérdida de tiempo o la presentación innecesaria de pruebas redundantes.220 Se ha reconocido que los plazos es una técnica judicial que mejora la calidad de la justicia y los aspectos administrativos de cualquier juicio civil. Los plazos obligan a las partes a evaluar lo que es importante para su causa y lo que no lo es. Establecer plazos es especialmente adecuado en las causas relativas a las patentes, en las que las cuestiones son complejas y la celebración de un juicio excesivamente largo supondría una carga innecesaria para los miembros del jurado y el tribunal.

Lo que constituye un tiempo razonable para un juicio depende de los rasgos específicos de la causa, como el número de patentes y reivindicaciones de patente objeto de la controversia, la complejidad de la tecnología, el carácter y el número de acciones conexas no relacionadas con las patentes y la posibilidad de bifurcar las cuestiones. Para tener en cuenta todos estos factores, el tribunal debe imponer los límites a la duración del juicio después de llevar a cabo un análisis fundamentado basado en el examen de las listas de testigos propuestos por las partes y declaraciones prestadas por ellos, así como en sus estimaciones de la duración del juicio. Los plazos son razonables si 1) se establecen en consulta con las partes, 2) se asignan de manera imparcial, 3) se adjudican a las pruebas que las partes estimen oportunas y 4) se aplican de manera flexible.

Independientemente de los detalles de la causa, se recomienda establecer un límite a la duración total del juicio en casi todas las causas relativas a las patentes. Un programa de causas sin plazos preestablecidos puede volverse rápidamente incontrolable por la cantidad de cuestiones complejas que presenta e impone una carga innecesaria e irrazonable sobre el jurado elegido para conocer de la causa. La mayoría de las causas de patentes pueden juzgarse por completo en un plazo de dos semanas si se dedican aproximadamente 20 horas a cada litisconsorcio, desde las declaraciones iniciales y hasta los alegatos finales. Los procedimientos llevados a cabo por el tribunal, principalmente el examen preliminar y las instrucciones, no suelen estar cronometrados.

10.6.13.2.3.2 Orden de las presentaciones en el juicio

En las causas habituales, los demandantes intervienen en primer lugar, porque asumen la carga de la prueba. No obstante, en las causas de patentes, las partes comparten la carga de la prueba. Mientras que los demandantes asumen la carga de la prueba de la infracción, por ejemplo, los demandados asumen la carga de la prueba de la nulidad.

Habida cuenta de estas cargas, la mayoría de los juicios sobre patentes empiezan con las alegaciones del titular de la patente relativas a la infracción. Si las cuestiones relativas a la indemnización por daños y perjuicios no se bifurcan ni se organizan en fases, el titular de la patente también presentaría sus alegaciones sobre la indemnización. Posteriormente, el demandado responde a las pruebas de infracción, presenta sus pruebas de nulidad y responde a las pruebas relativas a la indemnización por daños y perjuicios. A continuación, el titular de la patente presenta su refutación sobre la infracción y la indemnización y su respuesta a la impugnación de la validez. El demandado tendrá entonces la oportunidad de refutar la respuesta del demandante a la impugnación de la validez.

10.6.13.2.3.3 Selección y gestión del jurado

Como cualquier otro juicio civil, los juicios con jurado sobre patentes se rigen por el FRCP, según el cual se debe elegir a un jurado con un mínimo de 6 y un máximo de 12 miembros.221 Dado que los juicios sobre patentes pueden llevar más tiempo que otros juicios civiles y a menudo son más complejos, puede resultar complicado encontrar un jurado capaz de dedicar el tiempo y la atención necesarios. Estos aspectos son factores que actúan en contra de la elección de un jurado de 12 miembros. Sin embargo, normalmente, los jueces eligen a más miembros de los seis mínimos para garantizar que se pueda llegar a un veredicto en caso de que uno o dos miembros del jurado no puedan prestar servicio durante el juicio.

El proceso de examen preliminar de un juicio sobre patentes es muy parecido al de otras causas civiles. Sin embargo, dado el carácter especializado de las causas de patentes, resulta conveniente preguntar a los futuros miembros del jurado sobre su experiencia con la tecnología subyacente de las patentes, su experiencia con el sistema de patentes y sus opiniones sobre la protección de patentes. Dado que es probable que ambas partes estén interesadas en solicitar esta información, el proceso de examen preliminar puede agilizarse pidiendo a los futuros miembros del jurado que rellenen cuestionarios previamente.

