Para restringir la lista de productos y servicios respecto de algunas o todas las Partes Contratantes (países o regiones) en su registro internacional de marca, utilice el formulario MM6.
Puede presentar el formulario MM6 directamente a la OMPI o por conducto de su Oficina “de origen”, es decir, la Oficina de la Parte Contratante del titular.
Los productos y servicios restringidos permanecerán en la lista principal del registro internacional, pero los productos y servicios a los que se aplique la limitación quedarán sin efecto en los países o regiones de que se trate. Para suprimir permanentemente los productos y servicios del Registro Internacional, utilice el formulario MM8 (cancelación parcial).
¿Puedo incluir los productos y servicios restringidos en una designación posterior?
Sí, podrá luego solicitar la inscripción de una designación posterior (mediante el servicio de designación posterior electrónica o el formulario MM4 impreso) para los productos y servicios que son objeto de la limitación.
¿Cuánto cuesta?
La tasa correspondiente a una limitación es de 177 francos suizos por cada limitación.
Tenga en cuenta que si la misma limitación afecta a más de una Parte Contratante designada, la tasa será igualmente de 177 francos suizos.
Para obtener más información sobre las limitaciones, consulte los párrafos B.II.52.01 a 59.03 de la Guía para el Registro Internacional de Marcas según el Arreglo de Madrid y el Protocolo de Madrid y las páginas 43 a 49 de la publicación "Obtener el máximo provecho del Sistema de Madrid" .