El Comité permanente da luz verde al establecimiento de directrices para la concesión de licencias de marcas
Ginebra, 4 de abril de 2000
Actualidades UPD/2000/95
Los miembros del Comité Permanente sobre el Derecho de Marcas, Dibujos y Modelos Industriales e Indicaciones Geográficas (SCT) han acordado una serie de medidas para simplificar y armonizar el procedimiento relativo a las licencias de marcas. En la reunión que se celebró del 27 al 31 de marzo de 2000 bajo el patrocinio de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), el SCT adoptó por consenso una Recomendación conjunta relativa a las licencias de marcas que se presentará para su aprobación oficial por los Estados miembros en la serie de reuniones de las Asambleas de la OMPI que tendrán lugar en septiembre de 2000.
La Recomendación conjunta propuesta constituye una serie de directrices que establecen una lista máxima de indicaciones y elementos que podrán exigir las administraciones nacionales o regionales en relación con una petición de inscripción o de cancelación o modificación de la inscripción de una licencia. Estas medidas adquieren especial relevancia en los países en que la legislación nacional en materia de marcas exige que se registren debidamente ante las administraciones nacionales indicaciones detalladas de los acuerdos de licencia.
Los representantes aprobaron la propuesta de Resolución conjunta relativa a las licencias de marcas en el entendimiento de que esta cuestión se examinaría oficialmente en el marco de las futuras negociaciones relativas a la revisión del Tratado sobre el Derecho de Marcas (TLT).
La Recomendación conjunta propuesta complementa el TLT en cuanto que aborda específicamente la simplificación y armonización del procedimiento relativo a las licencias de marcas. Esta cuestión no está abarcada por el TLT, que fue aprobado en octubre de 1994 y entró en vigor el 1 de agosto de 1996. En la actualidad 25 países son parte en el Tratado.
Las marcas de productos y de servicios se comercializan cada vez más a escala mundial. Sin embargo, únicamente puede obtenerse la protección de estas marcas en el ámbito nacional o regional. El procedimiento exigido por las oficinas nacionales o regionales varía ampliamente de país en país, y los requisitos de forma que han de satisfacerse resultan, en algunos casos, lentos y costosos.
El Tratado sobre el Derecho de Marcas supuso una solución oportuna y económica a ese problema. La aplicación del Tratado sirve para racionalizar y armonizar los requisitos de forma establecidos por las oficinas nacionales y regionales para la presentación de solicitudes nacionales o regionales de marcas, la inscripción de cambios y la renovación de los registros de marcas. De este modo, los solicitantes se benefician de un procedimiento más económico y además tienen acceso de manera más fácil a la protección de las marcas a escala mundial.
La Recomendación conjunta propuesta forma parte de la política de la OMPI de adaptarse al rápido ritmo impuesto por los cambios que tienen lugar en el campo de la propiedad industrial, considerando nuevas opciones para acelerar el establecimiento de normas y principios comunes armonizados a escala internacional. Este planteamiento está destinado a complementar la manera tradicional de establecer normas internacionales, que se basa en la adopción de tratados y conlleva más tiempo. Aunque la Recomendación no supone obligación alguna, una vez adoptada, constituirá un precedente de peso. La adopción de la Recomendación conjunta propuesta no excluye la posibilidad de que las disposiciones sean incorporadas en una revisión posterior del TLT.
El SCT también examinó la cuestión más amplia de la utilización de las marcas y otros signos distintivos en Internet, así como sus posibles consecuencias para el derecho internacional de marcas. Los problemas relacionados con la utilización de las marcas en Internet se derivan de la naturaleza territorial de los derechos de propiedad intelectual, así como del alcance mundial de Internet, lo que da como resultado que un acto individual tiene efecto simultáneamente en prácticamente todas las jurisdicciones del mundo. La cuestión de determinar si es necesario mejorar las normas existentes para abordar este problema será tema de los debates que llevan a cabo los miembros del Comité Permanente.
Los Estados miembros de la OMPI establecieron el SCT en marzo de 1998 a fin de que ayudara a establecer prioridades, coordinando y racionalizando la labor actual de la Organización en el desarrollo progresivo del derecho internacional de marcas, dibujos y modelos industriales e indicaciones geográficas.
La próxima sesión del SCT está prevista del 11 al 15 de septiembre de 2000 en Ginebra.
Para mayores informaciones, sírvase ponerse en contacto con la Sección de Relaciones con los Medios de Comunicación y con el Público, en la OMPI:
- Teléfono: (+41 22) 338 81 61
- Fax: (+41 22) 338 88 10
- Correo-e: publicinf@wipo.int