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Rebaja de tasas para todos los diseñadores de los países de la OAPI

Ginebra, 29 de septiembre de 2008
PR/2008/566

Desde el 1 de enero de 2009 los diseñadores de los 16 Estados miembros de la Organización Africana de la Propiedad Intelectual (OAPI) se beneficiarán de una rebaja del 90% de las tasas instituidas por el Arreglo de La Haya relativo al registro internacional de dibujos y modelos industriales, que es un tratado internacional administrado por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) que ayuda a que los diseñadores obtengan protección para sus diseños en múltiples países. La decisión fue adoptada por los Estados miembros de la OMPI con oportunidad de las Asambleas anuales, que se encuentran reunidas en Ginebra del 22 al 30 de septiembre de 2008.

Tras la decisión adoptada en 2007 de otorgar a los solicitantes de los países menos adelantados una rebaja del 90% de las tasas establecidas, la Asamblea de la Unión de La Haya acordó la semana pasada extender ese régimen de rebaja de tasas a determinadas organizaciones intergubernamentales, siempre que la mayoría de sus Estados miembros esté compuesta por países menos adelantados. La rebaja de tasas está pensada para dar más posibilidades a los creadores de diseños de los países menos adelantados de beneficiarse del Sistema de La Haya reduciendo el costo de presentación de las solicitudes de registro de diseños.

El 16 de septiembre de 2008 entró en vigor la adhesión de la OAPI al Acta de Ginebra del Arreglo de La Haya relativo al registro internacional de dibujos y modelos industriales. De los 16 Estados que constituyen la OAPI, 12 son países menos adelantados. Esos 12 países se acogen automáticamente al régimen de rebaja de las tasas de La Haya para los países menos adelantados, del cual, en principio, quedarían excluídos los cuatro restantes miembros de la OAPI: el Camerún, el Congo, Côte d’Ivoire y el Gabón. La adhesión de la OAPI al Acta de Ginebra de 1999 significa que los nacionales de todos los Estados miembros de la OAPI tienen derecho a presentar la solicitud internacional de registro prevista en ese Acta. Con el fin de preservar el principio inspirador de uniformidad, los miembros de la Asamblea de la Unión de La Haya acordaron modificar la actual tabla de tasas prevista en el Acta de Ginebra, de 1999, del Arreglo de La Haya para que la rebaja de tasas acordada a los países menos adelantados se haga extensiva a los solicitantes de todos los Estados miembros de la OAPI, sean o no países menos adelantados. Por consiguiente, los solicitantes del Camerún, el Congo, Côte d’Ivoire y el Gabón ahora podrán beneficiarse de ese nuevo régimen, pero siempre que su solicitud internacional esté regida exclusivamente por el Acta de Ginebra de 1999. 

El registro internacional efectuado en el marco del Sistema de La Haya surte efectos en los Estados miembros que se enumeren en la solicitud de registro, quedando exceptuados aquellos que denieguen la protección dentro del plazo establecido. 

La adhesión de la OAPI al Acta de Ginebra del Arreglo de La Haya brinda a los solicitantes de los 16 países miembros de esa Organización la oportunidad de extender al extranjero la protección de sus creaciones de forma mediante un procedimiento mejorado y barato.  Además, establece una interfaz entre las actividades en materia de diseños industriales de la OMPI con las de la OAPI, permitiendo que los usuarios obtengan protección en todos los países de la OAPI, así como en los demás miembros del Acta de Ginebra del Arreglo de La Haya, presentando una única solicitud para el registro de sus diseños industriales.  Los Estados miembros de la OAPI son los siguientes:  Benin, Burkina Faso, Camerún, Chad, Congo, Côte d'Ivoire, Gabón, Guinea, Guinea-Bissau, Guinea Ecuatorial, Malí, Mauritania, Níger, República Centroafricana, Senegal y Togo. 

En virtud del Acta de Ginebra del Arreglo de La Haya, pueden adherirse al Sistema de La Haya las organizaciones intergubernamentales en cuyo territorio los diseños industriales puedan obtener protección.  La OAPI es la segunda organización intergubernamental que se adhiere a dicha Acta, después de la Comunidad Europea, que lo hizo en el pasado mes de enero. El Sistema de La Haya tiene en total 53 partes contratantes, que corresponden a 72 Estados. A su vez, el Acta de Ginebra se encuentra en vigor en 32 de dichas partes contratantes, que corresponden a 63 Estados. 

El Acta de Ginebra del Arreglo de La Haya mejora el Sistema de La Haya haciéndolo más compatible con el procedimiento de registro de diseños industriales de los países en los que la protección de los diseños industriales depende a veces de un examen más complejo para determinar la aceptabilidad de la solicitud, lo cual facilita que esos países, como los Estados Unidos y el Japón, puedan adherirse al Sistema de La Haya.

Para más información, diríjase a la División de Noticias y Medios de Comunicación de la OMPI:
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