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Transformación de la propiedad intelectual en Rwanda

Agosto de 2010

Fotos: Minicom
Fotos: Minicom

En los últimos meses, Rwanda ha realizado grandes avances hacia la creación de un moderno marco jurídico e institucional para la propiedad intelectual (P.I.) y su aplicación en apoyo de las metas nacionales de desarrollo. En el presente artículo, la Sra. Kaliza Karuretwa, Directora General del Ministerio de Industria y Comercio (MINICOM), que está a cargo de las cuestiones relacionadas con el clima de inversiones y la propiedad intelectual, examina el modo en que la nueva legislación sobre P.I. de Rwanda ayuda a impulsar y respaldar la P.I. como un medio para promover las metas nacionales de desarrollo del país.

Desde la época colonial, Rwanda ha contado con algún tipo de marco jurídico para la P.I. Tras su independencia en 1962, las patentes, las marcas y los dibujos y modelos industriales se rigieron por la Ley de 25 de febrero de 1963; el derecho de autor, por la Ley de 15 de noviembre de 1983, y la competencia desleal, por diversas disposiciones relativas a la competencia que se remontan a la época colonial. Si bien el entorno normativo y jurídico ha evolucionado y a lo largo de los años se han introducido modificaciones graduales, el esfuerzo de Rwanda por promover sus actuales metas nacionales de desarrollo puso de relieve la necesidad de revisar el sistema de P.I. del país. La promulgación de una serie de nuevas leyes en 2009 ha transformado efectivamente la situación de Rwanda en materia de propiedad intelectual, sustituyendo las leyes y disposiciones caducas por una nueva legislación que respalda las aspiraciones de Rwanda de atraer inversiones extranjeras directas, establecer una base tecnológica viable y cumplir las obligaciones contraídas en virtud de los tratados internacionales.

Un futuro “conectado”

En la estrategia de reducción de la pobreza de Rwanda se ha determinado claramente que la ciencia, la tecnología y la innovación son metas nacionales de desarrollo esenciales. El Gobierno ha hecho cuantiosas inversiones en infraestructura material e informática de tecnologías de la información (T.I.), reconociendo que: “La información es la savia del desarrollo, de la tecnología, de los productos y servicios, del Gobierno y del comercio. Información es sinónimo de valor. Por lo tanto, resulta cada vez más importante codificar la información y reconocer su valor. La propiedad intelectual define los límites dentro de los cuales la información puede poseerse en forma de creaciones e innovaciones y el modo en que puede transferirse."1

Cuando se eligen candidatos para otorgar becas gubernamentales a nivel nacional e internacional, se da prioridad a la ciencia y la tecnología. La educación y las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) constituyen prioridades fundamentales en la promoción de la estrategia nacional de desarrollo de Rwanda. Ello se refleja en la política de P.I., en que se declara que: “Para un país de bajos ingresos como Rwanda, el alcance del crecimiento a mediano y a largo plazo estará determinado por el modo en que nuestra población tenga acceso a la información y la aproveche, en que se obtenga acceso a las tecnologías del exterior adaptadas a las necesidades de nuestra economía y en que innovemos y creemos valor dentro de Rwanda. De ahí que sea vital que Rwanda cuente con un sistema de propiedad intelectual que funcione, para que las personas puedan desarrollar al máximo el valor de sus creaciones y tengan acceso a las creaciones de los demás.”

Reforma del régimen de propiedad intelectual

En los últimos tiempos, tanto los actores gubernamentales como los no gubernamentales han mostrado creciente interés en las actuales reformas nacionales de Rwanda en materia de P.I. y, en particular, en el modo en que se traducirán en beneficios tangibles para la comunidad en general. Cada vez más se reconoce que la P.I. constituye una importante herramienta para el desarrollo de Rwanda. A paso lento, pero seguro, la P.I. es vista como un medio para alcanzar un fin, y los ruandeses procuran explorar cuál sería la mejor manera de emplear una herramienta que es para ellos relativamente nueva y lo que ésta representa para ellos.

Recientemente, Rwanda ha emprendido una revisión fundamental de su marco jurídico, normativo e institucional para crear un entorno operativo más propicio para los negocios. En 2009 se aprobaron varias nuevas leyes favorables para las empresas, y algunas más se encuentran en proceso de examen en el presente año. Entre éstas figuran la nueva Ley sobre Empresas, la Ley sobre Insolvencia, la Ley sobre Operaciones Garantizadas, la Ley sobre Transacciones Electrónicas y la Ley 31/2009 sobre Propiedad Intelectual que se publicó en diciembre de 2009. El año pasado, el Parlamento también aprobó la futura adhesión de Rwanda al Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT), al Protocolo concerniente al Arreglo de Madrid relativo al Registro Internacional de Marcas y al Arreglo de La Haya relativo al registro internacional de los dibujos y modelos industriales (Ley de 1999) (Boletín Oficial N° 43 de 26 de octubre de 2009).

