Preguntas frecuentes: Transferencia de conocimientos en las universidades

Consideraciones y conceptos importantes

La transferencia de conocimientos es el proceso mediante el cual los resultados de investigaciones, los descubrimientos, los hallazgos científicos, la propiedad intelectual (PI), la tecnología, los datos o los conocimientos fluyen entre las diferentes partes interesadas. En su uso corriente, el término se refiere a la transferencia de dichos bienes desde las universidades y las instituciones de investigación a las empresas o las instituciones gubernamentales, lo que genera valor económico y desarrollo industrial.

  • Canales oficiales y oficiosos. La transferencia de conocimientos tiene lugar a través de canales oficiales y oficiosos. Los canales oficiales suelen estar basados en un acuerdo jurídico mediante el cual las partes establecen claramente las condiciones de la transferencia de los activos de propiedad intelectual. Los ejemplos más comunes son la cesión de licencias, las empresas emergentes y las empresas derivadas, los contratos, los proyectos de investigación, etcétera. Los canales oficiosos, por otra parte, se refieren a contactos personales y, por lo tanto, constituyen la dimensión tácita de la transferencia de conocimientos. Algunos ejemplos son la movilidad del capital humano, las publicaciones, la docencia, las interacciones en conferencias y seminarios, los intercambios informales entre investigadores o el sector académico y las empresas, los estudiantes que ingresan en el mundo laboral, etcétera.
  • Transferencia de tecnología. WSi bien el término transferencia de conocimientos se usa con frecuencia como sinónimo de transferencia de tecnología, tienen significados diferentes. La transferencia de tecnología se refiere a la transferencia de soluciones innovadoras que están protegidas por diferentes derechos de propiedad intelectual. La transferencia de conocimientos es un término más amplio que abarca otros campos de investigación, incluidas las ciencias sociales, así como mecanismos de transferencia menos formales.

La comercialización de la PI es el proceso mediante el cual las empresas crean valor económico al convertir los conocimientos, los descubrimientos y las invenciones en productos y servicios nuevos o significativamente mejorados. El proceso de comercialización puede ser diferente en cada universidad o institución de investigación, pero generalmente comprende los siguientes pasos:

  • presentación de la innovación o el descubrimiento (generalmente mediante formularios de divulgación de invenciones)
  • examen (evaluación para determinar el valor científico y comercial de los conocimientos)
  • protección (de la propiedad intelectual o de otro tipo)
  • estudio de viabilidad y plan comercial (que determina la viabilidad de la innovación o el descubrimiento), comercialización, plan de desarrollo del producto y otras consideraciones comerciales.

Los beneficios obtenidos de la comercialización de la investigación se reparten entre las diferentes partes interesadas, ya sean universidades e instituciones de investigación, inventores, departamentos de investigación, patrocinadores, el sector privado, etcétera. Muchas universidades e instituciones de investigación aplican políticas bien definidas para apoyar, alentar y facilitar la comercialización de los conocimientos y la tecnología. Pueden consistir en la creación de oficinas de transferencia de conocimientos y políticas conexas para apoyar las actividades de invención, la creación de empresas emergentes y empresas derivadas, programas para respaldar el desarrollo empresarial, incubadoras y aceleradores de empresas, parques de investigación y la participación en organizaciones y redes centradas en la comercialización de la PI.

Para obtener más información, consulte nuestro sitio web sobre políticas de propiedad intelectual para las universidades.

La valoración de la PI es el proceso mediante el cual se determinan y cuantifican los beneficios y los riesgos potenciales de un activo inmaterial. Es importante para la planificación de la actividad empresarial, las cesiones de licencias, adquisiciones, fusiones, inversiones, las empresas conjuntas y los préstamos. Las metodologías de valoración son importantes porque las instituciones de financiación suelen estar dispuestas a considerar la inversión en investigación y tecnologías innovadoras, pero carecen de la metodología para evaluar el valor de los activos de propiedad intelectual.

