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Decreto N° 37-76 del 7 de septiembre de 1976, que aprueba la Convención Internacional sobre la protección de los artistas intérpretes o ejecutantes, los productores de fonogramas y los organismos de radiodifusion adoptada en Roma el 26 de octubre de 1961, Guatemala
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Versión más reciente en WIPO Lex
Año de versión
1976
Fechas
Adoptado/a:
7 de septiembre de 1976
Tipo de texto
Legislación relacionada con la PI
Materia
Derecho de autor,
Observancia de las leyes de PI y leyes conexas
Notas
Fecha a la cual Guatemala forma parte de la Convención: 14 de enero de 1977.
En la notificación de Guatemala a la OMC de conformidad con el artículo 63.2 del Acuerdo sobre los ADPIC se establece lo siguiente:
'Normas internacionales relativas a los artistas, intérpretes o ejecutantes, a los productores de fonogramas y a los organismos de radiodifusión.'
Textos disponibles
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Español
Decreto N° 37-76 del 7 de septiembre de 1976, que aprueba la Convención Internacional sobre la protección de los artistas intérpretes o ejecutantes, los productores de fonogramas y los organismos de radiodifusion adoptada en Roma el 26 de octubre de 1961
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N° WIPO Lex
GT023