8.6.5 Vistas preparatorias Una vista preparatoria es una oportunidad para poner en orden los alegatos y las pruebas de las partes y permitir un juicio eficaz y centrado.116 En la mayoría de los casos, las cuestiones se simplifican mediante el intercambio de resúmenes, y el proceso avanza directamente hacia el juicio. Las vistas preparatorias se celebran únicamente en casos excepcionales en que los alegatos y las pruebas deben ponerse en orden previamente. En las causas civiles de patentes, se programará una vista preparatoria únicamente en casos complejos para coordinar la gestión procesal y principalmente por videoconferencia. En una vista preparatoria, a menudo se debaten las siguientes cuestiones: la fecha y la hora del juicio, así como las cuestiones que se tratarán en él; los plazos para realizar alegaciones y presentar pruebas (incluidos los plazos para la presentación de los resúmenes exhaustivos y las declaraciones juradas de los testigos periciales, el número máximo de presentaciones y la extensión de los resúmenes); la conveniencia de utilizar un método de presentación de pruebas que exija un tiempo considerable, como la inspección, la tasación y la presencia de un testigo pericial, y los plazos para dichos métodos; la conveniencia de nombrar a un asesor técnico; la conveniencia de celebrar una sesión de revisión de la tecnología por las partes; la conveniencia de celebrar vistas independientes por cuestiones jurídicas, como la infracción, la nulidad, la evaluación de los daños, etc.; la manera de proceder en los litigios si una causa relacionada está pendiente ante la IPTAB; y la conveniencia de remitir la causa a un procedimiento de mediación. Ley de Procedimiento Civil, art. 279.1.