Leyes
Tratados
Sentencias
Consultar por jurisdicción
Ley sobre las Marcas de 2001 (Capítulo 13.30), Santa Lucía
Atrás
Versión obsoleta
Ir a la versión más reciente en WIPO Lex
Año de versión
2003
Fechas
Entrada en vigor:
1 de abril de 2003
Promulgación:
3 de noviembre de 2001
Refrendo:
26 de octubre de 2001
Tipo de texto
Principal legislación de PI
Materia
Marcas,
Indicaciones geográficas,
Nombres comerciales,
Observancia de las leyes de PI y leyes conexas,
Organismo regulador de PI,
Competencia
Notas
En la notificación de Santa Lucía a la OMC de conformidad con el artículo 63.2 del Acuerdo sobre los ADPIC se establece lo siguiente:
'En virtud de esta Ley, el período de protección de las marcas de fábrica o de comercio es de 10 años en vez de 14 años, como disponía la antigua ley. La Ley vigente prevé el registro de las marcas de fábrica o de comercio bien conocidas, así como varios recursos en caso de infracción, incluidas medidas relacionadas con la intervención de las autoridades aduaneras en ciertos casos.'
Esta Ley de Marcas deroga la Parte III relativa a las marcas, Título X del Código de Comercio, capítulo 244, Leyes revisadas de Santa Lucía 1957. (Véanse sección 201).
Textos disponibles
Textos principales
Textos principales
Inglés
Trade Marks Act, 2001 (Chapter 13.30)
PDF
HTML
Legislación
Es reemplazado por (1 texto(s))
Es reemplazado por (1 texto(s))
Tratados
Referencia del documento de la OMC
IP/N/1/LCA/T/1
N° WIPO Lex
LC015