- LEY No 28187
- LEY QUE INCORPORA El ARTICULO 244° A LA LEY N° 27444, LEY DEL PROCEDIMIENTO ADMINSITRAIVO GENERAL
- Articulo Unico.- Incorpora el articulo 244 a la Ley N° 27444
lEV N228187
EL PRESIDENTE DEL CONGRESO
DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
LA COMISION PERMANENTE
DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA;
Ha dado la Ley siguienle:
lEV QUE INCORPORA El ARTicULO 2442 A lA lEV N2 27444, lEV DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO GENERAL
Articulo Unico.-Incorpora el articulo 244' a la Ley N" 27444
Incorp6rase el articulo 244· a la Ley N· 27444. el cual lendra el siguienle lexlo:
"Arliculo 244".' Denuncia por delito de omisi6n 0 relardo de lunci6n
EI Minislerio Publico. a eleelos de decidir 91 ejercicio de la acci6n penal en los casos referidos a delitos de omisi6n 0 relardo de funci6n. debere determinar la presencia de las siguienles siluaciones:
a) Si el plaza previsto por ley para que el funcionario
actue 0 se pronuncie de manera expresa no ha
side excedido.
b) Si el administrado ha consentido de manera ex
presa en 10 resuello par el fun cion aria publico."
Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgaci6n.
En Lima, a los dace dias del mes de febrero de dos mil cuatro.
HENRY PEASE GARCIA
Presidente del Congreso de la Republica
MARCIANO RENGIFO RUIZ Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica
AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL
DE LA REPUBLICA
POR TANTO:
No habiendo sido promulgada dentro del plazo constilucional por el sefior Presidente de la Republica, en cumplimiento de los artfculos 1DB' de la Constitucl6n Polltica y BO" del Reglamento del Congreso, ordeno que se publlque y cumpla.
En Lima, a los ocho dias del mes de marzo de dos mil cuatro.
HENRY PEASE GARCiA
Presidente del Congreso de la Republica
MARCIANO RENGIFO RUIZ Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica
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