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Ley Nº 25.314 de 7 de septiembre de 2000 que incorpora al Ordenamiento Jurídico Nacional la Decisión Nº 1/98 del Consejo del Mercado Común de MERCOSUR sobre el Reglamento de Uso del Nombre, Sigla y Emblema/logotipo del MERCOSUR, Argentina
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Versión más reciente en WIPO Lex
Año de versión
2000
Fechas
Entrada en vigor:
19 de octubre de 2000
Adoptado/a:
7 de septiembre de 2000
Tipo de texto
Legislación relacionada con la PI
Materia
Marcas,
Observancia de las leyes de PI y leyes conexas
Notas
Esta ley fue adoptada de conformidad con el artículo 11 de la Decisión Nº 1/98 del Consejo del Mercado Común de MERCOSUR (contenida en el Anexo I), aprobada por el Decreto N° 753/2000 de 30 de agosto de 2000.
MERCOSUR, el Mercado Común del Sur, es un acuerdo económico y político entre Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay, Venezuela y Bolivia (actualmente en proceso de adhesión desde diciembre de 2012) para facilitar la libre circulación de bienes, servicios y personas entre los Estados miembros.
El artículo 2 del Código Civil establece que “las leyes no son obligatorias sino después de su publicación y desde el día que determinen. Si no designan tiempo, serán obligatorias después de los ocho días siguientes al de su publicación oficial.”
Esta Ley fue publicada en el Boletín Oficial el 11 de octubre de 2000 (B.O. 11/10/00) sin indicar la fecha concreta de entrada en vigor; en virtud del artículo 2 del Código Civil entró en vigencia ocho días después de su publicación
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Español
Ley Nº 25.314 de 7 de septiembre de 2000 que incorpora al Ordenamiento Jurídico Nacional la Decisión Nº 1/98 del Consejo del Mercado Común de MERCOSUR sobre el Reglamento de Uso del Nombre, Sigla y Emblema/logotipo del MERCOSUR
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N° WIPO Lex
AR086