Se considera que la valoración de la PI es una de las cuestiones más complejas en el proceso de comercialización de la PI puesto que su naturaleza es muy inestable y subjetiva. La valoración de la PI, por lo menos en su enfoque cuantitativo, se basa en un cálculo científico, siendo en la práctica una estimación que depende de la experiencia del valorador en la esfera particular y su capacidad para realizar proyecciones técnicas, comerciales y de PI cara al futuro (excepto en litigios en los que la valoración de la pérdida de beneficios se haría sobre la base de acontecimientos del pasado e información de mercado existente). Además, el valor de un bien inmaterial depende del contexto, por lo que el mismo puede tener simultáneamente valores diferentes en distintos contextos.

Evidentemente, la valoración de la PI no se basa en un planteamiento puramente matemático, incluso cuando utiliza fórmulas. Siempre existe un elemento subjetivo en la selección de los datos pertinentes utilizados por el evaluador para realizar la proyección del beneficio potencial de un bien dado, teniendo en cuenta el riesgo de que la tecnología no prospere debido a las características técnicas del producto, o a problemas comerciales o de PI.

Por múltiples razones, comenzando por que las universidades y las instituciones de I+D suelen ocuparse de tecnologías que se encuentran en fases de desarrollo incipientes, muy lejos de su introducción y uso en los mercados, lo que hace que resulte extremadamente arriesgado realizar cualquier proyección de futuro. En esa etapa es muy difícil definir sectores de aplicación posibles y, por tanto, identificar un mercado apropiado donde explotar la tecnología. El otro obstáculo es la falta de profesionales de PI suficientemente capacitados para realizar valoraciones de PI.

Existen dos enfoques principales para valorar la PI:

  • el enfoque cualitativo, que consiste en evaluar una invención sobre la base de criterios definidos relativos a los requisitos técnicos, comerciales y de PI con el objetivo de determinar si el resultado de la investigación recomienda seguir invirtiendo y comercializando la PI. Por lo general, esto se lleva a cabo en la fase previa a la comercialización; y
  • el enfoque cuantitativo, que es el proceso mediante el cual se cuantifican el beneficio y el riesgo potenciales que puede generar el activo de PI sometido a evaluación.
  • El enfoque cuantitativo, cuyo objetivo es valorar la PI en términos monetarios, tiene asociadas diversas metodologías bien desarrolladas, entre las cuales las más utilizadas son el método de costo, el método de mercado y el método de ingreso (así como sus múltiples variaciones como, entre otras, el método de flujo de caja actualizado, el método de Monte Carlo o el método de opciones reales).

Formas de transferencia de conocimientos

Existen varios canales oficiales y oficiosos a través de los cuales pueden transferirse los conocimientos. Entre los canales oficiales más utilizados para transferir conocimientos cabe destacar los siguientes:

  • concesión de licencias,
  • cesiones de derechos,
  • contratos de colaboración,
  • acuerdos de transferencia de material,
  • contratos de investigación,
  • acuerdos de consultoría, y
  • franquicias y establecimiento de empresas derivadas y empresas emergentes.

La transferencia informal de conocimientos es cada vez más importante en el entorno académico, ya que la movilidad de investigadores y estudiantes contribuye en gran medida a la difusión de conocimientos en todo el mundo. Los conocimientos también pueden transferirse por medio de publicaciones, la docencia, conferencias, cursos, ponencias, reuniones e intercambios informales y contactos personales entre científicos, el sector académico y el sector privado.

En el contexto de los canales oficiales de transferencia de conocimientos es importante tener presente que no existe un contrato o acuerdo estándar. Algunas universidades e instituciones de investigación proponen modelos de acuerdos estándar como parte de sus políticas de PI, pero solo deben utilizarse como punto de partida, soporte o herramienta, y deben adaptarse a las circunstancias y requisitos específicos de cada caso. Es fundamental consultar a un abogado especialista en PI desde el comienzo de la negociación y, en particular, al firmar el acuerdo.

Una cesión de derechos de propiedad intelectual es la transferencia de propiedad intelectual (una patente, un modelo de utilidad, una marca registrada, derechos de autor, técnicas protegidas por el secreto comercial, etcétera) del titular (cedente) al cesionario (una persona física o jurídica) con efecto permanente.

