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Ley N° 2675 de sobre el Derecho Internacional Privado, Turquía
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Texto derogado
Año de versión
1982
Fechas
Entrada en vigor:
22 de octubre de 1982
Adoptado/a:
20 de mayo de 1982
Tipo de texto
Legislación relacionada con la PI
Materia
Observancia de las leyes de PI y leyes conexas
Notas
En la notificación de Turquía a la OMC de conformidad con el artículo 63.2 del Acuerdo sobre los ADPIC se establece lo siguiente:
'Artículo 32: Los extranjeros que quieran presentar una demanda en Turquía deben constituir una garantía en el tribunal, como cautio judicatum solvi, para atender al pago de los eventuales gastos del demandado.
No obstante, como Turquía es parte del Convenio de la Haya sobre Procedimiento Civil, de 1954, los demandantes extranjeros que sean residentes en uno de los Estados parte en el Convenio, o nacionales de uno de dichos Estados, no están obligados a constituir dicha garantía.'
Textos disponibles
Textos principales
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Turco
2672 sayılı Milletlerarası Özel Hukuk ve Usul Hukuku Hakkında Kanun
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Referencia del documento de la OMC
IP/N/TUR/2 page 25
N° WIPO Lex
TR028