Seychelles
Código Penal, Título V B, capítulo 73
| Año de la actual versión: | 1969 |
|---|---|
| Fecha de entrada en vigor del texto original: | 1955 |
| Fecha del texto (Emitido): | 1 de febrero de 1955 |
| Tipo de texto: | Leyes de PI: promulgadas por el Poder Ejecutivo |
| Asunto: | Marcas, Observancia de las leyes de PI y leyes conexas, Otros, Propiedad Industrial |
| Notas: | Para las disposiciones relativas a los delitos relativos a la propiedad, véase la Parte II de la División V. Según el artículo 260 "Una persona que roba cualquier cosa susceptible de ser robada es culpable del delito de robo, y es responsable, salvo debido a las circunstancias del robo o de la naturaleza de la cosa robada, a prisión por cinco años." Para las disposiciones relativas a las marcas véase la Parte 2, de la División VII, capítulo XXXIV, art. 332. |
| Textos disponibles: | |
| Inglés | |
| N° WIPO Lex: | SC010 |
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