El contrato de cesión debe identificar con precisión el bien objeto de la cesión. Por ejemplo, en el caso de invenciones patentadas, puede comprender patentes concedidas, así como solicitudes de patente provisionales, en particular solicitudes presentadas en el marco del Tratado de Cooperación en materia de Patentes o secretos comerciales destinados a permanecer como tales.

La diferencia entre la concesión de licencias y la cesión de derechos de propiedad intelectual es que cuando se concede una licencia se transfiere al licenciatario el derecho de usar temporalmente la PI, a menudo otorgando al licenciante el derecho de seguir explotando la misma PI en un sector de aplicación o territorio diferentes. Si así se acuerda, un contrato de licencia puede rescindirse y todos los derechos se transfieren de nuevo al licenciante. Por el contrario, la cesión de derechos de PI tiene carácter definitivo, como sucede en una venta de bienes materiales, por lo que el propietario anterior ya no tiene derecho alguno sobre esa propiedad.

Una licencia es el consentimiento del titular para que un tercero utilice la PI a cambio de dinero o algo de valor (por ejemplo, en el caso de las licencias cruzadas). Se convierte en una transferencia real cuando el licenciante ofrece la tecnología y los conocimientos al licenciatario y este aprende eficazmente a usarlos, adaptarlos y, de ser posible, mejorarlos.

La concesión de licencias de PI se produce en el contexto de diversas relaciones comerciales y de colaboración, como fusiones y adquisiciones, empresas conjuntas, acuerdos de colaboración en materia de investigación, acuerdos de investigación y desarrollo conjuntos, etcétera. La concesión de licencias de tecnología solo se produce cuando una de las partes es titular de bienes inmateriales valiosos en forma de propiedad intelectual y debido a dicha titularidad tiene el derecho legal de evitar que la otra parte la use.

Para obtener más información sobre la concesión de licencias, los diferentes tipos de licencias y las características específicas de las negociaciones para la concesión de licencias, consulte nuestra guía Cómo negociar licencias tecnológicas.

En las economías actuales basadas en el conocimiento, el modelo de colaboración prevaleciente en materia de PI entre las instituciones académicas y las organizaciones empresariales es la “innovación colectiva”, que se basa en acuerdos de concesión de licencias entre diversos socios participantes. Por tanto, las partes interesadas en la innovación manifiestan interés cada vez mayor por adquirir más conocimientos prácticos sobre licencias como instrumentos útiles para transferir conocimientos y derechos de PI.

Por franquicia se entiende un acuerdo comercial, por el cual la buena voluntad, la reputación, la experiencia técnica, la marca y las técnicas del franquiciador se combinan con la inversión del franquiciado con el propósito de vender bienes o prestar servicios directamente a los consumidores.

Por lo general, en el punto de venta de dichos bienes y servicios figura una marca registrada o de servicios, o un nombre comercial y el local presenta un diseño especial. El franquiciador otorga una licencia para utilizar dicha marca o nombre y también suele proporcionar conocimientos técnicos (que están protegidos por derechos de propiedad intelectual y figuran en el Manual del franquiciado) y asistencia in situ. Dicho de otro modo, en un contrato de franquicia básico, el franquiciador aporta un sistema eficaz para realizar una actividad comercial y el franquiciado desea reproducir y explotar dicho sistema utilizando el mismo nombre, por lo general en un área geográfica diferente.

Una empresa conjunta es una entidad mercantil creada por dos o más partes que combinan sus recursos con el objetivo de alcanzar un objetivo comercial común. Se caracteriza en general por que las partes comparten la propiedad, las ganancias, los riesgos y la gobernanza. Por ejemplo, una parte puede proporcionar tecnología o conocimientos y la otra parte puede proporcionar capital. Una empresa conjunta suele incluir un acuerdo de licencia que regula el uso de la información protegida por derechos de propiedad intelectual y la PI aportada por las partes a la colaboración empresarial.

