Gestión de registros internacionales de marcas: Corrección de errores en el Registro Internacional
- Inicie sesión en eMadrid con su cuenta de la OMPI
- Vaya a “Gestión de marcas” para acceder a su tablero de trabajo
- Haga clic en los tres puntos (“…”) a la derecha del correspondiente registro internacional de marca (“activo”)- o abra el activo directamente en su tablero de trabajo y haga clic en “Gestión de marca”
- Seleccione “Corrección”
- Siga las instrucciones para finalizar el procedimiento.
¿Qué tipo de error puede corregirse?
Podemos corregir errores tipográficos o fácticos:
- cometidos por la OMPI (puede presentar una petición de corrección en cualquier momento)
- cometidos por una Oficina de Propiedad Intelectual (PI). Corregiremos los siguientes errores, siempre que recibamos su solicitud dentro de los nueve meses siguientes a la fecha en que se haya publicado el error en el Registro Internacional:
- errores resultantes de una discrepancia entre los documentos recibidos por la OMPI y los presentados en la Oficina de PI de un miembro del Sistema de Madrid
- errores en la lista de miembros del Sistema de Madrid designados
- errores relativos a la lista de productos y servicios.
Corregiremos asimismo pequeños errores tipográficos u ortográficos cometidos por una Oficina de PI siempre que dichos errores no afecten a los derechos que se deriven del registro internacional de marca. No se establece ningún plazo para ese tipo de corrección.
¿Qué tipo de errores no se pueden corregir?
- Errores cometidos por el titular o su mandatario, incluidos errores en la lista de miembros designados del Sistema de Madrid y errores en la lista de productos y servicios.
- Errores relativos a la clasificación de productos y servicios excepto los que resulten de una clasificación inadecuada conforme a la Clasificación de Niza.
¿Cuánto cuesta?
Más información
- Vídeo: Corrección de errores en el Registro Internacional: ¿Cómo funciona? (Grabación del webinario)
- Reglamento del Sistema de Madrid (Regla 28)
- Guía del Sistema de Madrid (párrafos 781 a 795)
En algunos casos, usted puede pedir que se corrija un error inscrito en el Registro Internacional. Debe hacerlo en línea a través de eMadrid.
Aviso: Una vez presentada, no puede retirar ni modificar su solicitud.
¿Qué tipo de error puede corregirse?
En general, solo corregimos los errores tipográficos o de hecho que hayan sido:
- cometidos por la OMPI (puede presentar una petición de corrección en cualquier momento)
- cometidos por una Oficina de Propiedad Intelectual (PI). Corregiremos los siguientes errores, siempre que recibamos su solicitud dentro de los nueve meses siguientes a la fecha en que se publicó el error en el Registro Internacional:
- errores resultantes de una discrepancia entre los documentos recibidos por la OMPI y los presentados en la Oficina de PI de un miembro del Sistema de Madrid
- errores en la lista de miembros del Sistema de Madrid designados
- errores relativos a la lista de productos y servicios
Nota: La OMPI corregirá asimismo pequeños errores tipográficos u ortográficos cometidos por una Oficina de PI siempre que dichos errores no afecten a los derechos que se deriven del registro internacional de marca. No se establece ningún plazo para ese tipo de corrección.
¿Qué tipo de errores no se pueden corregir?
- Errores cometidos por el titular o el mandatario del titular, a saber:
- errores en la lista de miembros del Sistema de Madrid designados
- errores relativos a la lista de productos y servicios
- errores relativos a la clasificación de productos y servicios excepto los que resulten de una clasificación inadecuada conforme a la Clasificación de Niza.
¿Cuánto cuesta?
La petición de corrección es gratuita
Formularios del Sistema de Madrid
También puede pedir que se corrija un error en el Registro Internacional valiéndose del formulario MM21 del Sistema de Madrid. No obstante, le recomendamos encarecidamente que lo haga en línea mediante eMadrid.
Más información
- Video: Correcciones en el Registro Internacional ¿Cómo funciona? (Grabación del webinario)
- Reglamento del Sistema de Madrid (Regla 28])
- Guía del Sistema de Madrid (párrafos 781 a 795)
En algunos casos, usted puede pedir que se corrija un error inscrito en el Registro Internacional. Debe hacerlo en línea a través de eMadrid.
Aviso: Una vez presentada, no puede retirar ni modificar su solicitud.
¿Qué tipo de error puede corregirse?
En general, solo corregimos los errores tipográficos o de hecho que hayan sido:
- cometidos por la OMPI (puede presentar una petición de corrección en cualquier momento)
- cometidos por una Oficina de Propiedad Intelectual (PI). Corregiremos los siguientes errores, siempre que recibamos su solicitud dentro de los nueve meses siguientes a la fecha en que se publicó el error en el Registro Internacional:
- errores resultantes de una discrepancia entre los documentos recibidos por la OMPI y los presentados en la Oficina de PI de un miembro del Sistema de Madrid
- errores en la lista de miembros del Sistema de Madrid designados
- errores relativos a la lista de productos y servicios
Nota: La OMPI corregirá asimismo pequeños errores tipográficos u ortográficos cometidos por una Oficina de PI siempre que dichos errores no afecten a los derechos que se deriven del registro internacional de marca. No se establece ningún plazo para ese tipo de corrección.
¿Qué tipo de errores no se pueden corregir?
- Errores cometidos por el titular o el mandatario del titular, a saber:
- errores en la lista de miembros del Sistema de Madrid designados
- errores relativos a la lista de productos y servicios
- errores relativos a la clasificación de productos y servicios excepto los que resulten de una clasificación inadecuada conforme a la Clasificación de Niza.
¿Cuánto cuesta?
La petición de corrección es gratuita
Formularios del Sistema de Madrid
También puede pedir que se corrija un error en el Registro Internacional valiéndose del formulario MM21 del Sistema de Madrid. No obstante, le recomendamos encarecidamente que lo haga en línea mediante eMadrid.
Más información
- Video: Correcciones en el Registro Internacional ¿Cómo funciona? (Grabación del webinario)
- Reglamento del Sistema de Madrid (Regla 28])
- Guía del Sistema de Madrid (párrafos 781 a 795)