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Colección de tratados de PI

Partes Contratantes Primero Protocolo de Convenios de Genebra de 1949 Bélgica

Fechas Firma: 12 de diciembre de 1977 Ratificación: 20 de mayo de 1986 Entrada en vigor: 20 de noviembre de 1986

Declaraciones, Reservas etc.

Declaration provided for under Article 90 of 1977 Additional Protocol I (prior acceptance of the competence of the International Fact-Finding Commission). (March 27, 1987)

Declaración hecha en el momento de la ratificación:
"Al depositar el instrumento por el que Bélgica ratifica el Protocolo adicional a los Convenios de Ginebra de 12 de agosto de 1949 relativo a la protección de las víctimas de los conflictos armados internacionales (Protocolo I), hecho en Ginebra el 8 de junio de 1977, el Gobierno belga hace las siguientes declaraciones de interpretación:
1. El Gobierno belga, a la luz de los trabajos preparatorios del instrumento internacional que ahora se ratifica, desea subrayar que el Protocolo se ha formulado a fin de ampliar la protección conferida por el Derecho humanitario exclusivamente en cuanto al uso de armas convencionales en los conflictos armados, sin perjuicio de las disposiciones de Derecho internacional relativas al empleo de otro tipo de armamento.
2. El Gobierno belga, habida cuenta del párrafo 3 del artículo 43 (fuerzas armadas) y el estatuto especial de la gendarmería belga, ha decidido notificar a las Altas Partes Contratantes la información que figura a continuación sobre los cometidos asignados a la gendarmería belga en época de conflicto armado. Considera que, por lo que respecta a la gendarmería, esta notificación cumple plenamente lo exigido en el artículo 43.
a) La gendarmería belga, constituida para garantizar el orden y el cumplimiento de la Ley, es una fuerza pública que, según la legislación nacional, constituye una de las fuerzas armadas y corresponde, por tanto, a la noción de "fuerzas armadas de una parte en conflicto" en el sentido del artículo 43 del Protocolo I. Por tanto, en época de conflicto armado internacional, los miembros de la gendarmería belga poseen el estatuto de "combatientes" en el sentido de dicho Protocolo.
b) Como complemento de la presente notificación, el gobierno belga desea detallar las tareas que según la ley le incumben a la gendarmería en época de guerra. Estas tareas se describen en la "Ley de la Gendarmería", de 2 de diciembre de 1957 (publicada en la gaceta oficial el "Moniteur belge" de 12 de diciembre de 1957). El título VI de dicha Ley contiene en sus artículos 63, 64, 66 y 67 las misiones específicas asignadas a la gendarmería en tiempo de guerra, que se agregan a las misiones que le corresponden en tiempo de paz y que son las siguientes:
"63. La gendarmería participa en la defensa interior del territorio en la medida determinada de común acuerdo por el Ministro de Defensa Nacional, el Ministro de Justicia y el Ministro del Interior. No se podrá encomendar a las unidades territoriales otras misiones que las de información y de alerta. Las unidades móviles podrán servir de apoyo a las unidades de otras fuerzas armadas.
64. Mientras dure el período de guerra, la gendarmería proporciona destacamentos denominados "de prebostazgo" encargados de mantener el orden y la vigilancia entre las otras fuerzas armadas. Cada prebostazgo está a las órdenes de un preboste, oficial de gendarmería.
66. Mientras dure el período de guerra, la gendarmería mantendrá relaciones continuas con los auditores militares. Les informará de los acontecimientos que sean de interés en materia de seguridad y orden público.
67. Mientras dure el período de guerra, a la gendarmería puede serle encomendado por los auditores militares la entrega de citaciones a las partes o a los testigos".

