Guía internacional para jueces sobre la administración judicial de litigios relativos a patentes

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1.3.3 Medidas preliminares

Cada jurisdicción ofrece diversas formas de medidas provisionales en los litigios sobre patentes, como la congelación de activos, las órdenes de registro e incautación y las órdenes de restricción temporal. Las medidas provisionales se encuentran entre las medidas cautelares preliminares solicitadas con mayor frecuencia, y su disponibilidad y utilización variarán en función de la jurisdicción y de las circunstancias de cada causa.

Los factores que tienen en cuenta los tribunales a la hora de sopesar la concesión de una medida cautelar de este tipo difieren en función de cada jurisdicción. Esos factores pueden consistir en variaciones de los siguientes componentes: el establecimiento de una versión razonablemente verosímil o la probabilidad de éxito en relación con el fondo de la cuestión; el criterio de mayor conveniencia; si los daños y perjuicios constituyen una reparación adecuada o si existe un interés jurídico específico para dictar medidas cautelares preliminares; la posibilidad de daño irreparable o inminente para alguna de las partes si se concede o deniega la medida cautelar; y la urgencia. Algunas jurisdicciones también evaluarán las repercusiones que puede tener la medida en el interés público. La mayoría de las jurisdicciones exigen que el solicitante de la medida deposite una fianza (también denominada “compromiso por daños y perjuicios”) para compensar a la parte requerida si la medida se revoca o levanta posteriormente. Aunque en las causas sobre patentes pueden dictarse medidas cautelares preliminares a petición de una de las partes, esa decisión no suele ser habitual debido a las posibles consecuencias —a menudo significativas— para el demandado, que deben tenerse en cuenta al sopesar el derecho del demandado a ser oído, así como la complejidad técnica y jurídica de estos litigios, que a menudo requieren la aportación del demandado.

En determinadas jurisdicciones, los tribunales competentes para conocer del fondo de un asunto también son competentes para pronunciarse sobre las medidas cautelares preliminares. En otras, las actuaciones destinadas a obtener medidas cautelares preliminares constituyen una acción separada e independiente de la solicitud de medidas cautelares permanentes. Como tal, la solicitud de medidas cautelares preliminares puede presentarse ante un tribunal distinto del competente para dictar las medidas cautelares permanentes, y las resoluciones sobre las medidas cautelares permanentes no afectan automáticamente a las resoluciones previas sobre las medidas cautelares preliminares. Por lo tanto, solo podrán anular las medidas cautelares preliminares los tribunales que actúen en el proceso de solicitud de ese tipo de medidas.

En las causas sobre patentes, la resolución de una solicitud de medidas cautelares preliminares puede resultar compleja. Las actuaciones para la imposición de este tipo de medidas cautelares suelen ser urgentes y deben tener en cuenta la necesidad de las partes de continuar con sus actividades comerciales entretanto, mientras que, a menudo, para establecer que existe una fuerte probabilidad de éxito sobre el fondo del asunto se requiere un examen exhaustivo de las pruebas, incluidas todas las cuestiones sustantivas y técnicas que después se presentarán en el juicio.