Tipos de empresas conjuntas

Existen dos clases fundamentales de empresas conjuntas: las empresas conjuntas de capital social proporcional y las empresas conjuntas de carácter contractual. Las primeras se basan en un acuerdo mediante el cual se crea una entidad jurídica autónoma que sirve de vehículo para realizar un proyecto. En una empresa conjunta de carácter contractual, las partes se juntan para realizar un proyecto comercial concreto y firman un contrato que describe las condiciones de la colaboración. Las partes no establecen una persona jurídica separada para el proyecto, sino que trabajan en asociación, compartiendo las ganancias o las pérdidas del emprendimiento en las condiciones establecidas en el contrato. Para la transferencia comercial y la adquisición de tecnología en cualquiera de las dos clases de empresas conjuntas pueden utilizarse diversos medios contractuales.

Además de los contratos de licencia de uso, existen otras formas de acuerdos contractuales, como los acuerdos de colaboración (o los convenios de colaboración con fines de investigación), los acuerdos de patrocinio de investigación, los acuerdos de contratos de investigación, los acuerdos de consultoría, los acuerdos de transferencia de material y los acuerdos de no divulgación o secreto profesional.

Acuerdos de colaboración

Los acuerdos de colaboración o los acuerdos de colaboración con fines de investigación se celebran entre dos o más partes que desean cooperar para desarrollar y posiblemente comercializar una tecnología nueva. Las partes invierten sus recursos humanos, materiales y financieros, así como sus capacidades (incluidos los derechos de propiedad intelectual existentes) y competencias. Las partes definen conjuntamente los objetivos y el marco jurídico de su colaboración, incluida la titularidad de los derechos de propiedad intelectual, los derechos de acceso, la distribución de los beneficios y los riesgos, y los derechos de comercialización de los resultados de la investigación. Este tipo de acuerdo puede utilizarse en el contexto de colaboraciones de investigación académica, en particular colaboraciones con fines de investigación, así como para proyectos de investigación conjunta entre universidades y empresas, incluidos proyectos de doctorado.

Acuerdos de patrocinio de investigación

Los acuerdos de patrocinio de investigación rigen la relación entre una universidad o un centro público de investigación y un patrocinador, que puede ser un organismo gubernamental o una entidad comercial con interés en generar resultados científicos en un ámbito pertinente de su actividad. La institución de investigación y desarrollo (I+D) recibe financiación para que contribuya a la investigación a cambio de acceso preferencial o los derechos de propiedad intelectual derivados de los resultados de la investigación. A diferencia de lo que ocurre con los acuerdos de colaboración, el patrocinador no participa necesariamente en la investigación y puede que no esté interesado en la comercialización de los resultados. La universidad o la institución de I+D suele ser titular de la propiedad intelectual y los resultados y otorga una licencia (exclusiva o no exclusiva) al patrocinador.

Acuerdos para proyectos de investigación

Los acuerdos para proyectos de investigación se celebran cuando una empresa comercial “contrata” a una universidad o un centro público de investigación para llevar a cabo una investigación con fines comerciales. La empresa define los objetivos de la investigación, que no son de naturaleza académica sino comercial. El contratista cubre la totalidad de los costos de investigación y la protección de la propiedad intelectual y asume todos los riesgos de la investigación. Los resultados generalmente son titularidad de la empresa (véase el informe Recommendation on the management of intellectual property in knowledge transfer activities and Code of Practice for universities and other public research organisations, 2008), mientras que las invenciones patentadas u otros derechos de PI se transfieren de la universidad al contratista.

Acuerdos de consultoría

Los acuerdos de consultoría comprenden las consultorías de los profesores o los investigadores universitarios que ofrecen servicios especializados a un socio comercial a cambio de una retribución, en muchos casos a título personal, si así lo permite la política de la universidad. En la mayoría de los casos, los derechos de propiedad intelectual resultantes son propiedad de la empresa, mientras que el investigador tiene derechos limitados para publicar los resultados. También puede compartirse la titularidad de la PI de los resultados obtenidos, dependiendo de la política institucional de PI de la institución académica y las condiciones del acuerdo.

Acuerdos de transferencia de material

Los acuerdos de transferencia de material rigen la transferencia de bienes y materiales de investigación tangibles entre un proveedor y un destinatario que pretende utilizarlos para sus propias investigaciones. Los bienes transferidos pueden incluir materiales patentados transferidos mediante una licencia, materiales biológicos, compuestos químicos o programas informáticos. El acuerdo define los derechos y las obligaciones de las partes respecto de los materiales transferidos o derivados, los resultados de la investigación y los derechos de PI conexos.

