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El Comité permanente se centra en las medidas para mejorar la armonización de la aplicación del derecho de marcas

Ginebra, 16 de noviembre de 1999
Actualidades UPD/1999/74

Expertos en derecho de marcas se reunieron en la Sede de la OMPI del 8 al 12 de noviembre de 1999 para tratar una serie de temas relacionados con la simplificación y la armonización del derecho marcario internacional. La tercera sesión del Comité Permanente sobre el Derecho de Marcas, Dibujos y Modelos Industriales e Indicaciones Geográficas (SCT) se inició con el debate de las nuevas medidas para resolver los problemas jurídicos relacionados con la utilización de marcas y signos en Internet. Las deliberaciones se centraron también en la concesión de licencias de marcas, las indicaciones geográficas y las denominaciones comunes internacionales para sustancias farmacéuticas (DCI). Asistieron a la reunión, de una semana de duración, delegaciones de 83 Estados miembros, así como 13 organizaciones no gubernamentales (ONG) y tres organizaciones intergubernamentales.

Utilización de marcas y signos en Internet

Las cuestiones relacionadas con la utilización de marcas y signos en Internet son producto de la naturaleza territorial de los derechos de propiedad intelectual, así como del alcance mundial y de la naturaleza sin fronteras de Internet que se traduce en un acto único que surte efecto simultáneamente en prácticamente todas las jurisdicciones del mundo. Dichos problemas incluyen la definición de las circunstancias en las que la utilización de un signo en Internet infringe los derechos de marcas y los efectos mundiales de los mandatos judiciales en materia de marcas.

Como una primera fase para tratar los problemas jurídicos relacionados con la utilización de marcas y signos y la aplicación del derecho marcario tradicional en Internet, el SCT elaboró una lista de principios generales. Estos principios reconocen que la protección de las marcas debe aplicarse a Internet y que la coexistencia de las marcas debe ser posible en el "ciberespacio" en virtud de las legislaciones pertinentes de cada Estado miembro. Los principios servirán de base para futuros debates que determinarán la manera en que las normas existentes pueden aplicarse a la protección de las marcas en Internet y la medida en que es conveniente un nuevo enfoque armonizado en el plano internacional. El proyecto de disposiciones, que redactará la Secretaría de la OMPI en base a las deliberaciones del Comité Permanente, será presentado al SCT en su próxima sesión de marzo de 2000.

Además, se tomaron en cuenta medidas prácticas para permitir la coexistencia de derechos en conflicto en Internet. Dada la naturaleza territorial de los derechos de marcas, la titularidad de marcas idénticas o similares pueden ser detentada en distintos países por titulares diferentes sin relación alguna entre sí. En el "ciberespacio", esto puede ocasionar un "conflicto de derechos" debido al carácter sin fronteras de Internet, en el que un signo es visible en las pantallas de las computadoras en el mundo entero.

Licencias de marcas

También se llevaron a cabo importantes progresos en el ámbito de las licencias de marcas. El SCT trató una serie de proyectos de disposiciones con respecto a la cuestión de las licencias de marcas, destinadas a simplificar y armonizar aspectos formales del registro de licencias para la utilización de marcas. El registro de una licencia es un procedimiento administrativo relacionado con el registro de una marca y está vinculado estrechamente con el contenido del Tratado sobre el Derecho de Marcas (TLT). El TLT fue adoptado en 1994 y tiene como objetivo hacer que los sistemas nacionales y regionales de marcas sean más fáciles de usar gracias a unos procedimientos más eficientes. El TLT establece los requisitos máximos con respecto a las solicitudes de registro y las peticiones de inscripción de ciertas cuestiones relacionadas con las solicitudes de registro.

Indicaciones geográficas

Los miembros del SCT dieron luz verde a la Secretaría de la OMPI para que preparase un estudio relativo a las posibles soluciones en materia de conflictos entre marcas e indicaciones geográficas e indicaciones geográficas homónimas. Dichos conflictos surgen cuando diferentes partes utilizan comercialmente un signo que tiene una connotación geográfica, por lo que una parte la utiliza como marca y la otra parte como indicación geográfica, y los productos que llevan ese signo son vendidos por ambas partes en el mismo mercado. Los conflictos entre indicaciones geográficas homónimas ocurren cuando un nombre geográfico que existe en varios países se utiliza para indicar el origen de un producto. Como resultado, la misma clase de productos con la misma indicación geográfica puede ser puesta a la venta, aunque el origen real de los productos sea diferente. Se espera que dicho estudio sea presentado al SCT para que lo examine en su quinta sesión.

Denominaciones comunes internacionales para sustancias farmacéuticas

Respecto a la cuestión de las marcas y las denominaciones comunes internacionales para sustancias farmacéuticas (DCI), el SCT consideró los resultados de una encuesta enviada a los Estados miembros de la OMPI, que recogía información sobre la manera en que las oficinas de marcas tratan las solicitudes de registro de marcas que podrían estar en conflicto con las DCI. Las DCI identifican una sustancia farmacéutica o un ingrediente farmacéutico activo con una sola denominación que es reconocida mundialmente y es de dominio público. El sistema de las DCI funciona desde 1953 y tiene por objetivo proporcionar a los profesionales de la salud una denominación única y universal para identificar cada sustancia farmacéutica. La razón por la que se trata de asegurar que no se reivindiquen derechos de propiedad, incluyendo las marcas, en las DCI, es proteger la seguridad de los pacientes permitiéndoles identificar una sustancia farmacéutica específica en virtud de una única denominación disponible mundialmente.

Sobre la base de los resultados de la encuesta, se acordó que la OMPI colaboraría, a nivel técnico, con la OMS para identificar los medios técnicos que permiten que la información en materia de DCI esté disponible electrónicamente para los Estados miembros de la OMPI que la soliciten. La mejora del acceso a dicha información garantizará que las DCI no serán objeto de utilización o apropiación indebidas mediante el registro de marcas.

Los Estados miembros de la OMPI crearon el SCT en marzo de 1998 para ayudar a establecer prioridades, coordinar y hacer más eficiente la labor en curso en la Organización con respecto al desarrollo progresivo del derecho internacional de marcas, dibujos y modelos industriales e indicaciones geográficas.

La próxima sesión del SCT se celebrará del 27 al 31 de marzo de 2000.

Para mayor información, rogamos se ponga en contacto con el Sr. Denis Croze (marcas en Internet, concesión de licencias de marcas) o con el Sr. Marcus Höpperger (indicaciones geográficas, DCI), de la División del Derecho de la Propiedad Industrial:

  • Tel.: (+41 22) 338 94 64 y (+41 22) 338 96 05
  • Fax: (+41 22) 338 88 30
  • Correo-e: indprop@wipo.int