Guía internacional para jueces sobre la administración judicial de litigios relativos a patentes

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11.6.9 Decisiones de la Cámara de Recursos

11.6.9.1 Decisiones anunciadas en los procedimientos orales

En la gran mayoría de los asuntos, la decisión final de la Cámara se anuncia al término del procedimiento oral.125 Cuando el presidente da por concluida la deliberación, anuncia la decisión: por ejemplo, que se desestima el recurso, que se revoca la patente, que se mantiene la patente en una versión diferente a la que se había concedido o que se remite el asunto para que continúe su tramitación. La decisión anunciada por el presidente no puede ser modificada por la Cámara.

11.6.9.2 Comunicación por escrito de la decisión en el plazo de tres meses

La decisión por escrito, que incluye el resumen de los hechos, los motivos y el auto126 se emite en un plazo oportuno.127 Cuando el asunto sigue su cauce habitual, en el que la decisión se anuncia en el procedimiento oral, la Cámara debe expedirla en el plazo de tres meses a partir de la fecha del procedimiento oral.128

No obstante, puede ocurrir que la Cámara no pueda cumplir con el plazo establecido, por ejemplo, debido a la enfermedad de un miembro o a que el asunto sea de singular complejidad. En tales casos, la Cámara debe informar a las partes de la demora y de cuándo es factible que se expida la decisión.129

La decisión por escrito contará con la firma electrónica del presidente y el Secretario de la Cámara130 y se notificará a todas las partes.131

11.6.9.3 Exposición abreviada de la decisión de la Cámara

La Cámara podrá exponer de forma abreviada las razones de una decisión cuyo auto se haya anunciado en el procedimiento oral. No obstante, para ello será necesario que las partes hayan dado su consentimiento.132 La Cámara no podrá exponer las razones de su decisión de forma abreviada cuando un tercero o un tribunal le hayan transmitido su interés legítimo en que los motivos de la decisión no se expongan de forma abreviada.133

Asimismo, la Cámara podrá decidir exponer las razones de su decisión de forma abreviada si está de acuerdo con todas las conclusiones y la fundamentación de la decisión recurrida, e incluso si únicamente está de acuerdo con las conclusiones relativas a una o más cuestiones específicas.134 No obstante, en la práctica, en las decisiones por escrito rara vez se exponen las razones de forma abreviada.