5.9 Revisión de la sentencia recurrida
5.9.1 Apelación de novo limitada
Existe una apelación de pleno derecho contra cualquier decisión definitiva de un tribunal regional que debe interponerse ante el tribunal regional superior competente, que actúa como tribunal de apelación (artículo 511.1). En general, las sentencias preliminares no son susceptibles de apelación y no se pueden “certificar” para la apelación a menos que la ley lo disponga.182
El tribunal de apelación también es un “tribunal de registro”, de modo que no está estrictamente vinculado por el expediente fáctico y probatorio del “tribunal de primera instancia”. Por consiguiente, la competencia del tribunal de apelación no está limitada a verdaderas cuestiones de Derecho (artículo 513.1), sino que puede y debe observar de novo los hechos y puede obtener pruebas nuevas si es necesario (artículos 529.1) y 538.1)).183 En el año 2002, este concepto se modificó en el contexto de una reforma exhaustiva de la legislación procesal civil:184 Ahora, la parte que apela solo puede basarse en nuevos hechos y pruebas si hay un buen motivo para no haberlos planteado ante el tribunal regional (artículo 531). Sin embargo, los hechos no impugnados no se pueden rechazar nunca por haberse presentado tarde. De acuerdo con esta reforma, es importante garantizar que los hechos y las pruebas se presenten en el tribunal de primera instancia, aunque posiblemente no sean importantes para la decisión en ese momento (por ejemplo, con arreglo a un determinado criterio en la interpretación de las reivindicaciones).
5.9.1.1 Requisitos y particularidades de la apelación
La apelación debe interponerse en el plazo de un mes a partir de la notificación de la sentencia completa del tribunal regional a la parte vencida o apelante (artículo 517). Este es un plazo establecido por ley que no se puede prorrogar. La apelación se presenta mediante un escrito de recurso ante el tribunal de apelación (artículo 519.1). El apelante185 debe “presentar los datos de la apelación” (sustanciando el fundamento de la apelación), que se deben presentar en un plazo de dos meses desde la notificación de la resolución (artículo 520.2). Sin el consentimiento del recurrido, el juez que preside el tribunal puede prorrogar ese plazo un mes como máximo.186 La medida en la que se impugna la sentencia debe establecerse en la pormenorización de la apelación, así como una petición específica (pretensión) sobre cómo debe modificarse la sentencia. Si el apelante solo ha perdido en parte, la sentencia puede impugnarse únicamente en la medida en que las pretensiones del apelante hayan sido desestimadas por el tribunal inferior. En tal caso, ambas partes pueden recurrir la resolución.
5.9.1.2 Apelación por adhesión
Si una sola parte presenta una apelación a tiempo, la otra parte, es decir, la apelada (“demandado en la apelación”), puede presentar una apelación por adhesión (artículo 524). Dicha apelación se debe presentar dentro del plazo del apelado para contestar a la apelación (“escrito de contestación a la apelación”; véase artículo 524.2). Este plazo es importante para el demandante que venció ante el tribunal regional y desea ampliar las pretensiones en la apelación (“modificación de la demanda presentada” en apelación; véase artículo 533, porque esto solo es posible mediante la adhesión a la apelación, ya que requiere modificar las solicitudes que confirmó el tribunal inferior. Estas situaciones pueden surgir, por ejemplo, si se debe agregar otra patente a la patente controvertida inicial. Dicha ampliación de la demanda mediante la introducción de otra patente en litigio (y las correspondientes pretensiones adicionales) también es posible en la apelación, incluso en ausencia del consentimiento del demandado, si sirve a la economía judicial. De hecho, incluso puede exigirse al demandante en virtud del artículo 145 de la Ley de Patentes que agregue una patente relacionada si existe una coincidencia significativa entre las características de las reivindicaciones y las características pertinentes del dispositivo acusado de infracción.187 Una apelación por adhesión solamente se puede dirigir contra el apelante y no contra un tercero. Por lo tanto, no es posible añadir a otro demandado a la acción, aunque ello sea posible en virtud de la doctrina general de modificación de la demanda (artículos 263 y 533).
