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Transferencia tecnológica y desarrollo

Septiembre de 2006

Dale a un hombre un pescado y se alimentará un día.
Dale a un hombre una red de pesca y se alimentarán él y su familia mientras dure la red.
Ayuda a un hombre a desarrollar los conocimientos y los medios necesarios para mejorar la red de pesca y diseñar y fabricar nuevas redes, y podrán alimentarse él y su comunidad durante años.
Versión moderna de un antiguo proverbio
 

Aunque la transferencia tecnológica es un tema muy debatido, su definición es muy diferente dependiendo del contexto. El presente artículo se centra en la transferencia tecnológica en las universidades e instituciones de investigación y describe el enfoque práctico de la OMPI con relación a la transferencia de tecnología en el contexto de la labor de la Organización de fomento del uso estratégico de la propiedad intelectual en aras del desarrollo económico.

Para la mayoría de las universidades y centros de investigación, la transferencia tecnológica se define, según la Association of University Technology Managers (AUTM), como el proceso de transferir de una organización a otra los descubrimientos científicos, con el fin de promover el desarrollo y la comercialización. Esta transferencia se lleva a cabo por lo general a través de la firma de acuerdos (o contratos) de concesión de licencias entre las universidades y las empresas privadas o entidades comerciales de capital público.

En los acuerdos de licencia, la universidad o el centro de investigación concede permiso (licencia) para utilizar la propiedad intelectual de una tecnología de nueva creación a un licenciatario del sector privado o a una "empresa derivada" a cambio de regalías u otro tipo de retribuciones. Los derechos de propiedad intelectual permiten a las universidades ser titulares de los resultados de sus investigaciones y controlar el uso de los mismos, y, por tanto, en este sentido, son el fundamento de la transferencia de tecnología.

Las universidades reciben un caudal de ingresos por estas transferencias tecnológicas que, según el estudio anual de concesión de licencias de la AUTM, asciende a más de mil millones de dólares estadounidenses anuales solamente en lo que se refiere a las instituciones estadounidenses. Durante los últimos años, se ha presenciado una rápida expansión en el número de oficinas de transferencia tecnológica establecidas por universidades con vistas a canalizar este proceso. En algunos casos, la transferencia tecnológica es recíproca, y el centro de investigación y el licenciatario intercambian y desarrollan tecnologías en colaboración.

El contexto multilateral

En 2003, había más de 80 instrumentos internacionales que contenían disposiciones sobre transferencia de tecnología,1 y esta cifra va en aumento.

En el contexto de las Naciones Unidas y de otros acuerdos multilaterales, la transferencia de tecnología se ha considerado con frecuencia como un proceso de "adquisición" mediante el cual los países en desarrollo tratan de tener acceso a productos y conocimientos técnicos importados del mundo desarrollado. Con frecuencia, no se aborda la idea de conceder licencias sobre activos intangibles como la propiedad intelectual, así como tampoco las posibilidades que brinda el intercambio recíproco. Sin embargo, este activo intangible, como el diseño de la red de pesca del proverbio mencionado al principio, puede ser decisivo para la sostenibilidad.

Ahora bien, esta perspectiva unidireccional de la "mera recepción" de la transferencia tecnológica está cambiando. Puesto que los países en desarrollo están introduciendo sistemas para estimular la innovación y estrategias de propiedad intelectual con vistas a dar apoyo a sus actividades de investigación, con frecuencia combinando investigaciones nuevas con conocimientos tradicionales, este enfoque está complementándose con un nuevo punto de vista del crecimiento basado en el desarrollo, en el que en la propiedad intelectual cumple un cometido fundamental.

 
Normalización de políticas de propiedad intelectual en las universidades malayas
El Gobierno de Malasia ha ordenado que la totalidad de las 17 universidades públicas establezcan una unidad de investigación, desarrollo y comercialización. El cometido de estas unidades es gestionar la asignación de fondos destinados a I+D y a la solicitud de patentes sobre los resultados de las actividades de I+D. Las universidades dispondrán de un procedimiento normalizado con relación a la titularidad de los resultados de la investigación y a la participación en los beneficios de la comercialización de tales resultados. Normalmente, se dividirán al 50 por ciento entre la Universidad y los investigadores y, en el caso de algunas universidades, el investigador recibirá hasta un 75 por ciento de los beneficios.

 

Atención a la negociación satisfactoria de licencias tecnológicas

La OMPI viene elaborando materiales para uso de los Estados miembros sobre la aplicación práctica de la transferencia de tecnología desde 1979, cuando la Organización publicó su primera guía pormenorizada sobre la negociación de licencias. Desde el año 2000 hasta el día de hoy, la OMPI, a petición de sus Estados miembros, ha centrado su labor en materia de transferencia tecnológica en programas concebidos para ayudar a los países en desarrollo a crear capacidad en la creación de activos de propiedad intelectual y en la negociación de licencias tecnológicas.

