Propiedad intelectual Formación en PI Respeto por la PI Divulgación de la PI La PI para... La PI y… La PI en… Información sobre patentes y tecnología Información sobre marcas Información sobre diseños industriales Información sobre las indicaciones geográficas Información sobre las variedades vegetales (UPOV) Leyes, tratados y sentencias de PI Recursos de PI Informes sobre PI Protección por patente Protección de las marcas Protección de diseños industriales Protección de las indicaciones geográficas Protección de las variedades vegetales (UPOV) Solución de controversias en materia de PI Soluciones operativas para las oficinas de PI Pagar por servicios de PI Negociación y toma de decisiones Cooperación para el desarrollo Apoyo a la innovación Colaboraciones público-privadas Herramientas y servicios de IA La Organización Trabajar con la OMPI Rendición de cuentas Patentes Marcas Diseños industriales Indicaciones geográficas Derecho de autor Secretos comerciales Academia de la OMPI Talleres y seminarios Observancia de la PI WIPO ALERT Sensibilizar Día Mundial de la PI Revista de la OMPI Casos prácticos y casos de éxito Novedades sobre la PI Premios de la OMPI Empresas Universidades Pueblos indígenas Judicatura Recursos genéticos, conocimientos tradicionales y expresiones culturales tradicionales Economía Igualdad de género Salud mundial Cambio climático Política de competencia Objetivos de Desarrollo Sostenible Tecnologías de vanguardia Aplicaciones móviles Deportes Turismo PATENTSCOPE Análisis de patentes Clasificación Internacional de Patentes ARDI - Investigación para la innovación ASPI - Información especializada sobre patentes Base Mundial de Datos sobre Marcas Madrid Monitor Base de datos Artículo 6ter Express Clasificación de Niza Clasificación de Viena Base Mundial de Datos sobre Dibujos y Modelos Boletín de Dibujos y Modelos Internacionales Base de datos Hague Express Clasificación de Locarno Base de datos Lisbon Express Base Mundial de Datos sobre Marcas para indicaciones geográficas Base de datos de variedades vegetales PLUTO Base de datos GENIE Tratados administrados por la OMPI WIPO Lex: leyes, tratados y sentencias de PI Normas técnicas de la OMPI Estadísticas de PI WIPO Pearl (terminología) Publicaciones de la OMPI Perfiles nacionales sobre PI Centro de Conocimiento de la OMPI Informes de la OMPI sobre tendencias tecnológicas Índice Mundial de Innovación Informe mundial sobre la propiedad intelectual PCT - El sistema internacional de patentes ePCT Budapest - El Sistema internacional de depósito de microorganismos Madrid - El sistema internacional de marcas eMadrid Artículo 6ter (escudos de armas, banderas, emblemas de Estado) La Haya - Sistema internacional de diseños eHague Lisboa - Sistema internacional de indicaciones geográficas eLisbon UPOV PRISMA UPOV e-PVP Administration UPOV e-PVP DUS Exchange Mediación Arbitraje Determinación de expertos Disputas sobre nombres de dominio Acceso centralizado a la búsqueda y el examen (CASE) Servicio de acceso digital (DAS) WIPO Pay Cuenta corriente en la OMPI Asambleas de la OMPI Comités permanentes Calendario de reuniones WIPO Webcast Documentos oficiales de la OMPI Agenda para el Desarrollo Asistencia técnica Instituciones de formación en PI Apoyo para COVID-19 Estrategias nacionales de PI Asesoramiento sobre políticas y legislación Centro de cooperación Centros de apoyo a la tecnología y la innovación (CATI) Transferencia de tecnología Programa de Asistencia a los Inventores (PAI) WIPO GREEN PAT-INFORMED de la OMPI Consorcio de Libros Accesibles Consorcio de la OMPI para los Creadores WIPO Translate Conversión de voz a texto Asistente de clasificación Estados miembros Observadores Director general Actividades por unidad Oficinas en el exterior Ofertas de empleo Adquisiciones Resultados y presupuesto Información financiera Supervisión
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Leyes Tratados Sentencias Consultar por jurisdicción

