Trinidad y Tabago: Ley de Marcas de 2015 (Ley Nº 8 de 2015)

Trinidad y Tabago: La Ley de Marcas de 2015 (Ley Nº 8 de 2015) fue aprobada el 12 de junio de 2015 y entró en vigor el 25 de junio de 2020.

La Ley ha modernizado el régimen de Derecho de marcas. Muestra de ello son, entre otras cosas:

(i) el reconocimiento de los registros internacionales obtenidos con arreglo a las disposiciones del Protocolo de Madrid;

(ii) la introducción de una definición más amplia de las marcas;

(iii) la ampliación de la protección de marcas notoriamente conocidas;

(iv) la posibilidad de registrar marcas colectivas;

(v) la eliminación de la división anterior del registro de marcas en categorías separadas en función de las marcas que son "distintivas" y las que son "susceptibles de distinción". Todas las marcas figuran ahora en un solo registro;

(vi) La revisión de las normas sobre revocación de marcas por falta de uso;

(vii) la implantación de un sistema electrónico relativo a los registros de marcas, especificados en el Reglamento de Marcas de 2020, los cuales se efectúan paralelamente al depósito del instrumento de adhesión de Trinidad y Tabago al Tratado de Singapur sobre el Derecho de Marcas, el 4 de octubre de 2019, y

(viii) una mayor protección en materia de observancia en frontera contra las mercancías de marca falsificadas, especificadas en el Reglamento de Marcas (Medidas de Observancia en Frontera) de 2020.