El taller de la OMPI sobre negociación de licencias tecnológicas se ha celebrado en el Brasil, el Camerún, Colombia, la India, Indonesia, Jordania, Malasia, el Senegal, Serbia, Singapur y Zimbabwe. Asimismo, este año tendrán lugar sesiones de formación en Túnez y en Ghana.

La sostenibilidad y el seguimiento son elementos fundamentales del curso sobre negociación de licencias tecnológicas. Los Estados miembros participantes reciben una carpeta de formación sobre la negociación de licencias tecnológicas (disponible en francés, español, inglés, portugués y serbio), que contiene un conjunto de materiales que permite a cada país reproducir y mejorar el programa de formación. Así, por ejemplo, el Brasil ya ha formado a 20 formadores con el fin de que puedan impartir el curso sin intervención de la OMPI.

La carpeta contiene un manual, presentaciones, casos hipotéticos de simulación, una guía de procedimiento, formularios de instrucción y formularios de prueba. Las situaciones se basan en casos hipotéticos pero realistas de investigadores de países en desarrollo: el caso del anansi atañe a los conocimientos tradicionales y las tecnologías farmacéuticas; el del Ziggurat se centra en la informática; el de la nanolina se basa en la biotecnología y la nanotecnología; y el de la turbina inteligente, en las energías renovables.

Los participantes dedican los dos primeros días a recibir formación por parte de especialistas en licencias y técnicas de negociación, tras la cual utilizan los "juegos" de simulación para poner en práctica sus recién adquiridas habilidades.

El seguimiento del programa de formación sobre negociación de licencias tecnológicas incluirá una red basada en Internet que estará en funcionamiento a finales de 2006. La OMPI colabora estrechamente con la Licensing Executives Society (LES) International, así como con las secciones locales de la LES en el Brasil, la Comunidad Andina, Malasia y Sudáfrica, con el fin de dar apoyo local al seguimiento y la continuidad.

Diversidad de programas

Los cursos ofrecidos por la Academia Mundial de la OMPI también comprenden sesiones sobre transferencia de tecnología, y la OMPI imparte varios talleres y seminarios de interés para instituciones de investigación, a menudo en colaboración con pequeñas y medianas empresas. Este abanico de programas de formación sobre transferencia tecnológica se completa con otros programas nuevos, todos los cuales sitúan la transferencia tecnológica en el contexto del fomento y la explotación de las innovaciones. Estos programas prevén la asistencia a las universidades de países en desarrollo que deseen establecer marcos políticos en materia de propiedad intelectual (véase la entrevista con el profesor Ogada de la Universidad Moi en las páginas 12 a 14); formación en redacción de solicitudes de patente para rellenar las lagunas de competencias esenciales; y estudios, como los encargados por la OMPI en siete países asiáticos, para ayudar a analizar el modo en que las cuestiones relativas a la transferencia de tecnología y a las alianzas entre la Universidad y la industria pueden abordarse en la práctica de forma satisfactoria.

Un enfoque práctico

Cada vez un mayor número de Estados miembros están solicitando programas que faciliten la transferencia de tecnología. La labor de la OMPI en esta área se basa en el planteamiento práctico de utilizar la propiedad intelectual en aras del desarrollo económico, lo que requiere financiación, proyectos piloto y creación de capacidades para poder convertirse en realidad. Además, la OMPI está empeñada en colaborar con otros organismos de las Naciones Unidas cuyos mandatos comprenden elementos relacionados con la transferencia tecnológica, como la UNESCO, la UNCTAD y la ONUDI, a fin de optimizar la eficacia de esos programas.

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1. Compendium of International Arrangements on Transfer of Technology UNCTAD/ITE/IPC/Misc.5 (2003).

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Para más información sobre el programa de negociación de licencias tecnológicas de la OMPI, la formulación de políticas de propiedad intelectual y otros programas de formación relacionados con la transferencia de tecnología, véase https://www.wipo.int/ipstrategies/es/ o póngase en contacto con la División de Propiedad Intelectual y Nuevas Tecnologías.

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El propósito de OMPI Revista es fomentar los conocimientos del público respecto de la propiedad intelectual y la labor que realiza la OMPI, y no constituye un documento oficial de la Organización. Las denominaciones empleadas en esta publicación y la forma en que aparecen presentados los datos que contiene no entrañan, de parte de la OMPI, juicio alguno sobre la condición jurídica de ninguno de los países, territorios o zonas citados o de sus autoridades, ni respecto de la delimitación de sus fronteras o límites. La presente publicación no refleja el punto de vista de los Estados miembros ni el de la Secretaría de la OMPI. Cualquier mención de empresas o productos concretos no implica en ningún caso que la OMPI los apruebe o recomiende con respecto a otros de naturaleza similar que no se mencionen.