10.6.13.3 Petición de sentencia fundada en cuestiones de Derecho

Cuando una parte haya terminado de presentar los actos probatorios relativos a una cuestión, la contraparte puede solicitar una sentencia fundada en cuestiones de Derecho respecto de esa cuestión.222 El criterio habitual para decidir sobre esta petición es que se denegará la sentencia si, “tras analizar las pruebas desde el punto de vista más favorable para la parte contraria a la peticionaria y dar a esta el beneficio de extraer todas las presunciones razonables, existen pruebas suficientes en el expediente para respaldar el veredicto de un jurado a favor de dicha parte”.223 No obstante, estas peticiones y sus consecuencias de apelación adquieren una importancia especial en las causas relativas a las patentes, en las que cada litisconsorcio ha planteado acciones y excepciones respecto de las que asume la carga de la prueba y en las que las cuestiones de interpretación de las reivindicaciones suelen desempeñar un papel fundamental.

En ausencia de una petición en virtud de la regla 50 del FRCP antes de que la causa se presente ante el jurado, que trata una cuestión específica, no se podrá alegar en las peticiones posteriores al juicio ni en la apelación que las pruebas son insuficientes para respaldar el veredicto del jurado relativo a esa cuestión.224 En el contexto del Derecho de patentes, esto puede requerir, por ejemplo, que en la petición en virtud de la regla 50 presentada por la parte acusada de infracción se especifiquen las reivindicaciones concretas con respecto de las que se afirma que no se ha probado ninguna infracción o las referencias concretas del estado de la técnica que se sostiene que hacen que la patente sea evidente o anticipada, así como que en la petición presentada por el titular de una patente se especifiquen los fundamentos concretos de nulidad que asegura que no se han demostrado.225 Sin embargo, las circunstancias de determinadas causas pueden hacer que peticiones mucho más crípticas sean suficientes si, en su contexto, está claro que el tribunal y la parte contraria entendieron lo que se pretendía.226

10.6.13.4 Formularios de veredicto

Debido a la complejidad de muchas cuestiones que deben determinarse en un juicio sobre patentes, muchos juicios emplean formularios de veredicto e interrogatorio especiales, en lugar de simples formularios generales de veredicto. Los veredictos especiales requieren que el jurado tome decisiones sobre cuestiones de hecho específicas a partir de las cuales el tribunal aplica el Derecho pertinente. Asimismo, el tribunal puede emplear un formulario de veredicto general con interrogatorios especiales.227. Los interrogatorios especiales difieren del uso de veredictos especiales únicamente en que es el jurado, en lugar del tribunal, el que toma la decisión final cuando se emplean veredictos generales con interrogatorios especiales. Existe igualmente el riesgo de que el jurado tome una decisión incoherente con sus conclusiones. En estos casos, las normas federales permiten al tribunal dictar una sentencia coherente con las conclusiones del jurado a pesar del veredicto.228. Cuando las conclusiones sean incoherentes y no respalden el veredicto, el tribunal puede convocar al jurado para un nuevo examen u ordenar un nuevo juicio.

10.6.13.5 Juicios sin jurado

Un tribunal puede juzgar una causa relativa a patentes sin un jurado cuando las partes hayan renunciado al derecho a un juicio con jurado o cuando las cuestiones de equidad se hayan bifurcado para que el tribunal las examine. Sin embargo, este tipo de renuncias son poco habituales. Normalmente, los juicios sin jurado se celebran cuando se juzgan excepciones de equidad, como las conductas injustas y la doctrina de los actos propios.

Dado que el tribunal es quien determina los hechos en los juicios sin jurado, no es tan necesario llevar a cabo una administración judicial exhaustiva. El tribunal debe tomar decisiones sobre cuestiones de hecho y formular conclusiones de Derecho cuando emita su sentencia.229 No obstante, puede ser menos estricto con las cuestiones de admisibilidad y las objeciones probatorias por actuar como árbitro de estas cuestiones y como órgano que determina los hechos de manera definitiva. Existe una preocupación menor por que el tribunal se vea perjudicado por algunas pruebas.

Los juicios sin jurado son un método estándar de juzgar causas que afectan a patentes farmacéuticas con arreglo a la Ley Hatch-Waxman (casos de solicitudes abreviadas para comercializar un nuevo medicamento) y la Ley de Competencia de Precios e Innovación en materia Biológica (BPCIA), en las que las cuestiones relacionadas con las indemnizaciones por daños y perjuicios no se ven afectadas (véase el apartado 10.13.2).

10.6.13.6 Peticiones posteriores al juicio

Los juicios sobre patentes, al igual que la mayoría de los juicios, suelen ir seguidos de una serie de peticiones posteriores al juicio. Cuando se concluye que se ha producido una infracción, los titulares de las patentes casi siempre solicitan medidas cautelares permanentes. En los casos de infracción intencionada, normalmente, el titular de la patente también solicita indemnizaciones incrementadas. Dado que la legislación sobre patentes autoriza la imposición de costas en concepto de honorarios de abogados en casos excepcionales, en las peticiones posteriores al juicio se suelen solicitar estos honorarios. Además, es probable que las partes presenten peticiones de sentencia fundada en cuestiones de Derecho, peticiones de nuevos juicios sobre las cuestiones de responsabilidad o ambas.

