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La empresa editorial y la economía digital

Junio de 2016

Por José Borghino, Secretario General, y Ben Steward, Director de Comunicaciones y Libertad de Publicación de la Unión Internacional de Editores (IPA)

Las editoriales pueden educar, entretener e informar, marcar nuestra visión del mundo, beneficiar nuestra carrera profesional y nuestra reputación o arruinarlas. Con el modelo empresarial adecuado, pueden además generar ingresos dando a conocer la obra de autores y creadores con talento en el momento, el lugar y al precio adecuados.

La tecnología digital, con sus nuevos y atractivos formatos, ha ampliado considerablemente la difusión de libros y revistas, permitiendo que las editoriales aumenten su número de lectores, con independencia del lugar en que se encuentren y del momento que elijan para ponerse a leer.

Un elemento esencial de esta empresa mundial es el derecho de autor.

El derecho de autor: la fuerza motriz de un ecosistema editorial floreciente

Se ha llegado a afirmar que, cuando se trata de la oferta digital de obras protegidas, el derecho de autor es un sistema "imperfecto". Los defensores de este argumento buscan en realidad socavar el derecho de autor mediante excepciones y limitaciones cada vez más amplias, tanto a escala nacional como a través de tratados internacionales. De hecho, serán las grandes empresas de tecnología, cuya fortuna depende en gran medida de su capacidad para alojar y divulgar las creaciones de otras personas, las que se beneficien de las excepciones y limitaciones para el uso digital de obras protegidas por derecho de autor. Quienes trabajan a diario en este sector – autores, creadores y editores – saben que el derecho de autor es flexible, sólido y adaptable. Constituye al mismo tiempo la base y el motor de un ecosistema mundial, diverso y próspero de palabras, imágenes, sonidos e ideas que impregnan todas las facetas de nuestra vida.

Sin embargo, a pesar de su omnipresencia y su ubicuidad, este ecosistema es tan vulnerable a los actos orquestados por piratas y beneficiarios parásitos como a las consecuencias no deseadas de medidas adoptadas por ciertas instituciones con la mejor de las intenciones.

Lo que no se debe hacer: las conclusiones aleccionadoras del Canadá

Es el caso de la modificación introducida hace poco en la legislación canadiense, más concretamente en la Ley de modernización del derecho de autor de 2012. Dicha enmienda amplió las excepciones relacionadas con las prácticas comerciales leales en el Canadá, dando luz verde a la reproducción, la distribución y otros usos no autorizados de obras protegidas por derecho de autor que se realicen con "fines educativos". Sin embargo, un estudio publicado recientemente por PricewaterhouseCoopers (PwC) concluía que esta medida se va a traducir en una caída de los ingresos que perciben los escritores, autores e ilustradores canadienses, y terminará ahuyentando a las personas empleadas en este sector y suprimiendo puestos de trabajo. PwC prevé además que la falta de retribución adecuada para los autores y los editores que se dedican a la producción de material educativo provocará “la práctica desaparición de nuevos contenidos dirigidos a las escuelas del país”, así como “una merma de la competencia, una menor diversidad de contenidos y un aumento de los precios de todo aquello que se produzca”.

Las consecuencias de esta modificación aparentemente menor nos alertan sobre los daños que puede ocasionar cualquier intento por deshacer las leyes vigentes en materia de derecho de autor. Esta medida ha tenido ya efectos devastadores en las editoriales especializadas en contenidos educativos: la división educativa de Oxford University Press Canada se ha visto obligada a cerrar sus puertas; Nelson se declaró en quiebra; McGraw Hill Ryerson, Pearson y Wiley han reducido considerablemente sus operaciones en el Canadá; y varias empresas canadienses de menor tamaño están haciendo recortes de personal o echando el cierre. La idea de que las filiales de empresas extranjeras podrían pasar de producir contenidos originales a nivel local a convertirse en meros distribuidores de material importado está cobrando cada vez más aceptación en el país.