5.9.1.3 Proceso de apelación
La estructura del procedimiento ante el tribunal de apelación es similar a la del procedimiento ante el tribunal inferior (artículo 525). Por lo tanto, suele haber otro escrito de réplica y dúplica y una única vista final, a menos que sea necesaria la práctica de pruebas. Con respecto a la obtención de pruebas, los tribunales de apelación generalmente son más propensos que los tribunales inferiores a obtener prueba pericial en cuestiones complejas. La estructura de la vista también es similar. A diferencia de la práctica en los tribunales regionales, los tribunales de apelación normalmente dictan sentencia en el día de la vista. Aunque es posible devolver la causa al tribunal inferior, esta es la excepción y está limitada a determinados casos en los que el tribunal inferior solamente dictó sentencia sobre la admisibilidad o en las que el procedimiento ante el tribunal de primera instancia tuvo a una irregularidad material (artículo 538.2). La regla general es que el tribunal de apelación resuelve “sobre la cuestión como tal”, es decir, toma una decisión completa sobre el fondo de la causa (artículo 538.1). Esta resolución puede ser una sentencia que desestime la apelación o que la confirme y modifique la sentencia sobre la base de las peticiones (pretensiones) específicas del apelante. También puede desestimar parcialmente o confirmar la apelación de esa manera. Sin embargo, no es necesario que la resolución sea una sentencia. También puede ser una orden de prueba o una orden de suspensión del procedimiento a la espera de una acción de nulidad. El tribunal de apelación generalmente ejerce su facultad discrecional de suspender el procedimiento a la espera de la acción de nulidad u oposición contra la patente del mismo modo que el tribunal de primera instancia.
Sin embargo, si el demandante prevaleció ante el tribunal regional (de modo que el demandante es el demandado en la apelación y, por lo tanto, dispone de una medida cautelar ejecutiva), el tribunal de apelación debería rebajar los criterios para suspender la causa.188 La diferencia en este planteamiento se vuelve clara cuando se centra la atención en las consecuencias de ejecutar una medida cautelar que posteriormente se revoca. Si una decisión de primera instancia que concede una medida permanente es revocada por una sentencia de apelación, el demandante es responsable de los daños y perjuicios que el demandado sufrió por la ejecución de la sentencia (artículo 717.2). Este no es el caso de la ejecución de cualquier medida concedida o confirmada por una sentencia de apelación. La obligación del demandante de reembolsar al demandado en estos casos solamente viene determinada por las normas de enriquecimiento injusto, no las de daños y perjuicios (artículo 717.3).
5.9.1.4 Peticiones de suspensión provisional de la ejecución de medidas cautelares pendientes de apelación
Las peticiones de suspensión provisional de la ejecución de las medidas cautelares se han vuelto muy importantes en la práctica en asuntos de infracción de patente. Las medidas cautelares son una reparación de pleno derecho, por lo que el tribunal de primera instancia (incluso en virtud de la ley recientemente modificada), una vez que se ha determinado la infracción, no dispone de una discrecionalidad general para ordenar medidas cautelares. Por lo tanto, las medidas cautelares todavía son la norma. No obstante, el demandado puede, al presentar el escrito de apelación, dirigirse al tribunal de apelación solicitando que suspenda provisionalmente la ejecución de la medida cautelar (a la espera de la apelación; véase el artículo 719.1). Este recurso lo han utilizado con frecuencia los demandados en asuntos de infracción de patente. Aunque en un principio estas resoluciones provisionales eran absolutamente excepcionales, en el último decenio los tribunales de apelación se han mostrado más propensos a intervenir. Para ello es necesario determinar que, sobre la base de un análisis prima facie, existen perspectivas suficientes para el recurso.189 Además, requiere equilibrar la equidad de la cuestión para ponderar los intereses del demandante de ordenar al demandado frente al daño irreversible que puede infligirse al demandado al ejecutar la medida cautelar. Por lo tanto, las auténticas consideraciones de equidad que normalmente se tienen en cuenta en el sistema angloamericano cuando se toma la decisión de conceder o no la medida cautelar pueden tener cabida en el sistema alemán en relación con dicha petición de suspensión presentada ante el tribunal de apelación. Sin embargo, se debe tener en cuenta que, sin perjuicio de la mayor concientización y sensibilidad de los tribunales de apelación a este respecto, estas resoluciones provisionales todavía son la clara excepción. El interés del demandante en ejecutar la medida cautelar suele pesar más que el del demandado, que está protegido por la caución de garantía que el demandante tuvo que depositar para que la sentencia fuera ejecutable en espera de la apelación.
5.9.2 Nueva apelación sobre cuestiones de Derecho (casación)
Se puede presentar un recurso de casación (“revisión”) contra una sentencia dictada por el tribunal de apelación sobre cuestiones de hecho y de Derecho en un procedimiento sobre el fondo. En los procedimientos preliminares no se admite una apelación ulterior sobre cuestiones de Derecho.