Guatemala

GT025

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Decreto N° 16-2006 que aprueba el Tratado de Cooperación en Materia de Patentes de 19 de junio de 1970, enmendado al 3 de octubre de 2001, ratificado el 15 de junio de 1996

 Decreto N° 16-2006 que aprueba el Tratado de Cooperación en Materia de Patentes de 19 de junio de 1970, enmendado al 3 de octubre de 2001, ratificado el 15 de junio de 1996

Diario de / . entro ertca

www.dca.gob.gt Director: Luis Eduardo Marroquin Godoy Decano ~e Ia Prensa Centroamericana Organo Oficial de Ia Republica de Guatemala

TOMO CCLXXIX

SUMARIO ----------.

ORGANISMO LEGISLATIVO

CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA

DECRETO NUME~O 16-2006

DECRETO NUMERO: 17-2006 .

DECRETO NVMEi:W 19-2006

PUBLICACIONES VARIAS

COMISION NACIONAL DE ENERGiA ELECTRICA

RESOLUCI6N CNEE-80-200o

CORTE DE CONSTITUCIONALIDAI) EXPEDIENTE 1106-2005

EXPEDIENTE 2818-2005

MINISTERIO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL

Acuerdase ordenar la inscripci6n del SINDICATO DE TRABAJADORAS CAMPESINAS INDEPEN-

' plENTES (LIGA CAMPESINA)~VA LUZ. ·

/ ANUNCIOS VARIOS

Matrimonios + Constitucio.nes de sociedad + Modificaciones de sociedad + Patentes de invenci6n + Registrq de marcas + Titulos supletorios + Edictos + Remates:

ATENCION· ANUNCIANTES

IMPRESION SE HACE CONFORME ORIGINAL

Toda impresi6n en la parte

Legal del Diario de Centro

America, se hace respetando el

original. Por lo anterior, esta ·

Administraci6n ruega a1 publi~o

tamar nota.

Guatemala, JUEVES 15 de junio de 2006

ORGANISMO LEGISLATIVO

'I'M. ~.... :.. ...

NUMERO 5~

CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GU~'fEMAlA

DECRETO NUMERO 16-2006

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA

• CONSIDERANDO:

Que Ia Constituci6n Politica de Ia Republica, establece que el Estado de Gu~temala reconoce el derecno de au.tor y el derecho de inventor.

CONSIDERANDO:

Que conforme a I~ Constituci6n Politica de Ia Republica, Guatemala norman~ sus relaciones · con otros Estaaos, de conformidad con los principios, reglas y practicas internacionales, con el prop6sito de contribuir al fortalecimiento de las instituciones que garanticen el beneficia mutuo y equitativo entre los Estados. ·

CONSIDERANDO:

Que Ia cbnstituci6n Politica de Ia Republica preceptua, qwe el Estado mantendra relaciones de amistad, solidaridad y cooperaci6n con otros Estados con el prop6sito de encontrar soluciones apropiadas a sus problemas comunes.

CONSIDERANDO:

Que el TratadQ de Cooperaci6n en Materia de Patentes es acorde con Ia normativa constitucional, Ia cual conllevara reformas legales para armon_izar Ia legislaci6n nacional con el mismo y obligaciones .financieras indeterminadas, por lo que es neces.aria Ia aprobaci6n por el

. Congreso de Ia Republica previo a Ia adhesi6n.

PORTANTO:

En ejercicio de las atribuciones que le confiere el articulo 171 numerates 1) y 3) de Ia Constituci6n Politica de Ia Republica de Guatemala,

DECRETA:

Articulo 1. Se aprueba el Tratado de Cooperaci6n en Materia de Patentes (PCT), elaborado en Washington el 19 de junio de 1970, enmendado el 28 de septiembre de 1979, modificado el 3

' de febrero de 1984 y el 3 de octubre de 2001.

Articulo 2. El presente Decreto entrara en vigencia el dia siguiente de su publicaci6n en el Diario Oficial.

REMITASE AL ORGANISMO EJECUTJVO PARA SU SANCI6N, PROMULGACI6N Y PUBLICACI6N. } ,

EMITIDO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA CIUDAD DE GUA.TEMALA, EL UNO DE JUNIO DE DOS Mll·SEJS.

