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Acuerdo que modifica el diverso por el que se determinan la organización, funciones y circunscripción territorial de las oficinas regionales del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 marzo 2011), México

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Detalles Detalles Año de versión 2011 Fechas Entrada en vigor: 25 de marzo de 2011 Adoptado/a: 24 de marzo de 2011 Tipo de texto Normas/Reglamentos Materia Organismo regulador de PI, Propiedad Industrial

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 Acuerdo que modifica el diverso por el que se determinan la organización, funciones y circunscripción territorial de las oficinas regionales del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 marzo 2011)

DOF: 24/03/2011

ACUERDO que modifica el diverso por el que se determinan la organización, funciones y circunscripción territorial de las oficinas regionales del Instituto Mexicano de la Pr opiedad Industrial.

Al margen un logotipo, que dice: Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial.

JORGE AMIGO CASTAÑEDA, Director General del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, con fundamento en los artículos 7o., 7 BIS 2 de la Ley de la Propiedad Industrial; 17, 22 y 59 fracción V de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 22 del Reglamento del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, y 4o. y 10 del Decreto por el que se crea el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO QUE MODIFICA EL DIVERSO POR EL QUE SE DETERMINAN LA ORGANIZACION, FUNCIONES Y CIRCUNSCRIPCION TERRIT ORIAL DE LAS OFICINAS REGIONALES DEL INSTITUT O

MEXICANO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

ARTICULO UNICO.- Se reforman los puntos 4 y 5 del artículo 7o. del Acuerdo por el que se determinan la organización, funciones y circunscripción territorial de las Oficinas Regionales del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, para quedar como sigue:

ARTICULO 7o.- Las Oficinas Regionales se ubicarán en las ciudades o municipios y con la circunscripción territorial que a continuación se indican:

. . .

4. Oficina Regional Sureste

Mérida, estado de Yucatán

5. Oficina Regional Centro

San Andrés Cholula, Estado de Puebla

Estados de Campeche, Chiapas,

Tabasco, Quintana Roo y Yucatán.

Estados de Puebla, Tlaxcala,

Veracruz, Morelos, Guerrero, Hidalgo y Oaxaca.

TRANSIT ORIO

UNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

México, D.F., a 11 de marzo de 2011.- El Director General, Jorge Amigo Castañeda .- Rúbrica.


Legislación Enmienda (1 texto(s)) Enmienda (1 texto(s)) Implementa (3 texto(s)) Implementa (3 texto(s))
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N° WIPO Lex MX191