Puede interponerse un recurso de casación ante el FCJ, que tiene su sede en Karlsruhe. El FCJ es el más alto tribunal alemán en materia de jurisdicción civil y penal, incluidas las cuestiones de infracción de patentes. La función del FCJ como tribunal de casación es garantizar la aplicación uniforme de la ley, aclarar puntos fundamentales de esta y desarrollarla.
En los procedimientos de recurso de casación sobre cuestiones de Derecho, incluidos aquellos en materia de infracción de patente, no se realizará ninguna investigación de los hechos. En cambio, el FCJ se limitará a revisar la evaluación jurídica de una causa por parte de los tribunales inferiores. Los hechos establecidos por estos tribunales son vinculantes para el FCJ, a menos que dichas conclusiones se vean afectadas por un error procesal del tribunal inferior indicado en la declaración de motivos de la apelación.
A la luz del sistema de doble vía en los procedimientos judiciales en materia de patentes en Alemania, como se ha explicado, cabe destacar que, aunque el FCJ también es el tribunal superior de Alemania en los procedimientos de nulidad de patentes, su función en estos procedimientos concretos no es excepcionalmente la de un tribunal de casación, sino más bien la de un tribunal de apelación. Por consiguiente, contra una sentencia del FPC, se puede presentar un recurso de apelación (“Berufung”) ante el FCJ, no un recurso ulterior sobre cuestiones de Derecho (“revisión”). Además, en los procedimientos de apelación, a diferencia del recurso de casación, se pueden comprobar los hechos de forma limitada (recurso de novo limitado), como se explica con más detalle a continuación.
5.9.2.1 Admisión y motivos de admisión de un recurso ulterior sobre cuestiones de Derecho
La interposición de un recurso ulterior sobre cuestiones de Derecho requiere admisión. El recurso de casación puede ser admitido por el tribunal de apelación o por el FCJ en caso de impugnación de la denegación de dicho recurso por el tribunal de apelación. La admisión o la autorización solamente pueden concederse si se afirma un motivo de admisión. Los motivos de admisión son los siguientes:
- 1. que la cuestión jurídica sea de importancia fundamental; o
- 2. el desarrollo ulterior de la ley o el interés por garantizar una resolución uniforme exigen que el tribunal que conoce del recurso se pronuncie sobre las cuestiones de Derecho.190
Una cuestión jurídica es de fundamental importancia cuando se puede esperar que surja en varias causas y, por lo tanto, está relacionada con el interés abstracto de la aplicación uniforme de la ley. De conformidad con la jurisprudencia del Tribunal Constitucional Federal, las infracciones de un derecho procesal fundamental, en particular, las infracciones sobre el derecho a ser oído (artículo 103.1 de la Ley Fundamental), aunque solo se planteen en una única causa, se consideran de fundamental importancia y, por ende, un fundamento de admisión.191
El desarrollo ulterior de la ley es motivo de preocupación cuando, en vista de los avances generales (por ejemplo, técnicos), hay razones para proporcionar principios rectores para la interpretación de la ley. El interés en garantizar una resolución judicial uniforme requiere una decisión del FCJ cuando los tribunales de apelación discrepan en la interpretación de la ley o cuando un tribunal de apelación se desvía de la interpretación de la ley decidida por el FCJ de forma sintomática.192
Para armonizar las interpretaciones irreconciliables de las reivindicaciones de patentes en procedimientos paralelos de infracción y de nulidad, el FCJ decidió en 2010 que también se da un motivo de admisión cuando el FCJ ha basado su decisión en un procedimiento de recurso de nulidad en una interpretación de la reivindicación de la patente que se apartaba, en un punto relevante para la decisión en un procedimiento paralelo de infracción de patentes, de la interpretación en la que el tribunal de apelación había basado su sentencia y que fue impugnada en una reclamación contra la denegación de autorización para interponer un nuevo recurso sobre cuestiones de Derecho.193
5.9.2.2 Reclamación contra la denegación de autorización del tribunal de apelación
El tribunal de apelación siempre debe decidir si se debe otorgar una autorización para una apelación sobre las cuestiones de Derecho. Si la decisión es negativa, la parte perjudicada por la decisión puede presentar una reclamación, siempre que el valor del efecto adverso ascienda a más de 20 000 euros (artículo 544.2), lo que suele ser el caso en las controversias por infracción de patente. La parte contraria tendrá la oportunidad de ser oída por escrito. La reclamación suspende la firmeza y obligatoriedad de la sentencia. El FCJ decidirá sobre la reclamación mediante auto. En la mayoría de los casos, no se dan motivos. Si se rechaza la reclamación, la sentencia pasa a ser firme y vinculante. Si la reclamación prospera, el procedimiento continuará como recurso de casación. La reclamación también puede prosperar parcialmente y denegarse en parte.
