Guía internacional para jueces sobre la administración judicial de litigios relativos a patentes

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6.6.5 Revelación probatoria y recopilación de información

En la audiencia sobre la administración de la causa, o antes de esta, las partes suelen admitir o denegar los respectivos documentos presentados por la otra parte y solicitar la revelación probatoria, la inspección o la presentación de los documentos de la otra parte.169 Si una de las partes lo solicita debidamente, el tribunal puede ordenar que la otra parte responda, bajo declaración jurada, a interrogatorios por escrito,170 permitir la inspección de los documentos en los que se basa la otra parte o enviados por esta,171 permitir la revelación probatoria de los documentos relevantes bajo declaración jurada172 u ordenar la presentación de documentos.173

Los tribunales siempre están facultados para desestimar la demanda o aplicar la exención por falta de enjuiciamiento si una de las partes no cumple con las órdenes relativas a la respuesta a los interrogatorios o a la revelación probatoria, la inspección o la presentación de documentos.174 Por ejemplo, en las causas de PEN, se pedirá a los demandados o al demandante que compartan los cuadros de relación de reivindicaciones como parte del intercambio de documentos que prueban que las patentes describen las normas respecto de las que se desea hacer valer las patentes.

Los procedimientos de revelación probatoria e inspección a menudo se utilizan para buscar información irrelevante y prolongar el proceso. Por ejemplo, los demandados pueden solicitar, naturalmente, todo el historial de tramitación de la causa en todas las jurisdicciones. No obstante, los tribunales no permiten este tipo de investigación errante o solicitud masiva de documentos para ver qué encuentran y la parte afectada tiene derecho a pedir al tribunal que reduzca el tipo de información o documentos que se solicitan. La otra cara de esta moneda es la saturación de información, que consiste en que la parte a la que se le ordena divulgar determinada información le hace llegar a la otra parte una cantidad ingente de documentos de todo tipo para intentar que los datos importantes pasen desapercibidos entre tanta información irrelevante. El Código Procesal Civil permite que las partes soliciten herramientas de revelación probatoria y se defiendan de estas; en caso de controversia al respecto, el tribunal actúa como árbitro final. De nuevo, este proceso requiere tiempo judicial (y los suficientes recursos humanos en el tribunal), así como unas buenas habilidades periciales de todas las partes.

Los tribunales también conservan una amplia discrecionalidad para ordenar la presentación de documentos en determinadas condiciones. Para permitir la revelación probatoria y la inspección de los acuerdos de licencia, fabricación, procedimientos que se han seguido, etc., que pueden ser confidenciales, los tribunales suelen constituir círculos de confidencialidad para conservar la confidencialidad de la información divulgada.175 Recientemente ha habido debate sobre si los litigantes pueden formar parte de estos círculos de confidencialidad.176 No obstante, en lo que respecta a la constitución de los círculos de confidencialidad, parece no haber controversia; una vez constituidos, simplifican de forma considerable el proceso de revelación probatoria e inspección de documentos.

El Reglamento que rige los Procesos Judiciales de Patentes del Tribunal Superior de Delhi (2022) se ha publicado recientemente. En él se establece un contenido mínimo obligatorio en lo que respecta a las alegaciones en las demandas relativas a patentes,177 los documentos obligatorios mínimos que las partes han de presentar178 y ajustes específicos en los procedimientos judiciales en materia de patentes. Por ejemplo, además de las alegaciones habituales, en el Reglamento se establece que las partes pueden presentar la interpretación de las reivindicaciones, la nulidad, los resúmenes de infracción y los documentos técnicos en los que el tribunal se basará para encuadrar los asuntos en la primera audiencia sobre la administración de la causa.179 Se proporciona una segunda audiencia para agilizar el registro de pruebas, incluido el protocolo para un mecanismo de careo.180 Se prevé una tercera audiencia de reserva para resolver cualquier duda pendiente previa al juicio.181 Cabe destacar que en el Reglamento se contempla la creación de un grupo de científicos expertos para prestar asistencia al tribunal.182 Mientras se establece el calendario y los protocolos para una vista final, el tribunal también puede ordenar que un experto técnico de cada parte esté igualmente presente para prestarle asistencia.183