Campeón mundial en materia de reformas

La promulgación de tales leyes ha sido un factor importante que contribuyó a que Rwanda fuera el país que más se destacó en materia de reformas a escala mundial según la clasificación del Banco Mundial en su informe Doing Business 2010. Gracias a ello se convirtió en el primer país del África Subsahariana en recibir esa denominación. Rwanda se está convirtiendo firmemente y por sus propios medios en un lugar seguro de la subregión y el continente para las inversiones extranjeras directas.

La nueva Ley de Propiedad Intelectual reúne la legislación sustantiva en materia de patentes, derecho de autor, marcas, indicaciones geográficas, dibujos y modelos industriales, modelos de utilidad, y competencia desleal. La legislación nacional relativa a los conocimientos tradicionales y los recursos genéticos se encuentra actualmente en proceso de examen con el apoyo técnico de la OMPI y la Organización Regional Africana de la Propiedad Intelectual (ARIPO), que también prestaron asesoramiento legislativo para la elaboración del proyecto de la nueva Ley de Propiedad Intelectual.

Rwanda, que es Estado miembro de la OMPI desde febrero de 1984, se afiliará dentro de poco a la ARIPO y está interesado en aprovechar los importantes conocimientos especializados de estas dos organizaciones para acelerar su utilización de la P.I. y aumentar su rendimiento económico.

De cara al futuro

Al mismo tiempo que se promulgaba la nueva Ley de Propiedad intelectual, Rwanda comenzó a elaborar el proyecto de una política y estrategia en materia de P.I. para integrar plenamente la P.I. en sus objetivos nacionales de desarrollo. Dicha política, elaborada con el apoyo de la OMPI y la UNCTAD y aprobada por el Gabinete en marzo de 2010, sirve de guía a Rwanda en sus esfuerzos de desarrollo en materia de P.I. Reúne a todas las partes interesadas tanto del sector público como del privado y pone de relieve el importante papel de las instituciones de investigación.

El objetivo de la política es crear “un entorno en que los sectores comercial, gubernamental y cultural de Rwanda creen ideas e innovaciones que estén protegidas para garantizar una mayor prosperidad del pueblo ruandés, optimizando al mismo tiempo el uso de las tecnologías internacionales para promover el crecimiento y la productividad de toda la nación ruandesa”.

En el nuevo marco institucional de P.I., el MINICOM es responsable del marco normativo y la supervisión de la aplicación de la política en materia de P.I., y es la institución encargada de los registros de P.I. El Ministerio de Cultura es responsable de la protección de los derechos morales de los creadores, la promoción de los artistas intérpretes o ejecutantes y la prestación de servicios a éstos, así como del fomento y la protección de la cultura y el patrimonio nacionales de Rwanda.

La oficina del Registrador General, que se ha creado recientemente y depende de la Junta de Desarrollo de Rwanda, es responsable de conceder títulos de propiedad industrial, del registro de derechos de P.I. y de su publicación. Asimismo, presta servicios de información técnica sobre patentes y modelos de utilidad y sobre otros asuntos técnicos para facilitar que la industria y las instituciones de investigación evalúen, seleccionen, adquieran y asimilen las tecnologías. Ahora también se ofrece en línea el registro de P.I. con vistas a simplificar los procedimientos y fomentar una mayor utilización del sistema.

Un futuro auspicioso para los artistas

Si bien Rwanda es la cuna de numerosos músicos, poetas y escultores de talento, los artistas del país han sido con frecuencia abandonados a su suerte y carecen de autonomía financiera. No se observaba esfuerzo significativo alguno para apoyar o coordinar los servicios destinados a la comunidad artística, debido en gran medida a la falta de un marco jurídico adecuado, lo cual ha entorpecido la adopción de medidas. En consecuencia, durante muchos años, los artistas ruandeses han desempeñado un papel mínimo en el desarrollo económico del país.

Reconociendo la necesidad de dar impulso a la comunidad artística, el Gobierno garantizó que en la Ley de Propiedad Intelectual de 2009 figuraran disposiciones que apoyaran el desarrollo del sector creativo en Rwanda. El artículo 253 de dicha Ley prevé la creación de una o más sociedades de gestión colectiva. Por ende, los artistas de Rwanda pueden mirar el futuro con optimismo ahora que se ha establecido un marco para ayudarlos a ganarse la vida con su arte y contribuir al dinamismo económico y cultural del país. Al tener una visión común, el Gobierno y la comunidad artística cooperan para hacer que esta oportunidad se torne en beneficios económicos tangibles.