Cuando una acción de nulidad de la patente declarada infractora por el tribunal de apelación sigue pendiente ante el FPC o, tras la apelación, ante el FCJ, el FCJ en el procedimiento sobre la reclamación contra la denegación de la autorización del tribunal de apelación puede decidir suspender el procedimiento hasta que se haya dictado una resolución definitiva en el procedimiento de nulidad, siempre que exista un riesgo de resoluciones irreconciliables en los procedimientos paralelos de infracción y de nulidad.194 Esto tiene importancia en las dos situaciones siguientes.
En primer lugar, el tribunal de apelación considera que se infringió una patente y deniega la autorización. No obstante, más tarde, el FPC o el FCJ anulan la patente en su totalidad o en las partes relevantes para la decisión del tribunal de apelación sobre la infracción. Si el demandado en la causa de infracción presenta una demanda contra la denegación de la autorización del tribunal de apelación y el FCJ suspende el procedimiento, este podría continuar tras la decisión definitiva en el procedimiento de nulidad. Si se anula la totalidad de la patente en la resolución definitiva, desaparece la base para el tribunal de apelación (de que se ha infringido la patente) y el demandante normalmente retira la acción de infracción. Si no es así, proseguirá el procedimiento de casación, se anulará la resolución del tribunal de apelación y el FCJ desestimará la acción por infracción. Si la patente se ha anulado parcialmente en la resolución definitiva, el procedimiento también continuará y el caso se remitirá al tribunal de apelación si es necesario realizar más comprobaciones para decidir sobre la infracción. Ahora bien, aun cuando el demandado en el procedimiento por infracción de patente no hubiera interpuesto recurso contra la denegación de la autorización del tribunal de apelación, podrá interponer un recurso de repetición (“Restitutionsklage”) con arreglo al artículo 580.6) en el plazo de un mes a partir del día en que el demandado tuvo conocimiento de la sentencia firme por la que se había anulado la patente.195
En segundo lugar, el tribunal de apelación considera que una patente se ha infringido después de haber hecho una interpretación amplia de la patente y denegado la autorización. Con posterioridad, el FCJ desestima la acción de declaración de nulidad de la patente sobre la base de una interpretación de la reivindicación de la patente que se desvía del entendimiento del tribunal de apelación de manera pertinente para la decisión en el litigio de infracción (por ejemplo, mediante la interpretación restrictiva de la patente). Si el demandado en la causa por infracción presenta una reclamación contra la denegación de la autorización por parte del tribunal de apelación, y el FCJ suspende el procedimiento, el procedimiento puede continuar después de que se haya dictado la decisión definitiva en el procedimiento de nulidad con el fin de conciliar la interpretación de la reivindicación en la causa por infracción con la interpretación de la reivindicación en la causa de nulidad.196 Sin embargo, a diferencia del primer supuesto, la interposición de una acción de repetición (“Restitutionsklage”) no sería posible cuando no existiera motivo para la repetición (“Restitutionsgrund”).
5.9.2.3 Requisitos para un recurso de casación
Al igual que el recurso de apelación, el recurso de casación debe presentarse en el plazo de un mes a partir de la notificación de la resolución completa del tribunal regional a la parte perdedora o apelante (artículo 548). Este es un plazo establecido por ley que no se puede prorrogar. La apelación se presenta mediante la presentación de un escrito de recurso ante el FCJ (artículo 549.1). El apelante debe proporcionar los pormenores de la pretensión que la fundamenten en el plazo de dos meses desde la notificación de la decisión (artículo 551.2).
El recurso ulterior sobre cuestiones de Derecho solamente puede estar basado en una aplicación errónea del Derecho por la resolución impugnada (artículo 545). Este es el caso cuando una norma jurídica no se ha aplicado o no se ha aplicado de manera adecuada (artículo 546). En los casos concretos enumerados en el artículo 547 (por ejemplo, la composición del tribunal no cumplía con la ley o hubo una infracción de las normas respecto de la admisión del público a la vista oral), debe presumirse irrefutablemente que la resolución se ha basado en una aplicación errónea de la ley.
