Código de país / territorio |
.ES |
Nombre del país / territorio |
España |
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Política aplicable a la controversia |
Variante de la UDRPDiferencias relevantes entre la UDRP y la Política .ESMientras que la UDRP se limita a la protección de los derechos de marca, bajo la política .ES un demandante debe tener “Derechos Previos”, que se definen en la Política .ES como:
Resulta suficiente con probar el registro o uso del nombre de dominio de mala fe por parte del demandante, mientras que en la UDRP el demandante debe probar ambos Tribunales de Madrid, España Español Los casos son resueltos por un único experto El Demandante deberá presentar tres copias impresas y/o en formato electrónico de la Demanda y una copia de la misma ante Red.es. |
Documentos modelo de la OMPI |
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Baremo de tasas |
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Expertos de la OMPI |
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Entidad registradora |
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Acuerdo de registro |
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Criterio de elegibilidad |
El registro de nombres de dominio .ES no está restringido en el segundo nivel y en el tercer nivel para nombres de dominio bajo “.com.es”. Algunas restricciones se aplican a nombres de dominio de tercer nivel como “.nom.es”, “.edu.es”, y “.gob.es” |
Caracteres compatibles |
Los nombres de dominio .ES son compatibles con caracteres ASCII e IDN |
Decisiones |
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