En su tercera reunión, celebrada en Ginebra del 29 de enero al 2 de febrero de 2007, el Grupo de Trabajo ad hoc sobre el Desarrollo Jurídico del Sistema de Madrid para el Registro Internacional de Marcas (en adelante denominado “el Grupo de Trabajo”) acordó que la Oficina Internacional llevaría a cabo un estudio de las prácticas de las Oficinas con respecto a la sustitución (véase el párrafo 69 del documento MM/LD/WG/3/5).

La finalidad del cuestionario fue recabar información sobre la legislación aplicable, la experiencia de las Oficinas y sus prácticas con respecto a la sustitución.

En el artículo 4 bis .1) del Arreglo de Madrid relativo al Registro Internacional de Marcas y del Protocolo concerniente al Arreglo de Madrid se estipula que, en determinadas condiciones, se considerará que el registro nacional o regional de una marca ante la Oficina de una Parte Contratante queda sustituido por un registro internacional de la misma marca. En el artículo 4 bis .2) del Arreglo y del Protocolo se estipula que la Oficina en que se ha registrado la marca deberá, cuando se le solicite, tomar nota en su registro del registro internacional. Además, en la regla 21.1) del Reglamento Común del Arreglo y del Protocolo se estipula que, cuando una Oficina haya anotado esa sustitución en su registro, a raíz de una petición del titular, dicha Oficina deberá notificar en consecuencia a la Oficina Internacional.

En la primera reunión del Grupo de Trabajo, celebrada en Ginebra en julio de 2005, se señaló que la elaboración de disposiciones tipo sobre la cuestión de la sustitución podría mejorar considerablemente el funcionamiento del Sistema de Madrid con respecto a la seguridad jurídica y a la armonización (véase el párrafo 141 del documento MM/LD/WG/1/3).

En su trigésimo sexto período de sesiones (septiembre y octubre de 2005), la Asamblea de la Unión de Madrid tomó nota de las conclusiones y recomendaciones formuladas por el Grupo de Trabajo en su primera reunión y pidió al Director General que convocara otra reunión del Grupo de Trabajo con el fin de examinar, entre otros asuntos, la elaboración de disposiciones tipo relativas a la sustitución (véanse los párrafos 16 y 18 del documento MM/A/36/1, y el párrafo 15 del documento MM/A/36/3).

Con objeto de facilitar los debates de la segunda reunión del Grupo de Trabajo, la Oficina Internacional remitió a dicho Grupo un proyecto de disposiciones tipo para que lo examinara (véase el Anexo I del documento MM/LD/WG/2/8). Al término de la segunda reunión del Grupo de Trabajo, se recomendó que la Asamblea de la Unión de Madrid instara a la Oficina Internacional a poner a disposición de las Oficinas de las Partes Contratantes dichas disposiciones. Esas disposiciones tipo.

No obstante, esas disposiciones tipo se refieren únicamente al procedimiento de anotación previsto en el artículo 4 bis .2) del Arreglo de Madrid y del Protocolo. En ellas no se abordan los aspectos más fundamentales de la sustitución; a este respecto, un estudio informal, elaborado por la Oficina Internacional, puso de manifiesto importantes diferencias con respecto a las prácticas y a la interpretación entre las Oficinas de las Partes Contratantes. Así, el Grupo de Trabajo recomendó que la Asamblea prolongara su mandato con objeto de proseguir la labor preparatoria destinada a simplificar y armonizar las prácticas de las Oficinas de las Partes Contratantes en la cuestión de la sustitución (véase el párrafo 170 del documento MM/LD/WG/2/11).

En su trigésimo séptimo período de sesiones (septiembre y octubre de 2006), la Asamblea de la Unión de Madrid tomó nota de las conclusiones y recomendaciones formuladas por el Grupo de Trabajo en su segunda reunión y pidió al Director General que convocara otra reunión del Grupo de Trabajo con el fin de continuar, entre otros asuntos, la labor preparatoria para simplificar y armonizar las prácticas de las Oficinas de las Partes Contratantes en la cuestión de la sustitución, e informar en el siguiente período de sesiones de la Asamblea de Madrid acerca de los avances efectuados en sus deliberaciones (véase el párrafo 13.c)ii) del documento MM/A/37/4).

Es su tercera reunión, el Grupo de Trabajo acordó la creación de un foro abierto en Internet para debatir la cuestión de la sustitución durante el segundo semestre de 2007. Además, acordó que la Oficina Internacional recordara los objetivos de la sustitución en un documento que se publicaría en el sitio Web del foro y llevara a cabo un estudio de las prácticas de las oficinas con respecto a la sustitución (véase el párrafo 69 del documento MM/LD/WG/3/5).

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