La República de Corea ingresa al sistema de registro internacional de marcas
Ginebra, 7 de febrero de 2003
Actualidades UPD/2003/186
La Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) acogió con beneplácito la adhesión de la República de Corea al Protocolo concerniente al Arreglo de Madrid relativo al Registro Internacional de Marcas. El Protocolo de Madrid, que entrará en vigor en la República de Corea el 10 de abril de 2003, es un sistema de registro internacional de marcas que facilita la protección de una marca en varios países. La adhesión de la República de Corea al Protocolo eleva el número de países participantes a 57.
El Protocolo de Madrid ofrece a los titulares de marcas un procedimiento más rentable y eficaz de protección de sus marcas en los demás países parte en el Protocolo, ya que los registros deseados se logran presentando una solicitud única ante la OMPI. La adhesión de la República de Corea es benéfica tanto para los titulares de marcas coreanos como para los ciudadanos de los demás países parte en el Protocolo de Madrid. A partir del 10 de abril de 2003, fecha en que el Protocolo de Madrid entrará en vigor en la República de Corea, los titulares de marcas de los demás Estados parte en el Protocolo podrán incluir a la República de Corea en sus registros internacionales. Además, los usuarios de la República de Corea podrán designar a los demás Estados miembros en sus registros y obtener así protección para sus marcas en dichos Estados.
Un registro internacional efectuado en el marco del Sistema de Madrid produce el mismo efecto que una solicitud de registro de la marca presentada en cada uno de los países designados por el solicitante. Si la oficina de marcas de un país designado no deniega la protección en un plazo determinado (12 ó 18 meses), la marca queda protegida como si se hubiera registrado en esa oficina. El Sistema de Madrid también simplifica en gran medida la gestión de la marca, puesto que ofrece la posibilidad de registrar los cambios posteriores (tales como un cambio de titularidad o un cambio de nombre o dirección del titular) o renovar el registro mediante un trámite único y de fácil utilización, efectuado ante la OMPI. Posteriormente, se pueden designar países adicionales.
Las marcas, que son signos distintivos que identifican ciertos productos o servicios producidos o suministrados por una persona o empresa específica, tienen una gran importancia económica. En efecto, una marca registrada protege al titular de la marca garantizándole el derecho exclusivo de utilizarla para identificar sus productos o servicios, o para autorizar a un tercero, generalmente mediante una licencia o franquicia, a que la utilice pagando cierto importe.
Para más información, diríjase a la Sección de la OMPI de Relaciones con los Medios de Comunicación y el Público: tel.: + 41 22 338 8161 ó 338 95 47; fax: +41 22 338 88 10; correo-e: publicinf@wipo.int.