El MINICOM encontró socios entusiastas en la Cámara de Artesanías, Artistas y Artesanos de la Federación del Sector Privado de Rwanda (RPSF) que tenían muchos deseos de aprovechar estas oportunidades emergentes. Con motivo del Día Mundial de la Propiedad Intelectual de 2010, el MINICOM organizó, durante tres días, una serie de eventos para que el público tomara conciencia de la nueva legislación en materia de P.I. La invitada de honor, Excma. Sra. Monique Nsanzabaganwa, Ministra de Industria y Comercio, inauguró esos actos.

En una sesión aparte de dos días de formación diseñada para concitar un amplio apoyo de la comunidad artística se resaltaron las ventajas de la nueva Ley de Propiedad Intelectual y se prestó especial atención a las oportunidades derivadas del establecimiento de sociedades de gestión colectiva en virtud del artículo 253. Con el apoyo de la OMPI, Rwanda se benefició del apoyo de un especialista internacional sobre organizaciones de gestión colectiva, quien compartió sus conocimientos y puso de relieve las prácticas óptimas.

Los talleres se celebraron junto con una exhibición en que se mostró la belleza y la gran diversidad del arte ruandés.

Una nueva sociedad de gestión colectiva

En mayo de 2010, se creó la Sociedad de Autores de Rwanda (RSAU) y fue oficialmente registrada ante la Junta de Desarrollo de Rwanda. La primera sociedad de gestión colectiva de Rwanda (RSAU) está integrada por la Asociación de Músicos (INGOMA Music Association), la Asociación de Artistas de Cine (IRIZA CARD), la Asociación de Escritores (LA PLUME D’OR) e ISOKO Arts Rwanda. La RSAU se reunió por primera vez en junio de 2010 en el MINICOM y atrajo a 215 miembros (150 músicos, 45 escritores y 20 directores cinematográficos).

Si bien la RSAU ha de administrarse como entidad privada, se beneficia del apoyo y el compromiso oficiales del Gobierno.

Futuros desafíos

A pesar de los avances sustanciales observados en la creación de instituciones ruandesas relacionadas con la P.I., el país continúa enfrentándose a desafíos significativos para aplicar acertadamente su política y visión en materia de P.I. Una de las tareas fundamentales del MINICOM sigue siendo concienciar sobre la importancia de la innovación y transferencia de tecnología y el papel de la P.I. en el logro de la estrategia Vision 20202. En ese contexto, Rwanda continúa procurando establecer alianzas para subsanar las deficiencias identificadas en su evaluación de necesidades en materia de P.I. emprendida en consulta con sus partes interesadas. Uno de los desafíos clave será informar a las instituciones asociadas, tales como la Policía, los funcionarios de aduanas y el poder judicial, acerca de los conceptos básicos de P.I. y la Ley de Propiedad Intelectual. Si bien esos actores tienen otras muchas responsabilidades, limitaciones de tiempo, así como recursos insuficientes, desempeñan un papel esencial en la promoción de un mayor respeto de los derechos de P.I.

Aparte de la rápida obtención de beneficios, tales como los derivados del reforzamiento del marco nacional de derecho de autor, Rwanda procura trabajar con sus socios para el desarrollo a fin de seguir promoviendo una cultura de innovación y creatividad, fomentar la transferencia de tecnología y mejorar sus conocimientos nacionales especializados sobre recursos humanos en la administración y observancia de los derechos de P.I. No cabe duda de que la P.I. cumplirá una función esencial en el futuro de Rwanda.

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1  Política rwandesa en materia de propiedad intelectual.
VISION 2020 es una estrategia diseñada para transformar Rwanda en un país de ingresos medios para el año 2020.
 

El propósito de OMPI Revista es fomentar los conocimientos del público respecto de la propiedad intelectual y la labor que realiza la OMPI, y no constituye un documento oficial de la Organización. Las denominaciones empleadas en esta publicación y la forma en que aparecen presentados los datos que contiene no entrañan, de parte de la OMPI, juicio alguno sobre la condición jurídica de ninguno de los países, territorios o zonas citados o de sus autoridades, ni respecto de la delimitación de sus fronteras o límites. La presente publicación no refleja el punto de vista de los Estados miembros ni el de la Secretaría de la OMPI. Cualquier mención de empresas o productos concretos no implica en ningún caso que la OMPI los apruebe o recomiende con respecto a otros de naturaleza similar que no se mencionen.