. تشارك "قوات الدرك" في الدفاع عن الأراضي البلجيكية بالقدر المحدد بموجب الاتفاق المتبادل بين وزير الدفاع الوطني ووزير العدل ووزير الداخلية. لا يتطلب الأمر من الوحدات المدافعة عن الأراضي الداخلية تنفيذ أي واجبات بخلاف مهام الاستخبارات والإنذار. يجوز تكليف القوات المتنقلة بواجبات دعم وحدات أخرى من وحدات القوات المسلحة.
64. توفر "قوات الدرك"، طوال فترة الحرب، مفرزة تعرف باسم "prévôtés" (الشرطة العسكرية) بغرض الحفاظ على النظام الداخلي وأعمال الشرطة لمراقبة انضباط وحدات القوات المسلحة الأخرى. وتكون كل مفرزة (prévôté) تحت قيادة "prévôt" (مارشال مساعد لـ provost)، وهو ضابط من ضباط الدرك.
66. تحافظ "قوات الدرك"، طوال فترة الحرب، على الاتصال الدائم مع ضباط الإدعاء في المحاكم العسكرية. وترفع "قوات الدرك" تقارير عن الأحداث المتعلقة بالأمن والنظام العام.
67. يجوز أن تُكلف قوات الدرك، طوال فترة الحرب، من قبل ضباط الإدعاء في المحاكم العسكرية بمهام ضبط وإحضار لمتهمين أو شهود.
ج) تود الحكومة البلجيكية أن تؤكد على أن الواجب الرئيسي "لقوات الدرك"، حتى في وقت الحرب، هو ما يتم إسناده إليها من واجبات بمقتضى المادة 1 من "قانون قوات الدرك". وفي الواقع، فقد نص الأمر الملكي الصادر في 14 مارس 1963 والخاص "بتوقير منظمة الخدمات العامة لقوات الدرك" (المنشور في الجريدة الرسمية "Moniteur belge" في 29 مارس 1963) في المادة 17 على:
في زمن الحرب:
أ) تحتفظ "قوات الدرك" بمهامها العادية بالحفاظ على القانون والنظام؛
ب) دون الإخلال بالمادة 63 من قانون "قوات الدرك" والتدابير التي تنتج من تنفيذ التكليفات المنصوص عليها في تلك المادة، تظل جميع “قوات الدرك”، سواء المتنقلة منها أو الثابتة في مواقع أرضية، تحت قيادة قائد “قوات الدرك”. وهو مسئول عن استخدام تلك القوات وتوزيعها بما يحقق الحفاظ على النظام وبما يفي بمتطلبات الخدمة القضائية. وتتصرف كل الأنساق التابعة على نحو مماثل في حدود سلطاتها ومسئولياتها.
3. وفيما يتعلق بالمواد 41، 57 و 58، ترى الحكومة البلجيكية، بالنظر إلى الأعمال التحضيرية، وجوب تفسير تعبير "التدابير الوقائية الممكنة" في المادة 41 بنفس الطريقة التي تمت مع تعبير "التدابير الوقائية الممكنة" الوارد في المادتين 57 و 58، بمعنى، تلك التدابير الوقائية التي يمكن أن يتم اتخاذها في ظل الظروف السائدة في ذلك الوقت، والتي تشتمل الاعتبارات العسكرية على نفس القدر الذي تشتمل فيه على الاعتبارات الإنسانية.

c) El Gobierno belga desea subrayar que, incluso en tiempos de guerra, la gendarmería sigue teniendo como primer cometido la misión general que le está encomendada en virtud del artículo 1 de la "Ley de la gendarmería". En efecto, el Real Decreto de 14 de marzo de 1963, "relativo a la organización del servicio general de la gendarmería" (publicado en la gaceta oficial "Moniteur belge" de 29 de marzo de 1963), dispone en el artículo 17 lo siguiente:
"En tiempo de guerra:
a) La gendarmería conserva su misión habitual, es decir, el mantenimiento del orden y el cumplimiento de la ley;
b) Sin perjuicio del artículo 63 de la Ley de la Gendarmería y de las disposiciones resultantes de su aplicación, todas las fuerzas de gendarmería, tanto móviles como territoriales, siguen estando bajo las órdenes del Jefe de la gendarmería. Éste las utiliza y distribuye en función de las necesidades de mantenimiento del orden y del servicio judicial. Cada nivel subordinado actúa de la misma forma en la medida de sus atribuciones.
3. Respecto de los artículos 41, 57 y 58, el Gobierno belga considera que la expresión "precauciones posibles", que aparece en el artículo 41, ha de interpretarse, a la luz de los trabajos preparatorios, en el mismo sentido de "precauciones factibles" que se mencionan en los artículos 57 y 58, es decir, aquellas que pueden tomarse en las circunstancias que concurren en el caso, incluidas consideraciones de índole militar y humanitaria.
4. Respecto del artículo 44, el Gobierno belga declara que la situación descrita en el párrafo 3 puede darse únicamente en un territorio ocupado o en los conflictos armados a los que alude el párrafo 4 del artículo 1. del Protocolo. Asimismo, el Gobierno belga entiende el término "despliegue" que se utiliza en el párrafo 3.b) en el sentido de todo movimiento hacia un lugar del que ha de lanzarse un ataque.
5. Respecto de los artículos 51 y 57, el Gobierno belga entiende por la ventaja militar que en ellos se menciona aquella que se prevé obtener de un ataque considerado en su conjunto.
6. Respecto del título IV, sección I, del Protocolo, el Gobierno belga desea subrayar que cada vez que sea necesario que un jefe militar adopte una decisión que vaya a repercutir en la protección de civiles o de bienes civiles o afines, dicha decisión sólo puede adoptarse sobre la base de la información pertinente de que se disponga en ese momento y que le haya sido factible conseguir a tal efecto.
7. Respecto del párrafo 3 del artículo 96, el Gobierno belga declara que una declaración a los efectos descritos en el párrafo 3 del artículo 96 sólo podría formularla una autoridad que en cualquier caso:
a) Esté reconocida por la organización intergubernamental regional competente, y
b) Que represente efectivamente a un pueblo que tome parte en un conflicto armado cuyas características se ajusten estricta y propiamente a la definición dada en el párrafo 4 del artículo 1 y a la interpretación dada al ejercicio del derecho de autodeterminación en el momento de adoptarse el Protocolo."
Traducción facilitada por la OMPI, © 2013