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Ley Nº 7686 de 6 de agosto de 1982 sobre Interpretación Auténtica de la Ley Nº 6683 de 14 de octubre de 1982 de Derechos de Autor y Derechos Conexos, Costa Rica

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Versión más reciente en WIPO Lex
Detalles Detalles Año de versión 1997 Fechas Entrada en vigor: 29 de agosto de 1997 Promulgación: 6 de agosto de 1997 Tipo de texto Legislación relacionada con la PI Materia Derecho de autor Notas De acuerdo con el Artículo Único de ésta Ley, los Artículos 111, 132, 133 y 156 de la Ley de Derechos de Autor y Derechos Conexos, Nº 6683, del 14 de octubre de 1982, los términos “sociedad” y “sociedades” comprenden también las asociaciones inscritas conforme a la Ley de Asociaciones, Nº 218, del 8 de agosto de 1939.

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Textos principales Textos principales Español Ley Nº 7686 de 6 de agosto de 1982 sobre Interpretación Auténtica de la Ley Nº 6683 de 14 de octubre de 1982 de Derechos de Autor y Derechos Conexos         Inglés Law No. 7686 of August 6, 1997, on Authentic Interpretation of Law No. 6683 of October 14, 1982, on Copyright and Related Rights        
 
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 Law No. 7686, Authentic Interpretation of Law No. 6683 on Copyright and Related Rights

Interpretation of the Copyright Law for Companies and Associations

No. 7686

AUTHENTIC INTERPRETATION OF LAW NO. 6683 ON COPYRIGHT AND RELATED RIGHTS

THE LEGISLATIVE ASSEMBLY OF THE REPUBLIC OF COSTA RICA HEREBY DECREES:

Sole Article.– The authentic interpretation of Articles 111, 132, 133 and 156 of Law No. 6683 of October 14, 1982 shall be that the terms “company” and “companies” shall not refer exclusively to the corporations covered by Costa Rican legislation and shall include associations registered in accordance with Law No. 218 of August 8, 1939 on Associations.

Done at the Office of the President of the Republic.– San José, on the sixth day of August of the year one thousand nine hundred and ninety­seven.

n:\appletx\process\costa rica ve\cr049en.doc

RD/jaj

28.11.2012

 
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Interpreta Ley de Derechos de Autor sobre Sociedades y Asociaciones

N° 7686

INTERPRETACIÓN AUTENTICA DE LA LEY DE DERECHOS

DE AUTOR Y DERECHOS CONEXOS, N° 6683

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE

COSTA RICA, DECRETA:

Artículo único.-Interpretase auténticamente que en los artículos 111, 132, 133 y 156 de la Ley de Derechos de Autor y Derechos Conexos, No. 6683, de 14 de octubre de 1982, los términos "sociedad" y "sociedades" no se refieren exclusivamente a las sociedades mercantiles contempladas en la legislación costarricense y comprende las asociaciones inscritas conforme a la Ley de Asociaciones, No. 218, de 8 de agosto de 1939.

Dado en la Presidencia de la República.-San José, a los seis días del mes de agosto de mil novecientosnoventa y siete.


Datos no disponibles.

N° WIPO Lex CR049