Estados miembros

La orientación estratégica, el presupuesto y las actividades de la OMPI son determinados por los Estados miembros, que se reúnen en asambleas, comités y otros órganos decisorios.

A continuación se encuentra la lista de los 184 Estados miembros que forman parte de la Organización actualmente, y las condiciones de admisión.

Haga clic en un Estado miembro para ver en cuáles tratados de la OMPI es parte contratante, qué tipo de legislación posee sobre propiedad intelectual, la información de contacto de las oficinas de P.I., e informaciones generales del país:

Afganistán Albania Alemania
Andorra Angola Antigua y Barbuda
Arabia Saudita Argelia Argentina
Armenia Australia Austria
Azerbaiyán Bahamas Bahrein
Bangladesh Barbados Belarús
Bélgica Belice Benin
Bhután Bolivia (Estado Plurinacional de) Bosnia y Herzegovina
Botswana Brasil Brunei Darussalam
Bulgaria Burkina Faso Burundi
Cabo Verde Camboya Camerún
Canadá Chad Chile
China Chipre Colombia
Comoras Congo Costa Rica
Côte d'Ivoire Croacia Cuba
Dinamarca Djibouti Dominica
Ecuador Egipto El Salvador
Emiratos Arabes Unidos Eritrea Eslovaquia
Eslovenia España Estados Unidos de América
Estonia Etiopía Federación de Rusia
Fiji Filipinas Finlandia
Francia Gabón Gambia
Georgia Ghana Granada
Grecia Guatemala Guinea
Guinea Ecuatorial Guinea-Bissau Guyana
Haití Honduras Hungría
India Indonesia Irán (República Islámica del)
Iraq Irlanda Islandia
Israel Italia Jamahiriya Árabe Libia
Jamaica Japón Jordania
Kazajstán Kenya Kirguistán
Kuwait la ex República Yugoslava de Macedonia Lesotho
Letonia Líbano Liberia
Liechtenstein Lituania Luxemburgo
Madagascar Malasia Malawi
Maldivas Malí Malta
Marruecos Mauricio Mauritania
México Mónaco Mongolia
Montenegro Mozambique Myanmar
Namibia Nepal Nicaragua
Níger Nigeria Noruega
Nueva Zelandia Omán Países Bajos
Pakistán Panamá Papua Nueva Guinea
Paraguay Perú Polonia
Portugal Qatar Reino Unido
República Árabe Siria República Centroafricana República Checa
República de Corea República de Moldova República Democrática del Congo
República Democrática Popular Lao República Dominicana República Popular Democrática de Corea
República Unida de Tanzanía Rumania Rwanda
Saint Kitts y Nevis Samoa San Marino
San Vicente y las Granadinas Santa Lucía Santa Sede
Santo Tomé y Príncipe Senegal Serbia
Seychelles Sierra Leona Singapur
Somalia Sri Lanka Sudáfrica
Sudán Suecia Suiza
Suriname Swazilandia Tailandia
Tayikistán Togo Tonga
Trinidad y Tobago Túnez Turkmenistán
Turquía Ucrania Uganda
Uruguay Uzbekistán Venezuela (República Bolivariana de)
Viet Nam Yemen Zambia
Zimbabwe    

 

Condiciones y procedimiento de admisión

Para convertirse en miembro de la OMPI, un Estado debe depositar un instrumento de ratificación o de adhesión en poder del Director General de la Organización, en Ginebra.

El Convenio que establece la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (el Convenio de la OMPI) estipula que puede ser miembro de la Organización:

i) cualquier Estado miembro de la Unión de París para la Protección de la Propiedad Industrial o de la Unión de Berna para la Protección de las Obras Artísticas y Literarias;
ii) cualquier Estado miembro de las Naciones Unidas o de cualquiera de sus organismos especializados, o del Organismo Internacional de Energía Atómica, o que sea parte en el Estatuto de la Corte Internacional de Justicia; y
iii) todo Estado invitado por la Asamblea General de la OMPI a convertirse en Estado miembro de la Organización.

Miembros y observadores

Enlaces