Guía internacional para jueces sobre la administración judicial de litigios relativos a patentes

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6.7.4 Costas

En el caso de las demandas por infracción, el tribunal tiene discrecionalidad para dictar que la parte vencida abone las costas a la parte vencedora. El Código Procesal Civil contempla la recuperación de las costas en los artículos 35 y 35A.

Para imponer el pago de las costas, el tribunal puede valorar varios factores, por ejemplo, i) la conducta de las partes; ii) si la parte que ha ganado solo lo ha hecho de manera parcial, incluso si dicha parte no ha vencido respecto de la totalidad del proceso; y iii) si la parte ha hecho reclamaciones poco serias o reconvenciones que desembocaron en el retraso de la resolución de la causa, o si ha interpuesto acciones abusivas que fueron una pérdida de tiempo para el tribunal.

En la causa Ten XC Wireless contra Mobi Antenna,225 se dispusieron ciertas directrices para determinar las costas de las demandas por infracción de patente, a saber:

  • en el momento en el que comienza el juicio, las partes deben enviar la estimación de las costas futuras;
  • las partes y el ayudante del juez deben llevar un registro del tiempo invertido por parte del tribunal; y
  • la parte vencida debe abonar las costas a la parte que gana.

Las costas impuestas por el tribunal pueden incluir:

  • los costos reales del litigio;226
  • una proporción de los costos de la otra parte;
  • una cantidad establecida con respecto a los costos de la otra parte;
  • los costos a partir de una determinada fecha o hasta una determinada fecha;
  • los costos en los que se incurrió antes de que comenzasen los procedimientos;
  • los costos relativos a determinadas medidas adoptadas en los procedimientos;
  • los costos relativos a una parte diferente de los procedimientos; y
  • el interés de los costos a partir de una fecha determinada o hasta una fecha determinada.