!'··

2 Guotemol~, JUEVES 15 de ju~io de 2otf6 -~ DIARIO de CENTRO AMERICA ·... NUMERO 51

PALACIO NACIONAL Guatemala, doce dejunio delano dos mit seis.

PUBI./QUESE Y f;UMPI.ASE

J org ,., .LJ , ..it. o ·.... · r .,.. " .. Ministro t!r. !J(,Caciones '£~teriores .

I (E-500-:.!006)-15-junio

CONGRESO DE.LA.REPUBLICA DE GUATEMALA

DECRETO NUMERO 17-2006

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA

CONSIDERANDO:

Que Ia Constitucion Politica de Ia Republica. estipula que el Estado de Guatemala reconoce el derecho de autor y el derecho de inventor.

CONSIDERANDO:

Que conforme a Ia Constitucion Politica de Ia Republica, Guatemala norman~ sus relaciones con otros Estados, de conformidad con los principios, reglas y practicas internacionales. con el proposito de contribuir al fortalecimiento de las !nstituciones que garanticen el beneficio mutuo y equitativo entre los Estados.

CONSIDERANDO:

Que Ia Constitucion Politica de Ia Republica preceptua, que el Estado mantendra relaciones de amistad, solidaridad y cooperacion con otros Estados con el proposito de encontrar soluciones apropiadas a sus problemas comunes.

CONSIDERANDO:

Que acorde con Ia normativa constitucional, Ia Ley de Propiedad Industrial en su articulo ·1 09 reconoce el deposito de microorganismos conforme al Tratado de Budapest.

PORTANTO: \

En.ejercicio de las atribuciones que le confiere el articulo 171 numerales 1) y 3) de Ia Constitucion Politica de Ia Republica de Guatemala,

DECRETA:

Articulo 1. ·Se aprweba el Tratado de Budapest sobJe el Reconocimiento lnternacional del Dep6sito de Microorganismos a los Fir.~es del Procedimiento en Materia de Patentes, establecido en Budapest el 28 de abril de 1977 y enmendado el 26 de septiembre de 1980 y Reglamento.

Articulo 2. El presente. Decreto entrara en vigencia el dia siguiente de su publicacion en ·el Diario Oficial. ·

REMITASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU SANC16N, PROI\1IULGACI6N Y

PUBLICAC16N. /

EMITIDO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA CIUDAD DE GUATEMALA, EL UNO DE JUNIO DE DOS MIL SEIS.

<-r~~ ~~6RGE MENDEZ HERBRUGER . ,.--DII'"'SIDENTE DE COMISI6N PER ANENTE

PALACIO NACIONAL' Guatemala. doce de junio del aiio dos mil seis

PUBI.iQUESE Y CUMPLASE

~-· ~

(E-501-2006)-15-junio

CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA

DECRETO NUMERO 19-2006 EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA

CONSIDERANDO:

Que Ia Constitucion Politica de Ia Republica. reconoce el derecho de autor y ei derecho de inventor. indicando que los titulares de los mismos gozaran de Ia propiedad exclusiva de su obra o invento, de conformidad cori Ia ley y los tratados internacionales.

CONSIDERANDO:

Que conforme a Ia Constituci6n Politica de Ia Republica, Guatemala normara sus relaciones con otros Estados, de conformidad con los principios. reglas y practicas internacionales, con·el prop6sito de contribuir al fortalecimiento de las instituciones que garanticen el beneficio mutuo y equitativo entre los Estados.

CONSIDERANDO:

Que Ia Constituci6n Politica de Ia Republica preceptua, que el Estado mantendra relaciones de amistad, solidaridad y cooperacion con otros Estados con el proposito de encontrar soluciones apropiadas a sus problemas comunes. · ·

. CONSIDERANDO:

Que Ia adhesion de Guatemala al Convenio de Ia Union lnternacional·para Ia Pr.otecci6n de las Obtenci6n Vegetales (UPOV) sera beneficioso. para el pais. porque brindara protecci6n adecuada, tecnica y eficaz tanto a las variedades vegetales como al obtentor nacional y extranjero.