Acuerdos de no divulgación

Los acuerdos de no divulgación o acuerdos de confidencialidad son acuerdos jurídicamente vinculantes que prohíben la divulgación o el uso de información confidencial obtenida por una parte para fines distintos a los que se especifican en el acuerdo. Suelen utilizarse antes de que se establezca una licencia de PI u otro tipo de acuerdo cuando el licenciatario desea obtener información más detallada sobre la PI o la tecnología en cuestión. Por ejemplo, en el contexto de un acuerdo de colaboración, ambas partes pueden asumir la obligación de no divulgar ni utilizar la información relativa a los derechos de PI de la otra parte.

Las empresas derivadas del ámbito universitario son compañías de nueva creación que explotan una tecnología novedosa desarrollada por una universidad o un centro público de investigación. Es frecuente que los investigadores que participan en el desarrollo de la tecnología abandonen su puesto en la universidad para trabajar en la nueva compañía. Por lo general, la universidad y la empresa derivada comparten riesgos y beneficios a través de diversas formas de acuerdos de empresas conjuntas. Las empresas derivadas suelen ser titulares o licenciatarios exclusivos de los derechos de PI de las tecnologías desarrolladas en la universidad.

Una empresa emergente es una compañía creada sobre la base de una licencia otorgada por una universidad para desarrollar una o más tecnologías. A diferencia de lo que sucede en una empresa derivada, los fundadores de una empresa emergente no están vinculados a la universidad donde se ha desarrollado la nueva tecnología y los recursos financieros de la compañía proceden de patrocinadores externos. El acuerdo celebrado entre una universidad o un centro público de investigación y una empresa emergente debe abordar diversas consideraciones clave en materia de PI, condiciones financieras, obligaciones de gestión, cuestiones relativas a conflictos de intereses, participación y apoyo del inventor vinculado a la universidad, plan empresarial o de comercialización con indicadores de desarrollo y un proyecto para el lanzamiento y la salida al mercado del producto.

Otros temas

Las oficinas de transferencia de conocimientos generalmente se encargan de gestionar la transferencia de conocimientos y tecnología a las empresas y administrar los activos de PI de la universidad, si bien su mandato puede ser más amplio y comprende cualquier interacción o relación contractual con el sector privado.

Lo ideal sería que las oficinas de transferencia de conocimientos fueran autosuficientes y, en última instancia, generaran beneficios adicionales para las universidades. Sin embargo, la experiencia demuestra que no todas logran autofinanciarse e, incluso cuando lo consiguen, generalmente requieren fondos durante varios años. En algunos países, los gobiernos apoyan la creación de estas oficinas con asistencia financiera o técnica. A menudo se solicita a las oficinas nacionales de patentes que proporcionen apoyo técnico a las oficinas de transferencia de conocimientos, especialmente en las fases iniciales.

Las oficinas de transferencia de conocimientos pueden pertenecer a la institución o estar vinculadas a la universidad o a las autoridades universitarias. Asimismo, la responsabilidad de la transferencia de conocimientos puede traspasarse a una agencia, una fundación o una empresa propiedad de una universidad independiente. Otro procedimiento, que consiste en establecer oficinas conjuntas para grupos de universidades o centros públicos de investigación de la misma región o que están especializados en ámbitos similares, ha sido aplicado por diversas instituciones tanto en países en desarrollo como países desarrollados. Una de las principales razones para establecer oficinas conjuntas es que algunas universidades por sí solas no generan suficiente trabajo que justifique la creación de una oficina especializada con recursos humanos cualificados. Los argumentos a favor de este enfoque subrayan las ventajas de adquirir una masa crítica y poder contratar a personal altamente cualificado a un costo menor para cada institución. Sin embargo, también puede argumentarse que es importante que estas oficinas estén dentro de la propia universidad para facilitar la interacción directa con los investigadores y evitar situaciones de desconfianza entre instituciones cuando la oficina es compartida.