10.6.13.6.1 Petición de un nuevo juicio

En un plazo de 28 días después de que se dicte la sentencia en un tribunal con jurado o de primera instancia, con o sin una petición de sentencia fundada en cuestiones de Derecho, las partes pueden solicitar un nuevo juicio.230 Al igual que sucede con las peticiones en virtud del artículo 50.b) del FRCP, el plazo es jurisdiccional y no se puede ampliar.231 La petición se juzga según la legislación del tribunal de apelación del circuito regional y, en las causas de patentes, la petición se puede basar en los mismos motivos que cualquier juicio. Algunos de estos motivos son 1) que la sentencia sea contraria a la preponderancia de las pruebas; 2) la conducta indebida por parte de un abogado o un testigo que niega a su oponente un examen justo; 3) la conducta indebida por parte del jurado; 4) la interpretación errónea de las pruebas, las instrucciones para el jurado o las cuestiones de conducta en un juicio; 5) indemnizaciones por daños y perjuicios excesivas (con o sin reducción) o inadecuadas (con o sin adición) y 6) nuevas pruebas que podrían no haberse revelado durante el juicio. Para merecer la concesión de un nuevo juicio, el objeto de la petición debe haber causado un perjuicio sustancial y, en prácticamente todos los casos, haber recibido una objeción oportuna. En las causas relativas a las patentes, la petición de un nuevo juicio suele emplearse para impugnar la interpretación de las reivindicaciones ofrecida en las instrucciones para el jurado.

10.6.13.6.2 Renovación de la petición de sentencia fundada en cuestiones de Derecho

Si al final de la presentación de todas las pruebas en un juicio se realiza una petición de sentencia fundada en cuestiones de Derecho, las partes pueden renovar la petición en un plazo de 28 días después de que se dicte la sentencia.232 El plazo previsto en el Reglamento para la presentación de una petición es jurisdiccional y no se puede ampliar.233 La renovación de la petición debe basarse en la misma falta de pruebas reivindicada en la petición inicial y, al juzgarla, el tribunal debe aplicar la misma norma. La petición puede unirse a una petición de un nuevo juicio, y normalmente es así.234 La petición conjunta permite al tribunal ofrecer la petición de un nuevo juicio como alternativa en caso de que la orden que dicta la sentencia se revoque en apelación.235

10.6.13.6.3 Petición de anulación de una sentencia en relación con el acuerdo

Después de que se dicte una sentencia definitiva, en ocasiones las partes pueden llegar a un acuerdo antes de la resolución de la apelación. Como parte del acuerdo de transacción, el titular de la patente y el infractor acusado pueden acordar pedir al tribunal de distrito de forma conjunta que anule la sentencia en la que se determina que la patente no es válida, no se ha infringido o no se puede ejecutar, así como determinados fallos subsidiarios, como las órdenes de interpretación de las reivindicaciones que limitan el alcance de la patente. En algunos casos, las partes incluso supeditarán el acuerdo a la concesión de la anulación. La motivación del titular de la patente al solicitar una anulación es eliminar cualquier posible efecto excluyente (a fines del efecto prejudicial de la cosa juzgada) asociado a una sentencia negativa con respecto a la validez, el alcance o el carácter ejecutable de la patente. Por el contrario, en el caso del infractor acusado, esta concesión gratuita supuestamente le ayuda a obtener una compensación pecuniaria o de otro tipo del titular de la patente como parte del acuerdo. La anulación le permite compartir los beneficios contrarios a la competencia derivados del efecto disuasorio de la patente restaurada, que podría hacerse valer contra sus competidores.

A pesar de que ambas partes del litigio están de acuerdo en que se debería conceder una petición de anulación, el interés público y las consideraciones de economía judicial suelen jugar en contra de este resultado.236 El supuesto beneficio de aprobar la petición de anulación es que logrará la paz y reducirá los costos de los procedimientos judiciales adicionales, como la apelación. No obstante, estos beneficios son especulativos en el mejor de los casos y más probablemente ilusorios. La anulación de un fallo basada en el acuerdo de las partes es una “solución excepcional” que solo debería concederse en “circunstancias excepcionales” que vayan más allá del deseo de las partes de prever una solución de este tipo en su acuerdo.237 De hecho, la regla 60.b)6) del FRCP, según la cual se suele presentar una petición de anulación relacionada con un acuerdo, exige que se demuestren tales “circunstancias extraordinarias”.