Servicios de P.I.
Protección por patente a escala internacional – Sistema del Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT)
El Sistema del PCT permite a los inventores y solicitantes solicitar simultáneamente en un gran número de países la protección por patente de una invención mediante la presentación de una única solicitud internacional y en una única oficina de patentes. Gracias a la presentación y tramitación de solicitudes de patente a través del PCT:
- se pone el mundo al alcance de todos;
- se aplazan los principales costos relacionados con la protección internacional por patente;
- se proporciona información valiosa sobre la posible patentabilidad de la invención;
- los trámites son fáciles y seguros haciendo uso del programa de presentación electrónica de la OMPI.
Registro internacional de marcas (Sistema de Madrid)
El Sistema de Madrid ofrece a los propietarios de marcas la posibilidad de proteger las marcas en varios países presentando una única solicitud en una oficina nacional o regional de marcas. El registro internacional de marcas por medio del Sistema de Madrid:
- elimina la necesidad de presentar varias solicitudes en distintas oficinas;
- abarca más de 80 países de todo el mundo;
- facilita la gestión de la marca, ya que se pueden inscribir cambios o renovaciones por medio de un único trámite administrativo.
Registro de dibujos y modelos industriales (Sistema de La Haya)
El Sistema de La Haya permite a los solicitantes registrar dibujos y modelos industriales en varios países reduciendo al mínimo las formalidades y los gastos. Al elegir el Sistema de La Haya para proteger los dibujos y modelos industriales a escala internacional:
- se elimina la necesidad de presentar varios registros en distintas oficinas;
- se permite a los solicitantes registrar hasta 100 dibujos o modelos industriales mediante un único formulario;
- se facilita la gestión de los dibujos y modelos registrados, ya que se pueden inscribir cambios o renovaciones por medio de un único trámite administrativo.
Registro internacional de denominaciones de origen (Sistema de Lisboa)
El Sistema de Lisboa facilita la protección internacional de las denominaciones de origen mediante un único trámite de registro. El Sistema de Lisboa:
- elimina la necesidad de presentar varios registros en distintas oficinas;
- abarca más de dos docenas de países de África, Asia, Europa y América Latina.
Solución alternativa de controversias
El Centro de Arbitraje y Mediación de la OMPI constituye la instancia principal de solución de controversias en materia de P.I. al margen de los tribunales. El Centro ofrece procedimientos especializados de arbitraje, mediación y determinación de expertos para solucionar controversias comerciales internacionales entre particulares. Los procedimientos del Centro son una solución eficaz y más económica que los procedimientos judiciales para solucionar controversias y pueden tener lugar en cualquier país, en cualquier idioma y con arreglo a cualquier legislación.
Solución de controversias en materia de nombres de dominio
El Centro de Arbitraje y Mediación de la OMPI es reconocido internacionalmente como el principal proveedor de servicios de solución de controversias para demandas relacionadas con el registro y uso abusivos de nombres de dominio de Internet, actos conocidos corrientemente como “ciberocupación”. El procedimiento de solución de controversias, aplicable a todos los dominios internacionales y a un número cada vez mayor de dominios a nivel superior correspondientes a códigos de países, se lleva a cabo en forma electrónica y concluye con resoluciones que se ejecutan en el plazo de dos meses.
Clasificaciones internacionales
Tanto a nivel nacional como internacional, al solicitar la protección de la P.I. es necesario determinar si las creaciones son nuevas o si pertenecen a otra persona o han sido reivindicadas por otros. Para ello es necesario examinar enormes cantidades de información. Los sistemas de clasificación internacional facilitan las búsquedas de ese tipo al organizar en grupos la información existente sobre invenciones, marcas y dibujos o modelos industriales, a fin de facilitar la gestión y la consulta.
Protección de los emblemas de Estado (artículo 6ter)
La protección de los emblemas de Estado y de las denominaciones y siglas de las organizaciones no gubernamentales se rige por el artículo 6ter del Convenio de París, administrado por la OMPI.


