Leyes relativas a la PI: adoptadas por el Poder Legislativo
Asunto:
Diseños industriales, Marcas, Modelos de utilidad, Observancia de las leyes de PI y leyes conexas, Otros, Recursos genéticos, Transferencia de tecnología
Notas:
La notificatión realizada por parte de Venezuela ante la OMC en virtud del articulo 63.2 del Acuerdo sobre los ADPIC estipula:
'La Ley establece los principios rectores para la conservación de la diversidad biológica en desarrollo de los principios y disposiciones del Convenio de Diversidad Biológica. Entre sus disposiciones generales cataloga la diversidad biológica como bienes jurídicos ambientales protegidos, fundamentales para la vida, y su conservación y uso sustentable como de utilidad pública. Dispone el ejercicio de derechos soberanos por parte del Estado sobre esos recursos. Adicionalmente, incluye disposiciones sobre el reconocimiento y protección de los conocimientos tradicionales de comunidades indígenas y locales.'
Textos disponibles:
Español
Ley de Diversidad Biológica
(Versión con la herramienta de traducción automática)
'La Ley establece los principios rectores para la conservación de la diversidad biológica en desarrollo de los principios y disposiciones del Convenio de Diversidad Biológica. Entre sus disposiciones generales cataloga la diversidad biológica como bienes jurídicos ambientales protegidos, fundamentales para la vida, y su conservación y uso sustentable como de utilidad pública. Dispone el ejercicio de derechos soberanos por parte del Estado sobre esos recursos. Adicionalmente, incluye disposiciones sobre el reconocimiento y protección de los conocimientos tradicionales de comunidades indígenas y locales.'