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Décret-Loi n° 10.272 portant approbation des accords signés lors du deuxième Congrès sud-américain sur le droit international privé avec un protocole additionnel, Uruguay

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Détails Détails Année de version 1942 Dates Adopté/e: 12 novembre 1942 Type de texte Lois en rapport avec la propriété intellectuelle Sujet Divers

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Decreto-Ley N° 10.272 - Se aprueban tratados suscritos en el Segundo Congreso Sudamericano, con un Protocolo Adicional

Publicada D.O. 22 dic.l942 -N° 10877

DERECHO TERNACIONAL PRIVADO

SE APRUEBAN TRATADOS SUSCRITOS EN EL SEGUNDO CONGRESO SUDAMERICANO, CON UN PROTOCOLO ADICIONAL

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Montevideo, Noviembre 12 de 1942~

El Presidente de la República, en uso de sus facultades extraordinarias, y con la opinión favorable del Consejo de Estado,

DECRETA:

Artículo 1°.-Apruébanse los siguientes Instrumentos Internacionales suscritos en el Segundo Congreso Sudamericano de Derecho Internacional Privado¡ realizado en Montevideo: Tratado sobre Asilo y Refugio Políticos; Tratado sobre Propiedad Intelectual) y Convención sobre Ejercicio de Profesiones liberales-. suscritos el 4 de Agosto de 1939; Tratado de Derecho de Navegación Comercial internacional: Tratado de Derecho Procesallntemacional; Tratado de Derecho internacional; Tratado de Derecho Comercial Terrestre Internacional; Tratado de Derecho Civil Internacional, con la reserva que sobre los artículos 9° y 59 formularon los Delegados de [a República: y ProtocoloAdicional, suscritos el 19 de Marzo de 1940. ArtJculo 2°.-En el caso que un Estado no perteneciente al continente americano quisiera adherir a LIno o más Tratados o Convenciones mencionados en el artículo anterior, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 7Q del Protocolo Adicional, para que la adhesión surta efecto con respecto a la República Oriental del Uruguay, se requerirá expresamente la aprobación legislativa, en cada caso, y podrá denegarse si el Estado que solicita la adhesión no ofrece en cambio beneficio compensatorio y verdadera reciprocidad. Artículo 3°.-Comuníquese¡ etc.

BALD01\fiR.

ALBERTO GUA.NI~


Référence du document de l'OMC
IP/N/1/URY/O/1
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N° WIPO Lex UY015