Pero lo que más preocupa a los legisladores canadienses es la posibilidad de que un aumento de las excepciones al derecho de autor en este sector repercuta negativamente en el rendimiento escolar a nivel nacional.

Una competencia sana para garantizar recursos de alta calidad

La Unión Internacional de Editores, a través de su reconocido Foro de Editores de libros de texto, ha afirmado que los autores y editores responsables de producir contenidos relevantes y amenos a nivel local son el verdadero motor de cualquier sistema educativo eficaz. Una vez definidos los programas de estudios por parte de los gobiernos, es la sana competencia entre las editoriales locales e internacionales la que garantiza la disponibilidad de recursos de alta calidad, mejorados continuamente gracias a las aportaciones de los profesores y al rigor editorial. Profesores y estudiantes se benefician de este círculo virtuoso cuyo eje central es el derecho de autor, un mecanismo justo y sencillo que permite a los creadores de contenidos obtener ingresos y a los editores invertir con confianza.

La IPA sigue coordinando las iniciativas del sector creativo de la OMPI para impedir que la experiencia canadiense se repita en otras partes del mundo. Para lograr su objetivo, ha invitado a personalidades destacadas del mundo editorial a Ginebra para que expliquen cómo la innovación digital, al aumentar la disponibilidad y accesibilidad de materiales educativos y otro tipo de publicaciones, contribuye a ampliar la oferta dirigida a los lectores.

Apostar por la promesa de la era digital

A veces se acusa injustamente a las editoriales de ser reacias al progreso, cuando a menudo sucede todo lo contrario: son las primeras en lanzarse y adoptar lo último en innovación inteligente, y aprovechan al máximo las oportunidades y la promesa de progreso que les ofrece la era digital. Al igual que los autores a quienes prestan servicios, los editores desean que sus obras sean accesibles a todo el mundo, es decir, que estén disponibles y se puedan leer desde cualquier plataforma.

Las empresas editoriales invierten en productos ingeniosos, experimentales y arriesgados para luego introducirlos en el mercado. Ejemplos de ello son:

  • Las editoriales especializadas en el sector educativo ponen libros de texto y publicaciones académicas a disposición de las escuelas y las universidades en formato impreso y digital. En Francia llevan haciéndolo desde 2008, y en la actualidad pueden adquirirse más de 2.000 libros de texto a través de una amplia gama de licencias. Se han creado además plataformas y portales digitales como Canal Numérique des Savoirs, Kiosque Numérique de l’Éducation y WizWiz, que ofrecen a profesores y padres la posibilidad de consultar, solicitar, descargar y utilizar estos recursos.
  • Los TigerBooks son libros electrónicos para niños enriquecidos digitalmente con gráficos animados, efectos visuales, juegos y mucho más. TigerBooks es un producto de la editorial Verlag Friedrich Oetinger. Suya también es “Tiger Create”, una herramienta con la que otras casas editoriales pueden crear sus propios TigerBooks.
  • Las editoriales que trabajan con la comunidad académica y profesional (en el ámbito de las ciencias, la técnica y la medicina, las ciencias sociales y las humanidades, y el derecho) están comprometidas a facilitar el acceso y la localización de los estudios que publican. Entre sus iniciativas destacan el Identificador de Objeto Digital (DOI) para artículos científicos y ORCID, un identificador digital para investigadores. Además, promueven FundRef, un servicio ofrecido por CrossRef que permite localizar la fuente de financiación que ha dado lugar a la publicación de los trabajos de investigación. Asimismo, fomentan el uso de Kudos, un servicio basado en la Web que ayuda a investigadores, instituciones y patrocinadores a potenciar al máximo la visibilidad y la repercusión de sus artículos.
  • Gracias a Lectory, las escuelas pueden proporcionar a sus alumnos una experiencia social de la lectura. Al comprar sus libros a las empresas editoriales afiliadas, los estudiantes obtienen acceso a una biblioteca en línea que pone a su alcance tanto libros electrónicos como definiciones de palabras y les ofrece la posibilidad de publicar comentarios y formular preguntas.
  • En febrero de 2016, las editoriales Bloomsbury, Hardie Grant y Quadrille lanzaron al mercado Cooked, un sitio web de suscripción de recetas culinarias, el primero de este tipo en el Reino Unido. Sus usuarios pueden consultar el texto íntegro de los libros de cocina y descubrir nuevas recetas realizando búsquedas por tipo de gastronomía, autor o título, para a continuación crear sus propias colecciones de recetas.
  • La editorial india Juggernaut está desarrollando una aplicación (llamada Juggernaut) que pretende conectar a consumidores, autores y editores del país a través de la reseñas de libros publicadas por los lectores y facilitar la interacción entres éstos y los autores.

