C1. El índice de conocimiento
El cuestionario de WIPO Pulse se elaboró a partir de la hipótesis de que es posible que los conocimientos sobre los derechos de propiedad intelectual (PI) que los encuestados se atribuyen a sí mismos no siempre coincidan con su comprensión real de cómo se aplican esos derechos a los productos y servicios.
En las encuestas internacionales, a menudo resulta difícil hacer comparaciones entre países debido a las diferencias culturales en cuanto al estilo de las respuestas. En algunas culturas, los participantes pueden exagerar sus conocimientos o preferencias, mientras que, en otras, es más habitual responder con modestia o moderación fáctica. Estas diferencias pueden distorsionar las comparaciones.
Para evitarlo, se añadió una pregunta de control factual relativa a cada uno de los ámbitos de la PI, con el objetivo de evaluar los conocimientos reales. Así, la comprensión autopercibida y la precisión fáctica se integraron en una medida única, el índice de conocimiento, que se explica a continuación.
C2. Cálculo
El índice de conocimiento combina dos dimensiones de conocimiento en materia de PI, a saber, la comprensión autopercibida de las personas entrevistadas (conocimientos subjetivos) y el conocimiento demostrado (conocimientos objetivos).
Los conocimientos subjetivos se miden mediante las preguntas P3a a P3e (véase el cuestionario en el Anexo B.1).
“¿Cómo evaluaría sus conocimientos en materia de patentes / marcas / diseños registrados / derecho de autor / indicaciones geográficas?”
Se considera que las personas entrevistadas tienen conocimientos subjetivos si seleccionan la respuesta
“3: He oído hablar de ello, pero sé muy poco al respecto”
o la “4: He oído hablar de ello y sé bastante o mucho al respecto”.
Los conocimientos objetivos se miden mediante las preguntas P4a a P4f (véase el cuestionario en el Anexo B.1).
“¿De qué manera le parece que pueden protegerse los elementos siguientes mediante los derechos de PI que figuran a continuación?”
Se considera que las personas entrevistadas tienen conocimientos objetivos sobre un determinado derecho de PI si seleccionan la respuesta correcta siguiente a la pregunta correspondiente:
Pregunta
Respuestas correctas
P4a. ¿Cuál es la mejor manera de proteger una invención técnica (por ejemplo, un tipo completamente nuevo de tecnología de baterías)?
1: Patente
P4b. ¿Cuál es la mejor manera de proteger un nombre de marca (por ejemplo, Coca-Cola)?
2: Marca
P4c. ¿Cuál es la mejor manera de proteger un logotipo (por ejemplo, el de Nike)?
2: Marca
P4d. ¿Cuál es la mejor manera de proteger la apariencia visual de un producto (por ejemplo, la forma de una lámpara o una silla)?
3: Diseño registrado
P4e. ¿Cuál es la mejor manera de proteger las obras creativas (por ejemplo, una canción o un libro)?
4: Derecho de autor
P4f. ¿Cuál es la mejor manera de proteger un vino que se produce y obtiene únicamente en Francia (por ejemplo, el champán)?
5: Indicación geográfica; o 2: Marca
Para evaluar los conocimientos objetivos, los encuestados deben dar la respuesta correcta a la pregunta correspondiente. Habida cuenta de que las preguntas P4a a P4f son de respuesta múltiple, para que la respuesta se considere válida debe seleccionarse exclusivamente la opción correcta, es decir, no debe seleccionarse además ninguna respuesta incorrecta.
Cada una de esas preguntas se corresponde con un ámbito concreto de la PI. Responder correctamente a la pregunta P4a refleja conocimientos objetivos en materia de patentes. Igualmente, una respuesta correcta a la pregunta P4d indica conocimientos objetivos sobre diseños registrados, a la P4e, sobre derecho de autor y a la P4f, sobre indicaciones geográficas. En cuanto a las marcas, se reconoce que existen conocimientos objetivos si se responde de manera correcta a la pregunta P4b o a la P4c.
Se considera que una persona encuestada (i) cuenta con conocimientos cualificados en un ámbito de la PI (j) si demuestra conocimientos tanto subjetivos (α) como objetivos (γ). El índice de conocimiento (AIj) relativo a un ámbito de la PI determinado se calcula como la proporción de la población destinataria (n) que cuenta con conocimientos subjetivos y objetivos en esa materia. Desde un punto de vista formal, el índice de conocimiento en un ámbito de la PI se define mediante la fórmula siguiente:

En esta fórmula, γ equivale a 1 si la persona encuestada i indica de manera correcta el mecanismo de protección correspondiente al ámbito de la PI j. De lo contrario, γ equivale a 0. El segundo elemento, α, equivale a 1 si la misma persona expresa conocimiento autopercibido en esa materia j. De lo contrario, α equivale a 0. Este cálculo garantiza que solo se incluyan en el índice las personas que afirman estar familiarizadas con el tema y, además, demuestren una comprensión válida.
C3. Pertinencia
La pertinencia del índice de conocimiento queda especialmente patente cuando se compara con el conocimiento subjetivo, que suele ser el único indicador utilizado en otros estudios sobre el tema. El gráfico 17 muestra que, en tres países seleccionados al azar, el índice de conocimiento ofrece una medida más fiable y significativa del conocimiento sobre marcas que el conocimiento subjetivo por sí solo.
De forma sistemática, el grado de conocimiento subjetivo es mayor que el índice de conocimiento, porque refleja la familiaridad autopercibida de las personas encuestadas sin comprobar su comprensión real del tema. La discrepancia sustancial entre ambas medidas subraya lo diferentes que pueden ser entre sí la comprensión percibida y el conocimiento probado. Este patrón se repite en todos los ámbitos de la PI, regiones y países.
Al añadir el conocimiento objetivo en cuanto factor de control adicional, el índice de conocimiento equilibra la autoevaluación subjetiva con los conocimientos probados. De esta manera, se obtiene una medida más exacta y neutra culturalmente de la comprensión de las personas encuestadas en materia de derechos de PI. En consecuencia, el índice de conocimiento constituye una base sólida para interpretar los datos y reducir los sesgos culturales en las comparaciones entre los países.