La biotecnología se distingue por la manipulación de recursos genéticos naturales o sintéticos. Históricamente, dichos recursos se regían por la doctrina del patrimonio común de la humanidad hasta 1992, año en que el Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB) reconoció la autoridad de los Estados soberanos para regular el acceso a los recursos genéticos dentro de su territorio. No obstante, algunas categorías de recursos genéticos de especial importancia siguen estando reguladas como bienes públicos globales mediante instrumentos jurídicos especializados y sistemas de acceso y participación en los beneficios.https://www.fao.org/plant-treaty/en/
Por consiguiente, las políticas de conservación no se contraponen necesariamente a la obtención del máximo valor social de estos productos mediante su desarrollo y comercialización, sino que están concebidas para complementarse y reforzarse entre sí. Las leyes y normativas que fomentan la comercialización en este campo pueden coexistir con normativas destinadas a conservar los bienes públicos. Las prácticas responsables de patentamiento y concesión de licencias sobre las invenciones derivadas de estos materiales pueden contribuir, y probablemente lo harán, al crecimiento económico y a la conservación en los países ricos en biodiversidad. Cada país puede asegurarse de que sus leyes protejan las invenciones que dan lugar a productos y tecnologías novedosos que pueden servir para abordar los desafíos de salud, seguridad alimentaria y medio ambiente que enfrenta su población. Asimismo, cada país puede financiar investigaciones relevantes en instituciones académicas y en instituciones públicas de investigación en el campo de las ciencias de la vida. Pueden asegurarse de que estas instituciones cuenten con oficinas de transferencia de tecnología (OTT) con capacidad para evaluar el valor comercial de las investigaciones. Por último, cada país puede establecer un marco jurídico que permita transferir las invenciones, los conocimientos especializados conexos y las obtenciones vegetales que se deriven de la utilización de esos recursos genéticos a entidades que estén en condiciones de transformarlos en productos que puedan beneficiar a la población. La adopción de políticas sensatas en esos ámbitos sienta las bases necesarias para la inversión privada, sin la cual esas tecnologías no podrían desarrollarse.
Son muchos los países que han reconocido los beneficios económicos de sus recursos genéticos y el papel que desempeña la transferencia de tecnología entre el mundo académico y el empresarial para garantizar dichos beneficios. En consecuencia, han establecido sistemas que favorecen la transferencia eficaz de tecnología entre las instituciones académicas y el sector de la biotecnología. No obstante, las incoherencias en las políticas relativas a los recursos genéticos y una infraestructura jurídica incompleta para la transferencia de tecnología han limitado en ocasiones la capacidad de los Estados para obtener los beneficios asociados a la transferencia de tecnología. Comprender los acuerdos de transferencia de tecnología en biotecnología es un primer paso para abordar esas incoherencias. Con ese objetivo, la OMPI facilita el acceso a una base de datos en línea especializada en los recursos genéticos que incluye contratos con disposiciones sobre PI, así como a instrumentos especializados de concesión de licencias para las innovaciones relacionadas con los recursos genéticos y los datos genéticos, por medio de su División de Conocimientos Tradicionales.