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Resolución N° 317-E/2017 de 21 de julio de 2017, del Ministerio de Producción, Argentina

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Versión más reciente en WIPO Lex
Detalles Detalles Año de versión 2017 Fechas Entrada en vigor: 24 de julio de 2017 Publicación: 21 de julio de 2017 Tipo de texto Normas/Reglamentos Materia Patentes (Invenciones), Modelos de utilidad, Diseños industriales, Marcas, Transferencia de tecnología, Organismo regulador de PI, Propiedad Industrial

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Resolución N° 317-E/2017 Ministerio de Producción


MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Resolución 317-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 21/07/2017
VISTO el Expediente N° A 253-77083/2010 del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (INPI), organismo autárquico en el ámbito del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA, y la Resolución N° 311 de fecha 18 de julio de 2017 del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución N° 311 de fecha 18 de julio de 2017 del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN se modificó el monto de las multas, aranceles y anualidades que percibe por sus servicios el INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (INPI), organismo autárquico en el ámbito de este Ministerio, que fueran previstos en el Anexo III del Decreto N° 260 de fecha 20 de marzo de 1996 y sus modificaciones, de conformidad con los montos y condiciones que se consignan en el Anexo de dicha medida.
Que algunos de los montos fijados en el Anexo de la citada resolución fueron consignados erróneamente, por lo que corresponde corregir tal circunstancia.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de la facultades conferidas por el Artículo 96 del Anexo II del Decreto N° 260/96 y sus modificaciones. Por ello,
EL MINISTRO DE PRODUCCIÓN RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese el Anexo de la Resolución N° 311 de fecha 18 de julio de 2017 del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN por el Anexo (IF-2017-
15137283-APN-MP) que forma parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Francisco Adolfo Cabrera.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 24/07/2017 N° 52798/17 v. 24/07/2017
(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Ofician( �br/>Anexo

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Hoja Adicional de Firmas
Anexo
IF-2017-15137283-APN-MP
Número: IF-2017-15137283-APN-MP
CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
Viernes 21 de Julio de 2017
Referencia: EXPEDIENTE INPI N° A 253-77083/2010 - ARANCELES
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