Guía internacional para jueces sobre la administración judicial de litigios relativos a patentes

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9.6.9 Documentos técnicos y declaraciones sobre conocimientos generales comunes aceptados

9.6.9.1 Documentos técnicos

En relación con todo lo que no sea la tecnología o materia más sencilla, el tribunal normalmente ordena a las partes en la CMC que presenten un documento técnico acordado entre ellas. Este documento está concebido como una presentación de la tecnología al juez de sala y contiene información básica no controvertida sobre la tecnología objeto de la controversia. Las partes suelen señalar cuáles son los aspectos del documento técnico sobre los que hay consenso en que pertenecen a los conocimientos generales comunes de la persona experta en la materia en la fecha pertinente.

El documento técnico se genera con la suficiente antelación para que las partes preparen la prueba pericial de manera que los peritos no repitan innecesariamente el mismo contenido en sus dictámenes, puesto que ya está contenido en el documento técnico. Por lo general, la parte demandante redacta un primer borrador del documento técnico y, a partir de esta versión, la parte demandada proporciona comentarios y añade o suprime contenido, antes de que las partes lleguen a un acuerdo sobre el contenido del documento definitivo. Las partes a menudo cuentan con la ayuda de sus peritos para preparar el documento técnico.

9.6.9.2 Declaraciones sobre conocimientos generales comunes aceptados

Recientemente, en la práctica del Tribunal de Patentes se ha ido dejando de exigir los documentos técnicos para pasar a pedir las denominadas “declaraciones sobre conocimientos generales comunes aceptados”. En ellas se establecen los aspectos de los conocimientos generales comunes respecto de los que las partes (o, normalmente, sus respectivos peritos) están de acuerdo. En consecuencia, se tiende a elaborar las declaraciones sobre conocimientos generales comunes aceptados después de que las partes hayan intercambiado las pruebas periciales.

Una vez que las partes han llegado a un acuerdo sobre el contenido de la declaración, por lo general las partes la presentan ante el juez al mismo tiempo que el esquema de los argumentos que se tratarán en el juicio (véase la sección 9.6.13.2.1). En esta etapa, las partes también deben presentar una lista convenida de los conocimientos generales comunes controvertidos, que sirve para indicar los ámbitos de dichos conocimientos respecto de los que las partes discrepan y que el juez deberá resolver. El juez puede pedir a las partes que revisen esta lista después del juicio para reflejar las cuestiones que han quedado fuera de la causa.