5.9.2.4 Procedimiento y resolución
La estructura del procedimiento ante el FCJ tiene muchas similitudes con el procedimiento ante los tribunales inferiores (artículo 555). Sin embargo, normalmente solo hay una ronda de alegaciones (razonamiento del recurso y razonamiento de la defensa), ya que el tribunal solo evaluará los alegatos de las partes que se desprenden de la sentencia de apelación o del acta de la sesión del tribunal. Además, con respecto a una aplicación errónea del Derecho procesal, el FCJ solo tendrá en cuenta los hechos que se ofrecieron para demostrar estas irregularidades. Como ya se ha mencionado, no se llevará a cabo ninguna investigación de los hechos y el tribunal solamente revisará la evaluación jurídica de la causa por parte de los tribunales inferiores.
La causa es juzgada por un tribunal de cinco jueces con formación jurídica. Muchos de ellos han adquirido experiencia en procedimientos judiciales en materia de patentes como jueces en los tribunales inferiores. Al inicio de la vista, el presidente del tribunal resume los hechos y proporciona una evaluación preliminar de la causa con base en las deliberaciones previas del tribunal. A esto lo siguen las alegaciones de los representantes de las partes. Los jueces pueden y suelen hacer preguntas a los representantes. Una vista típica en una causa por infracción de patente dura entre una y dos horas. Después de la vista y posiblemente también de otras vistas en diferentes causas que se programaron el mismo día, el tribunal volverá a deliberar y normalmente decidirá en el mismo día, pero expondrá los motivos con posterioridad.
La decisión depende de la evaluación del recurso ulterior sobre cuestiones de Derecho. El FCJ desestimará el recurso de casación cuando el razonamiento de la sentencia del tribunal de apelación no contenga un error de Derecho o cuando contenga un error de Derecho, pero esté basada correctamente en otros fundamentos (artículo 561). La sentencia del tribunal de apelación se dejará sin efecto en la medida en que el recurso de casación esté justificado (artículo 562) y se remitirá el asunto al tribunal de apelación que, una vez más, debe conocer y decidir sobre él (artículo 563.1) quedando vinculado a la valoración jurídica del FCJ en la medida en que la revocación de la sentencia de apelación está basada en ella (artículo 563.2). El FCJ decidirá y no remitirá el asunto si la decisión del tribunal de apelación debe anularse porque el recurso ulterior sobre cuestiones de Derecho estaba justificado, pero el asunto está listo para una resolución definitiva basada en los hechos establecidos por el tribunal de apelación.
Zivilprozessreformgesetz (Ley de Reforma Procesal Civil), 27 de julio de 2001, BGBl. I 1887.
En algunas traducciones, también se hace referencia a este como el “demandante en la apelación”.
BGH (FCJ), 25 de enero de 2011, X ZR 69/08 (Raffvorhang).
OLG Karlsruhe (Tribunal Regional Superior de Karlsruhe), 11 de febrero de 2015, 6 U 160/13; OLG Düsseldorf (Tribunal Regional Superior de Düsseldorf), 21 de diciembre de 2006, I-2 U 58/05.
OLG Karlsruhe (Tribunal Regional Superior de Karlsruhe), 9 de abril de 2015, 6 U 168/14; OLG Düsseldorf (Tribunal Regional Superior de Düsseldorf), 1 de julio de 2009, I-2 U 51/08.
BVerfGE (Tribunal Constitucional Federal), 30 de abril de 2000, 1 PBvU 1/02.
BGH (FCJ), 29 de mayo de 2002, V ZB 11/02; BGH (FCJ) 1 de octubre de 2002, XI ZR 71/02.
BGH (FCJ), 29 de junio de 2010, X ZR 193/03 (Crimpwerkzeug III).
BGH (FCJ), 6 de abril de 2004, X ZR 272/02 (Druckmaschinen-Temperierungssystem); BGH (FCJ), 28 de septiembre de 2011, X ZR 68/10 (Klimaschrank).
BGH (FCJ), 29 de julio de 2010, Xa ZR 118/09 (Bordako); BGH (FCJ), 17 de abril de 2021, X ZR 55/09 (Tintenpatrone III). El primer asunto se refiere a la protección de una obtención vegetal y el segundo, a la revocación de una patente europea por una sala de recursos del CPE.
Crimpwerkzeug III, X ZR 193/03; BGH (FCJ), 14 de diciembre de 2010, X ZR 193/03 (Crimpwerkzeug IV).