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Abaratar y facilitar el registro de los diseños industriales

Situación actual

Distintos negociadores de los 186 miembros de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) están trabajando, junto con los órganos observadores acreditados, en el proyecto de un tratado internacional que tiene por objeto mejorar la situación de los diseñadores que tratan de obtener protección de sus diseños, al simplificar y armonizar algunas normas de presentación de solicitudes de registro de diseños industriales, que actualmente varían enormemente de un país a otro.

La labor que se lleva a cabo en el Comité Permanente de la OMPI sobre el Derecho de Marcas, Diseños Industriales e Indicaciones Geográficas (SCT) está encaminada a establecer normas y procedimientos comunes para la presentación de solicitudes de registro de diseños industriales en países de todo el mundo. Este proceso podría dar lugar, en última instancia, a una conferencia diplomática.

En el proyecto de tratado se están debatiendo nueve mejoras principales, que van desde los modos de representar o ilustrar un diseño industrial en una solicitud a simplificar la elaboración y presentación de documentos jurídicos.

Los delegados están examinando además asuntos relacionados con la aplicación del nuevo tratado, entre los que se incluye la prestación de asistencia técnica y el fortalecimiento de capacidades, por ejemplo, aportando formación y ayuda en el establecimiento de la infraestructura técnica necesaria en los países en desarrollo y los países menos adelantados que tendrán que introducir cambios en virtud del nuevo tratado.

La finalidad del proyecto de tratado es facilitar y abaratar a los propietarios de un diseño industrial los trámites para proteger su trabajo en todo el mundo, al codificar las diversas prácticas de registro establecidas entre los posibles signatarios.

Antecedentes

Un diseño industrial es el aspecto ornamental o estético de un artículo. El diseño puede consistir en características tridimensionales, como la forma o la superficie de un artículo, o en características bidimensionales, como la configuración, las líneas o el color.

Los diseños industriales se aplican a gran variedad de productos de la industria y la artesanía: desde instrumentos técnicos y médicos hasta artículos de relojería y joyería; desde electrodomésticos y aparatos eléctricos hasta vehículos y estructuras arquitectónicas; desde diseños textiles hasta artículos recreativos.

Muchos de los productos icónicos en todo el mundo son también un buen ejemplo de artículos cuyo “aspecto” puede protegerse: el teléfono móvil iPhone Inc. de Apple; las sillas de Charles & Ray Eames; el Beetle del Grupo Volkswagen.

El diseño industrial hace que un producto sea más atractivo y llamativo, lo que aumenta su valor comercial y sus posibilidades de venta. La protección de los diseños industriales contribuye a incrementar el rendimiento del capital invertido. Un sistema de protección eficaz también beneficia a los consumidores y al público en general, pues fomenta la competencia leal y las prácticas comerciales honestas.

Además, la protección de los diseños industriales contribuye a fomentar el desarrollo económico, alentando la creatividad en los sectores industriales y manufactureros, y contribuye asimismo a la expansión de la actividad comercial y al fomento de la exportación de productos nacionales.

El diseño industrial tiene un carácter esencialmente estético y no guarda relación con las características técnicas de un artículo. En la mayoría de las leyes nacionales, para recibir protección un diseño industrial debe ser nuevo y original. La novedad o la originalidad se determinan comparando la solicitud del diseño en cuestión con las de otros productos o diseños protegidos ya existentes.

El Sistema de La Haya para el Registro Internacional de Dibujos y Modelos Industriales, que administra la OMPI, ofrece un mecanismo para registrar diseños industriales en los países y las organizaciones intergubernamentales que sean miembros del Arreglo de La Haya, actualmente constituido por 60 Partes Contratantes.

Mediante dicho sistema, los propietarios de un diseño industrial pueden obtener protección en varios países presentando una única solicitud en la Oficina Internacional de la OMPI, redactada en un solo idioma y por la que se abonará una serie de tasas en una única divisa (francos suizos). El registro internacional tiene el mismo efecto en cada uno de los países designados que el de un diseño industrial registrado directamente en cada una de las oficinas nacionales, salvo en el caso de que la oficina competente de uno de los países deniegue la protección.

El Sistema de La Haya simplifica la gestión del registro de un diseño industrial, al permitir inscribir cambios ulteriores o renovar el registro mediante un único trámite en la Oficina Internacional de la OMPI.

Si bien la OMPI facilita un único sistema de presentación de solicitudes entre 60 Partes Contratantes, las disposiciones que regulan la presentación de solicitudes de los 186 países miembros de la OMPI son muy diferentes, y el objeto del nuevo tratado es armonizar muchas de ellas. Las disposiciones internacionales de presentación de solicitudes de patente y de registro de marca se contemplan en tratados similares administrados por la OMPI.

Proceso ulterior

Las negociaciones se están celebrando bajo los auspicios del SCT.

En el curso de las Asambleas de los Estados miembros de la OMPI, quincuagésima primera serie de reuniones, la Asamblea General de la OMPI ponderará y examinará el texto y los avances logrados y decidirá sobre la convocación de una conferencia diplomática para la adopción, en 2014, de un Tratado sobre el Derecho de los diseños industriales.

A continuación se exponen esquemáticamente algunos de los temas que se están examinando:

  1. Elegir cómo representar o ilustrar un diseño industrial. Los solicitantes podrán elegir cómo ilustrar o representar un diseño industrial: mediante dibujos, fotografías y otros medios visuales (por ejemplo, diseño por computadora) o una combinación de medios.
  2. Reducir el número requerido de copias de cada ilustración para presentar una solicitud. Los solicitantes no tendrán que incluir más de tres copias de cada ilustración o representación para presentar una solicitud (o una sola copia en el caso de la presentación electrónica de solicitudes).
  3. Registrar un conjunto de diseños industriales similares en una única solicitud. Se podrán registrar diversos diseños industriales similares mediante una única solicitud, en lugar de registrar cada uno de los diseños mediante distintas solicitudes. Se establecerán salvaguardias para asegurar que la fecha original de presentación de solicitudes esté protegida en caso de que alguno de los diseños industriales no se acepte.
  4. Obtener una fecha de presentación segura a partir de la cual el diseño industrial esté protegido. Será más fácil obtener una fecha de presentación segura para la protección del diseño industrial. Para ello, solo habrá que facilitar en la solicitud los datos del solicitante, incluir una ilustración del diseño industrial y, en algunos casos, abonar una tasa.
  5. Registrar un diseño industrial seis meses después de su divulgación pública. Se podrá registrar un diseño industrial seis meses después de que el nuevo diseño haya sido puesto a disposición del público.

    O, como opción alternativa:
  6. Registrar un diseño industrial 12 meses después de su divulgación pública. Se podrá registrar un diseño industrial doce meses después de que el nuevo diseño haya sido puesto a disposición del público.
  7. Mantener en secreto el diseño industrial durante seis meses tras haber presentado una solicitud. Se podrá mantener en secreto un diseño industrial durante al menos seis meses tras haber presentado la solicitud.
  8. Normalización de la información necesaria para presentar una solicitud de registro (o efectuar cambios en el registro del diseño). Se normalizará a escala internacional la información necesaria para presentar una nueva solicitud de registro de diseño industrial.
  9. Simplificar los procedimientos para presentar documentos válidos jurídicamente en otro país. Se simplificarán los requisitos para elaborar y firmar documentos jurídicos.