Para obtener más información sobre las leyes y los reglamentos en materia de PI de los diferentes países, consulte la base de datos WIPO Lex.

Cada país tiene un conjunto de leyes de propiedad intelectual y otras normas, reglamentos y políticas que pueden influir en los procesos relacionados con la transferencia de conocimientos. Algunos países adoptan leyes específicas en materia de transferencia de conocimientos, tecnología, innovación o PI generados por las universidades. También pueden existir disposiciones pertinentes en la legislación sobre patentes y propiedad industrial, la legislación de marcas, los derechos de autor u otras disposiciones legislativas nacionales. Asimismo, las universidades y los centros públicos de investigación pueden tener reglamentos relacionados con la transferencia de conocimientos en sus propias políticas institucionales de PI Los tratados internacionales y los acuerdos bilaterales vigentes en un país determinado también pueden influir en los procesos de transferencia de conocimientos. Siempre es importante consultar las disposiciones pertinentes y pedir asesoramiento a un abogado especializado en PI antes de participar en cualquier actividad relacionada con la transferencia de conocimientos.

Asistencia

La OMPI ofrece una amplia gama de recursos y servicios de asesoramiento y apoyo a las universidades y los centros públicos de investigación. También promueve la gestión de derechos de propiedad intelectual y procesos de transferencia de conocimientos en los Estados miembros a través de proyectos temáticos y programas de fortalecimiento de capacidades. Asimismo, ofrece asesoramiento y asistencia a los Estados miembros sobre el marco jurídico, el análisis de políticas y la gestión de la propiedad intelectual; lleva a cabo proyectos de fortalecimiento de capacidades y publica instrumentos, manuales y material didáctico. La OMPI también realiza una gama cada vez mayor de actividades con el objetivo de apoyar el desarrollo de políticas de propiedad intelectual para las universidades y los centros públicos de investigación de todo el mundo.

La OMPI también cuenta con dos plataformas (WIPO GREEN y WIPO Re:Search) que favorecen las colaboraciones en ámbitos específicos de la transferencia de conocimientos y asociaciones con instituciones públicas y privadas para organizar foros que faciliten la intermediación entre proveedores y compradores de tecnología.

El Centro de Arbitraje y Mediación de la OMPI ofrece asesoramiento para solucionar controversias y servicios de administración de los procedimientos con el fin de ayudar a resolver controversias que surjan en los ámbitos de la investigación y el desarrollo (I+D) y la transferencia de tecnología sin recurrir a la vía judicial.

Para obtener más información, consulte nuestro sitio web Apoyo a la tecnología y a la transferencia de conocimientos..

La OMPI presta asistencia a las universidades y a las instituciones de I+D de los Estados miembros de la OMPI, a petición de sus respectivos gobiernos.

Puede solicitar asistencia relativa a la transferencia de conocimientos a los organismos nacionales establecidos en virtud de las leyes y políticas vigentes en su país en materia de transferencia de conocimientos. Uno de los principales proveedores de servicios relacionados con la PI es la oficina nacional de PI, en particular en el ámbito de la protección de los derechos de PI.

Para obtener más formación, visite nuestra página web Políticas de PI para las universidades y las instituciones de investigación. En algunos países en desarrollo, los centros de apoyo a la tecnología y la innovación (CATI) proporcionan información y prestan servicios a los inventores en el ámbito local.

Asimismo, el Programa de Asistencia a Inventores de la OMPI puede ayudar a los inventores de los países en desarrollo que disponen de escasos recursos económicos, poniéndolos en comunicación con un abogado de patentes para que reciban asistencia jurídica gratuita.

Es fundamental buscar asesoramiento jurídico profesional y consultar lo antes posible a un abogado especialista en PI de su país.

Otras preguntas

Póngase en contacto con nosotros si no encuentra la respuesta a sus preguntas en esta página o en el sitio de Transferencia de conocimientos en las universidades.

Descargo de responsabilidad: Las preguntas y respuestas que figuran en esta página tienen una finalidad meramente informativa y no constituyen un punto de referencia jurídico. No representan necesariamente la posición oficial de la OMPI ni la de sus Estados miembros.