Adoptado en 1977, el Tratado de Budapest aborda un aspecto específico del procedimiento internacional en materia de patentes: los microorganismos.

Todos los Estados partes en el Tratado deben reconocer, a los fines de los procedimientos en materia de patentes, el depósito de microorganismos ante una autoridad internacional de depósito, con independencia de dónde se encuentre dicha autoridad.

En la práctica eso significa que se suprime el requisito de depositar el microorganismo ante cada una de las autoridades nacionales en las que se desea obtener protección de la patente.

Miembros

Información adicional

Hitos del Tratado de Budapest

Budapest Treaty
  • Adoptado: Budapest - 28 de abril de 1977
  • Enmendado: 26 de septiembre de 1980