Las editoriales destinan grandes cantidades de dinero a innovar no sólo en el ámbito de la tecnología, sino también en la base de competencias necesarias para diseñar, crear y mantener nuevos recursos, portales y mecanismos de prestación de servicios digitales. Añaden un valor considerable al trabajo creativo inicial y a su difusión en los mercados y sectores del mundo entero.

Sin embargo, sea cual sea la materia en que se especialicen (comercial, educativa, profesional o académica), una legislación sólida y estable en materia de derecho de autor es un requisito previo fundamental para que las editoriales puedan invertir y reinvertir en obras a menudo originales e innovadoras.

La libertad de publicación

La Unión Internacional de Editores cree que los autores y los editores deberían poder vivir de sus habilidades y su talento, libres de cualquier interferencia. En este sentido, los dos pilares ideológicos sobre los que se asienta esta organización, a saber, el respeto del derecho de autor y la libertad de publicación, son inextricables. El vínculo existente entre un régimen estricto de derechos de autor y la libertad de expresión es evidente sobre todo en aquellos países cuyos gobiernos obligan a autores y editores a depender de los patrocinadores limitando el derecho de autor, la clave para su independencia financiera. Con demasiada frecuencia, allí donde los detractores del gobierno se niegan a ser silenciados, se restringe la libertad de publicación y se coarta la libertad de expresión de periodistas, blogueros y usuarios de las redes sociales.

Por otra parte, para amenazar a periodistas, escritores y editores, suelen esgrimirse leyes de formulación imprecisa que tipifican como delitos la provocación, la difamación y la calumnia, generando de este modo un clima de miedo que conduce a la autocensura.

La tecnología digital ofrece infinitas oportunidades para progresar. Gracias a ella, cualquiera que lo desee puede publicar contenidos. Este cambio no sólo abre las puertas a la posibilidad de introducir una novela, un poema o la propia historia familiar en un mercado mundial virtual y ver qué pasa, sino que además facilita la circulación de información esencial para nuestra seguridad y nuestro bienestar pese a los límites impuestos por la censura gubernamental.

Algunos gobiernos, cada vez más nerviosos ante la aparición de esta nueva libertad digital, han endurecido su respuesta a este fenómeno. No obstante, la IPA está plenamente convencida de que, en la era digital más que nunca, los escritores, editores y creadores de contenidos necesitan y merecen el apoyo y la protección que brindan unas garantías más amplias de la libertad de publicación y unas leyes sólidas en materia de derecho de autor.

El propósito de OMPI Revista es fomentar los conocimientos del público respecto de la propiedad intelectual y la labor que realiza la OMPI, y no constituye un documento oficial de la Organización. Las denominaciones empleadas en esta publicación y la forma en que aparecen presentados los datos que contiene no entrañan, de parte de la OMPI, juicio alguno sobre la condición jurídica de ninguno de los países, territorios o zonas citados o de sus autoridades, ni respecto de la delimitación de sus fronteras o límites. La presente publicación no refleja el punto de vista de los Estados miembros ni el de la Secretaría de la OMPI. Cualquier mención de empresas o productos concretos no implica en ningún caso que la OMPI los apruebe o recomiende con respecto a otros de naturaleza similar que no se mencionen.